Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2014 (01/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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obtener la licencia de conducir de la Clase A Categoria I, en su sede ubicada en el Distrito de Callao, Provincia Constitucional de Callao; Que, mediante Oficio Nº 638-2014-MTC/15.03 de fecha 31 de enero de 2014, notificado con fecha 04 de febrero de 2014, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de cinco (05) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 028547 de fecha 12 de febrero de 2014, La escuela presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el Oficio MORDAZA citado; Que, el numeral c) del articulo 47º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, indica que: "La obligacion de la Escuela es informar a la DGTT sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores".; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final de El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de la clase A categorias II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el numeral 66.4 de El Reglamento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 472-2014MTC/15.03.AA.ec., procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada MASTER CLASS PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en el local, en el horario, con los instructores y con los vehiculos autorizados mediante Resolucion Directoral Nº 4514-2013-MTC/15. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada MASTER CLASS PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1060958-1

El Peruano Jueves 1 de MORDAZA de 2014

Autorizan a Corporacion Lady MORDAZA S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, cambio de ubicacion de local situado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1677-2014-MTC/15 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 038086 y 050740, presentados por la empresa denominada CORPORACION LADY MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA CORPORACION LADY MORDAZA S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1693-2012MTC/15 de fecha 03 de MORDAZA de 2012, se autorizo a la empresa denominada CORPORACION LADY MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CORPORACION LADY MORDAZA S.A.C., con RUC N° 20532825637 y domicilio en Urbanizacion "Villa Hermosa" Manzana "E" Lote N° 4 del Centro Poblado San MORDAZA, Distrito de MORDAZA, Provincia Mariscal MORDAZA y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c; asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, los Cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2751-2012MTC/15 de fecha 19 de MORDAZA de 2012, se autorizo a La Escuela, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3011-2013MTC/15 de fecha 22 de MORDAZA de 2013, se autorizo a la Escuela la ampliacion de local ubicado en: Lote N° 08, Mz. M, Sector 4, MORDAZA Sucre N° 503, Barrio MORDAZA MORDAZA, Distrito Ilave, Provincia El Collao, Departamento de Puno; Que, mediante Parte Diario N° 038086 de fecha 28 de febrero de 2014, La Escuela solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral N° 1693-2012-MTC/15, cambiando la ubicacion de las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, por el ubicado en: MORDAZA MORDAZA N° 360, Distrito de MORDAZA, Provincia de Mariscal MORDAZA y Departamento de Moquegua; indicando que los documentos sustentatorios se encuentran en el Parte Diario N° 005052 de fecha 09 de enero de 2014; Que, mediante Oficio N° 1829-2014-MTC/15.03 de fecha 14 de marzo de 2014, notificado el 17 de marzo de 2014, la Autoridad Administrativa formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, obteniendo respuesta mediante Parte Diario N° 050740 de fecha 19 de marzo de 2014; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion

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