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El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522046 miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1, con efi cacia anticipada al 10 de marzo de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1078074-3 Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede del Indecopi de Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 63-2014-INDECOPI/COD Lima, 23 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 029-2010-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 19 de marzo de 2010, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor Daniel Schmerler Vainstein en el cargo de miembro de la Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede del Indecopi de Lima Norte; Que, el señor Daniel Schmerler Vainstein ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede del Indecopi de Lima Norte; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 31 de marzo de 2014; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Daniel Schmerler Vainstein al cargo de miembro de la Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede del Indecopi de Lima Norte, con efi cacia anticipada al 10 de marzo de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1078074-4 Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Signos Distintivos RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 64-2014-INDECOPI/COD Lima, 23 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 019-2012-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de febrero de 2012, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor Gonzalo Ferrero Diez Canseco en el cargo de miembro de la Comisión de Signos Distintivos; Que, el señor Gonzalo Ferrero Diez Canseco ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión de Signos Distintivos; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 31 de marzo de 2014; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Gonzalo Ferrero Diez Canseco al cargo de miembro de la Comisión de Signos Distintivos, con efi cacia anticipada al 11 de marzo de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1078074-5 Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre cuero, textiles y otros RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 32-2014/CNB-INDECOPI Lima, 10 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081- 2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048- 2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Textiles y confecciones, b) Conductores eléctricos c) Cuero, calzado y derivados y d) Ingeniería de software, sistemas de información y gestión de proyectos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) y fueron sometidos a Discusión Pública en las fechas indicadas: a) Textiles y confecciones, 03 PNTP, el 13 de diciembre de 2013, mediante el Sistema 1 o adopción por un periodo de 30 días contados a partir del 05 de marzo de 2014; b) Conductores eléctricos, 02 PNTP, el 20 de diciembre de 2013, mediante el Sistema 1 o adopción por un periodo de 30 días contados a partir del 07 de marzo de 2014;