TEXTO PAGINA: 51
El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522045 Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1078207-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Loreto RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 60-2014-INDECOPI/COD Lima, 23 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 274-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 20 de noviembre de 2013, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor José Enrique Reátegui Ríos en el cargo de miembro de la Comisión Adscrita a la Ofi cina Regional del Indecopi de Loreto; Que, el señor José Enrique Reátegui Ríos ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión Adscrita a la Ofi cina Regional del Indecopi de Loreto; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 31 de marzo de 2014; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor José Enrique Reátegui Ríos al cargo de miembro de la Comisión Adscrita a la Ofi cina Regional del Indecopi de Loreto, con efi cacia anticipada al 31 de marzo de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1078074-1 Declaran adscrita la Secretaría Técnica Especializada en Materia Concursal a la Sala Especializda en Procedimientos Concursales RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 61-2014-INDECOPI/COD Lima, 23 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 055-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 21 de marzo de 2013, el Consejo Directivo del Indecopi creó la Secretaría Técnica Especializada en Materia Concursal adscrita a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, designándose al señor Aldo Renzo Bianchini Ayesta como Secretario Técnico de la misma; Que, la creación de la referida Secretaría Técnica tenía como fi nalidad garantizar la efi ciente tramitación de los procedimientos administrativos en materia concursal que, a dicha fecha, eran competencia de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, ello en tanto aún no se encontraba constituida la Sala Especializada en Procedimientos Concursales; Que, por tal motivo, la mencionada Secretaría Técnica fue adscrita a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, entendiéndose que dicha condición se encontraba supeditada a la conformación de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales; Que, mediante Resolución Suprema N° 106-2014- PCM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de marzo de 2014, se designó a los integrantes de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 31 de marzo de 2014; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la adscripción de la Secretaría Técnica Especializada en Materia Concursal a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, con efi cacia anticipada al 11 de marzo de 2014. Artículo 2°.- Declarar adscrita la Secretaría Técnica Especializada en Materia Concursal a la Sala Especializada en Procedimientos Concursales, con efi cacia anticipada al 11 de marzo de 2014. Artículo 3°.- Ratifi car al señor Aldo Renzo Bianchini Ayesta en el cargo de Secretario Técnico de la Secretaría Técnica Especializada en Materia Concursal adscrita a la Sala Especializada en Procedimientos Concursales, con efi cacia anticipada al 11 de marzo de 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1078074-2 Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 62-2014-INDECOPI/COD Lima, 23 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 197-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de setiembre de 2013, el Consejo Directivo del Indecopi designó a la señora Carmen Jacqueline Gavelán Díaz en el cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1; Que, la señora Carmen Jacqueline Gavelán Díaz ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 31 de marzo de 2014; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Carmen Jacqueline Gavelán Díaz al cargo de