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El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522040 no constituye una obligación legal, y además se advierte que en dos de los formatos debe precisarse la base legal que ampara la actuación institucional, correspondiendo en ambos extremos su modifi cación; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Formalización Individual, la Dirección de Normalización y Desarrollo, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Suprimir, en los siguientes formatos, la fi rma del Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento: • “Formato de Título de Propiedad Gratuito Registrado” que como Anexo A fue aprobado por la Resolución de Gerencia General Nº 081-2006-COFOPRI/GG y reemplazado por el Anexo A de la Resolución Directoral Nº 216-2009-COFOPRI/DE. • “Formato de título de Propiedad Gratuito registrado que será utilizado en la adjudicación de lotes destinados a equipamiento urbano a favor de entidades estatales”, “Formato de Título de Propiedad Oneroso Registrado”, “Formato de Afectación en Uso Registrado”, “Formato de Título de Saneamiento de Propiedad”, “Formato de Instrumento de Rectifi cación de Título Registrado”, “Formato de Titulo de Propiedad Oneroso Registrado, que será utilizado en los casos de adjudicación de lotes de terreno, ubicados en posesiones informales, destinados a mercados a favor de personas jurídicas, bajo la modalidad de venta al crédito”, “Formato de Título de Saneamiento de la Propiedad que será utilizado en el proceso de formalización de lotes ubicados en Urbanizaciones Populares”, “Formato de Título de Saneamiento de la Propiedad que será utilizado en el proceso de formalización de lotes ubicados en Programas de Vivienda del Estado”, “Formato de Instrumento de Rectifi cación de Título Registrado que será utilizado en el proceso de formalización de la propiedad de lotes ubicados en Programas de Vivienda del Estado y Urbanizaciones Populares”, “Formato de Títulos de Afectación en Uso Registrado que será utilizado en la adjudicación de lotes de equipamiento urbano ubicados en Programas de Vivienda del Estado a favor de personas jurídicas sin fi nes de lucro”, “Formatos de Título de Propiedad Registrado que será utilizado en los casos de adjudicación de lotes en terrenos destinados a Mercados Públicos, bajo la modalidad de venta al contado” y “Formato de Título de Propiedad Registrado que será utilizado en los casos de adjudicación de lotes en terrenos destinados a Mercados Públicos, bajo la modalidad de venta al crédito” aprobados como Anexos B al M por la Resolución de Gerencia General Nº 081-2006-COFOPRI/GG • “Título de Adjudicación Registrado”, que fue aprobado como Anexo C de la Resolución Directoral Nº 087-2008- COFOPRI/DE. • “Título de Propiedad Registrado” que fue aprobado como Anexo A de la Resolución Directoral Nº 075-2012- COFOPRI/DE. • “Formato de Título de Propiedad Oneroso Registrado”, aprobado como Anexo B de la Resolución Directoral Nº 103-2012-COFOPRI/DE. • “Formato de Título de Afectación en Uso” y “Titulo de Saneamiento de Propiedad” aprobados como Anexos A y B de la Resolución Directoral Nº 115-2012-COFOPRI/ DE. • “Formato de Instrumento de Transferencia de Propiedad” aprobado como Anexo A de la Resolución Directoral Nº 213-2012-COFOPRI/DE. • “Nuevo Formato de Título de Propiedad Oneroso Registrado” aprobado como Anexo A de la Resolución Directoral Nº 220-2012-COFOPRI/DE. Artículo Segundo.- Reemplazar el primer párrafo de la cláusula primera del documento denominado “Formato de Título de Saneamiento de la Propiedad que será utilizado en el proceso de formalización de lotes ubicados en Urbanizaciones Populares” que como Anexo H fue aprobado por la Resolución de Gerencia General Nº 081- 2006-COFOPRI/GG, la que quedará redactada en los siguientes términos: “El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en merito de sus competencias previstas en el literal a) del artículo 3º del TUO de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal a probado por D.S. Nº 009-99-MTC y el D.S. 031-99-MTC, ha ejecutado el procedimiento de formalización de la propiedad de ……………………….(indicar denominación de Urbanización Popular), ubicada en el Distrito de ……….…., Provincia de …………….., Departamento de ……………... , del cual forma parte el:” Artículo Tercero.- Reemplazar el primer párrafo de la cláusula primera del documento denominado “Formato de Título de Saneamiento de la Propiedad que será utilizado en el proceso de formalización de lotes ubicados en Programas de Vivienda del Estado”, que como Anexo I fue aprobado por la Resolución de Gerencia General Nº 081-2006-COFOPRI/GG, la que quedara redactada en los siguientes términos: “El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en mérito de sus competencias previstas en el literal a) del artículo 3 del TUO de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal a probado por D.S. Nº 009-99-MTC y el D.S. Nº 010-2000-MTC, como entidad competente para ejecutar el proceso de formalización de la propiedad en Programas de Vivienda del Estado, ha realizado las acciones necesarias para la formalización del predio que se ubica en el (la) ……………. (nombre del Programa de Vivienda), ……………..…., en el Distrito de …………..…., Provincia de …………..….., Departamento de …………….…. , del cual forma parte el:” Artículo Cuarto.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional (www.cofopri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo Quinto.- Notifi car la presente Resolución a los órganos estructurados del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 1078374-1 Designan Jefe de la Oficina Zonal de Puno de COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 042-2014-COFOPRI/DE Lima, 29 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponde, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el artículo 1º de dicha Ley; Que, el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, concordante con el tercer párrafo del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 803, modifi cado por la cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, establecen que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, el literal i) del artículo 10º del precitado Reglamento de Organización y Funciones, señala que el Director Ejecutivo tiene la función de designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 179-2012- COFOPRI/DE de fecha 15 de octubre de 2012, se designó a la señorita Tula Beatriz Quilca Ticona en el