Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2014 (05/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Lunes 5 de MORDAZA de 2014

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ARTICULO V MORDAZA de Reuniones, Oficinas, Equipos, Materiales y Vehiculos El Gobierno proporcionara a la CEPAL, sin cargo alguno para esta, las MORDAZA de reuniones, las oficinas, los muebles, los equipos e instalaciones (en adelante denominados conjuntamente "sede de la reunion"), asi como los vehiculos y demas materiales que se requieran para un adecuado funcionamiento de la reunion, de acuerdo con los detalles que figuran en los Anexos del presente acuerdo. ARTICULO VI Instalacion y Mantenimiento de los Equipos Proporcionados por el Gobierno 1. El Gobierno MORDAZA instalar a sus expensas el mobiliario, equipos y demas medios que proporcionara a la CEPAL de conformidad con el presente Acuerdo, a fin de que puedan utilizarse satisfactoriamente durante la reunion y se MORDAZA responsable de su adecuado mantenimiento y funcionamiento durante el desarrollo de la misma. 2. La CEPAL utilizara sin cargo alguno los equipos, mobiliarios, locales y demas elementos y servicios que el Gobierno proporcione de conformidad con lo senalado en este Acuerdo. 3. Sin perjuicio de lo anterior, la CEPAL solventara los costos de las comunicaciones internacionales que realicen los funcionarios debidamente autorizados para ello, desde la sede de la reunion, asi como los costos del transporte de sus valijas diplomaticas. ARTICULO VII Alojamiento El Gobierno se asegurara que los delegados que participen en la reunion dispongan de opciones de alojamiento adecuado; dicho alojamiento sera costeado por cada participante. ARTICULO VIII Servicios medicos 1. El Gobierno proporcionara servicios medicos adecuados para la prestacion de primeros auxilios en caso de urgencia dentro de la sede de la reunion. 2. En caso de emergencias que afecten a alguna persona a la que hace referencia el Articulo IX y el Articulo XI incisos (1) y (2) del presente Acuerdo, el Gobierno velara por su transporte hasta un centro hospitalario, siendo responsabilidad de cada uno los gastos que ocasionen estas atenciones. ARTICULO IX Personal de la Reunion 1. La CEPAL proporcionara a sus expensas los servicios de su personal profesional y tecnico necesarios para el adecuado desarrollo de la reunion, incluidos los servicios de interpretacion simultanea. 2. El Gobierno proporcionara los servicios de personal local que la CEPAL requiera para la reunion y los pondra a su disposicion, de acuerdo al Anexo de este acuerdo. 3. Sera responsabilidad del Gobierno la seleccion y contratacion del personal referido en el numeral 2 del presente articulo, asi como tambien el pago de sus remuneraciones. En todo caso y a los efectos de dar cumplimiento al presente Acuerdo, el Gobierno debera ajustarse a los requisitos senalados en el Anexo del mismo. ARTICULO X Responsabilidades 1. El Gobierno asumira la responsabilidad por cualquier accion, reclamacion o demanda contra las Naciones Unidas o su personal, emanadas de:

CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Comision Economica para MORDAZA Latina y el Caribe de las Naciones Unidas relativo a la celebracion del Trigesimo MORDAZA Periodo de Sesiones de la CEPAL
(Ratificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-RE, de fecha 30 de MORDAZA de 2014) ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA COMISION ECONOMICA PARA MORDAZA LATINA Y EL CARIBE DE LAS NACIONES UNIDAS RELATIVO A LA CELEBRACION DEL TRIGESIMO MORDAZA PERIODO DE SESIONES DE LA CEPAL El Gobierno de la Republica del Peru (que en adelante sera "el Gobierno") y, La Comision Economica para MORDAZA Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (que en adelante sera "la CEPAL"), CONSIDERANDO: Que durante la celebracion del trigesimo MORDAZA periodo de sesiones de la CEPAL en El MORDAZA, se aprobo la Resolucion 661(XXXIV), en la que se agradece y se acepta la invitacion realizada por el Peru para realizar el trigesimo MORDAZA periodo de sesiones en dicho pais; Que el Consejo Economico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC), en su 52ª. Sesion celebrada el dia 26 de noviembre de 2012, adopto la resolucion 2012/34 en la cual acepta la invitacion realizada por Peru y aprueba la decision de la CEPAL de celebrar su 35° periodo de sesiones en el Peru en 2014; Que en vistas de lo mencionado, el Gobierno pretende establecer los arreglos necesarios con la CEPAL para que la Comision sesione en el Peru; Por lo que celebran el siguiente acuerdo: ARTICULO I NOMBRE, Lugar y fecha de la Reunion La reunion se denominara Trigesimo MORDAZA Periodo de Sesiones de la CEPAL y se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Peru, entre los dias 5 y 9 del mes de MORDAZA del ano 2014. ARTICULO II Precedencias El Gobierno concedera a todos los asuntos comprendidos en este Acuerdo, la precedencia que sea necesaria para lograr una adecuada organizacion de la Reunion y asegurar su buen desarrollo. ARTICULO III Enlaces El Gobierno y la CEPAL designaran funcionarios de enlace para coordinar la organizacion, funcionamiento y desarrollo eficientes de la reunion. Por parte de la CEPAL, el enlace principal sera el senor MORDAZA F. Yanez, Secretario de la Comision. Por parte del Gobierno, el enlace principal sera la Embajadora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General para Asuntos Economicos del Ministerio de Relaciones Exteriores. ARTICULO IV Invitaciones La CEPAL, de acuerdo con sus normas y reglamentos, sera la responsable de las invitaciones para participar en la reunion.

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