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El Peruano Lunes 5 de mayo de 2014 522328 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Autorizan a la Empresa Hudbay Perú S.A.C., titular del Proyecto Minero Constancia, para la generación de energía termoeléctrica DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 063-2014-GRC/DREM-CUSCO Cusco, 11 de abril de 2014 VISTOS: Los Expedientes con Registro 146 de fecha 17 de Enero del 2014 y 1141 de fecha 21 de Marzo del 2014, sobre Solicitud de Autorización para desarrollar la actividad de Generación Termoeléctrica, presentada por la Empresa HUDBAY PERU S.A.C. Titular del Proyecto Minero Constancia, representado por su representante Legal Fernando Gabriel Montero y demás actuados; CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo establecido por el literal d) del artículo 59 de la Ley Nº 27867 (Ley Orgánica de Gobiernos Regionales), es función de los Gobiernos Regionales en materia de energía, “otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica” en el ámbito de su competencia territorial. Que, a través de Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, se aprobó el plan anual de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales, la facultad de otorgar autorizaciones y llevar registro de generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 KW, y menores a 10 MW (mini centrales), siempre que estas se encuentre en la Región. Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2009- EM, precisó que la facultad relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 KW y menor a 10 MW de competencia de los Gobiernos Regionales, comprende tanto el otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor de 500 KW, y menor a 10 MW, como el otorgamiento de concesiones defi nitivas para generación con Recursos Energéticos. Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 del Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas), modifi cado por la Primera Disposición Modifi catoria del Decreto Legislativo Nº 1002 (Decreto Legislativo de promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables); se requiere autorización para realizar actividades de generación termoeléctrica, cuando la potencia instalada sea superior a 500 KW, en ese sentido, la solicitante la EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C., titular del Proyecto Minero CONSTANCIA, requiere del otorgamiento de la autorización correspondiente para la generación de energía termoeléctrica en la Central Térmica Planta (5 2 MW). Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas, las autorizaciones que cumplan con los requisitos en la referida norma, serán otorgadas por plazo indefi nido, debiendo para tal efecto haber cumplido con acompañar los documentos taxativamente enumerados por el citado artículo. Que, en cuanto a los requisitos de orden técnico a que se refi ere el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas, a través de Informe Técnico Nº 0039-2014-DREM-ATE- LELS. De fecha 04 de Abril del 2014 el Área Técnica de Energía de la Dirección Regional de Energía y Minas de Cusco, concluyó que la peticionaria EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C. titular del Proyecto Minero CONSTANCIA, cumple con los requisitos establecidos y recomienda la aprobación de la autorización de generación de energía termoeléctrica en la Central Térmica Planta (5.2 MW). Que, habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales establecidos por la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, por parte de la solicitante la EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C., titular del Proyecto Minero CONSTANCIA de la autorización de conformidad con lo establecido por el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, corresponde otorgar la autorización solicitada, por lo que: SE RESUELVE: Primero.- Autorizar a la EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C., titular del Proyecto Minero CONSTANCIA, para la generación de energía termoeléctrica de acuerdo a las siguientes características: Grupos Electrógenos Potencia Prime @ 4200 msnm 2411-GE-001 5542-GE-002 2663-GE-003 2663-GE-003 1 MW 1 MW 2 MW 1.2 MW Potencia Instalada 5 2 MW Segundo.- La EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C., titular del Proyecto Minero CONSTANCIA deberá realizar las operaciones objeto de autorización en cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas por la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas conexas que resulten aplicables. Tercero.- En cumplimiento de lo establecido por el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, la presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular de la autorización, dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes a su expedición, por lo que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVAN PRADO BARRETO Director Regional 1078720-1 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 066-2014-GRC/DREM-CUSCO Cusco, 14 de abril de 2014 VISTOS: El Expediente con Registro 5060 de fecha 11 de Diciembre del 2013, sobre Solicitud de Autorización para desarrollar la actividad de Generación Termoeléctrica, presentada por la Empresa HUDBAY PERU S.A.C. Titular del Proyecto Minero Constancia, representado por su representante Legal Fernando Gabriel Montero y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el literal d) del artículo 59 de la Ley Nº 27867 (Ley Orgánica de Gobiernos Regionales), es función de los Gobiernos Regionales en materia de energía, “otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica” en el ámbito de su competencia territorial. Que, a través de Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, se aprobó el plan anual de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del 2005, entre las cuales, se transfi rió a los Gobiernos Regionales, la facultad de otorgar autorizaciones y llevar el registro de generación de energía eléctrica con potencia instalada