Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2014 (05/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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El Peruano Lunes 5 de MORDAZA de 2014

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan a la Empresa Hudbay Peru S.A.C., titular del Proyecto Minero MORDAZA, para la generacion de energia termoelectrica
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 063-2014-GRC/DREM-CUSCO MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2014 VISTOS: Los Expedientes con Registro 146 de fecha 17 de Enero del 2014 y 1141 de fecha 21 de Marzo del 2014, sobre Solicitud de Autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion Termoelectrica, presentada por la Empresa HUDBAY PERU S.A.C. Titular del Proyecto Minero MORDAZA, representado por su representante Legal MORDAZA MORDAZA MORDAZA y demas actuados; CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo establecido por el literal d) del articulo 59 de la Ley Nº 27867 (Ley Organica de Gobiernos Regionales), es funcion de los Gobiernos Regionales en materia de energia, "otorgar concesiones para mini centrales de generacion electrica" en el ambito de su competencia territorial. Que, a traves de Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, se aprobo el plan anual de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales, la facultad de otorgar autorizaciones y llevar registro de generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 KW, y menores a 10 MW (mini centrales), siempre que estas se encuentre en la Region. Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2009EM, preciso que la facultad relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 KW y menor a 10 MW de competencia de los Gobiernos Regionales, comprende tanto el otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor de 500 KW, y menor a 10 MW, como el otorgamiento de concesiones definitivas para generacion con Recursos Energeticos. Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 4 del Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Electricas), modificado por la Primera Disposicion Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1002 (Decreto Legislativo de promocion de la inversion para la generacion de electricidad con el uso de energias renovables); se requiere autorizacion para realizar actividades de generacion termoelectrica, cuando la potencia instalada sea superior a 500 KW, en ese sentido, la solicitante la EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C., titular del Proyecto Minero MORDAZA, requiere del otorgamiento de la autorizacion correspondiente para la generacion de energia termoelectrica en la Central Termica Planta (5 2 MW). Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, las autorizaciones que cumplan con los requisitos en la referida MORDAZA, seran otorgadas por plazo indefinido, debiendo para tal efecto haber cumplido con acompanar los documentos taxativamente enumerados por el citado articulo. Que, en cuanto a los requisitos de orden tecnico a que se refiere el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, a traves de Informe Tecnico Nº 0039-2014-DREM-ATELELS. De fecha 04 de MORDAZA del 2014 el Area Tecnica de Energia de la Direccion Regional de Energia y Minas de MORDAZA, concluyo que la peticionaria EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C. titular del Proyecto Minero MORDAZA, cumple con los requisitos establecidos y recomienda la

aprobacion de la autorizacion de generacion de energia termoelectrica en la Central Termica Planta (5.2 MW). Que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos tecnicos y legales establecidos por la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, por parte de la solicitante la EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C., titular del Proyecto Minero MORDAZA de la autorizacion de conformidad con lo establecido por el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, corresponde otorgar la autorizacion solicitada, por lo que: SE RESUELVE: Primero.- Autorizar a la EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C., titular del Proyecto Minero MORDAZA, para la generacion de energia termoelectrica de acuerdo a las siguientes caracteristicas: Grupos Electrogenos 2411-GE-001 5542-GE-002 2663-GE-003 2663-GE-003 Potencia Instalada Potencia Prime @ 4200 msnm 1 MW 1 MW 2 MW 1.2 MW 5 2 MW

Segundo.- La EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C., titular del Proyecto Minero MORDAZA debera realizar las operaciones objeto de autorizacion en cumplimiento de las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las demas obligaciones establecidas por la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas conexas que resulten aplicables. Tercero.- En cumplimiento de lo establecido por el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, la presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular de la autorizacion, dentro de los cinco (5) dias calendarios siguientes a su expedicion, por lo que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional 1078720-1 DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 066-2014-GRC/DREM-CUSCO MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Expediente con Registro 5060 de fecha 11 de Diciembre del 2013, sobre Solicitud de Autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion Termoelectrica, presentada por la Empresa HUDBAY PERU S.A.C. Titular del Proyecto Minero MORDAZA, representado por su representante Legal MORDAZA MORDAZA MORDAZA y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el literal d) del articulo 59 de la Ley Nº 27867 (Ley Organica de Gobiernos Regionales), es funcion de los Gobiernos Regionales en materia de energia, "otorgar concesiones para mini centrales de generacion electrica" en el ambito de su competencia territorial. Que, a traves de Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, se aprobo el plan anual de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del 2005, entre las cuales, se transfirio a los Gobiernos Regionales, la facultad de otorgar autorizaciones y llevar el registro de generacion de energia electrica con potencia instalada

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