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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2014 (05/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Lunes 5 de mayo de 2014 522321 Yolando Pérez Alvarado, en el cargo de alcalde de dicha comuna, por la causal de fallecimiento, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), en tanto se verifi có el deceso de la referida autoridad, según Acta de Defunción Nº 5000257606 (fojas 6), y Certifi cado de Defunción Nº 053459 (fojas 7, 8 y vuelta). Dicha decisión fue plasmada en el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 005-2014-MDC, de fecha 16 de abril de 2014 (fojas 10 y 11). En razón de dicha declaratoria de vacancia es que el teniente alcalde Urbano Zenobio Espinoza Pérez solicita que el Jurado Nacional de Elecciones deje sin efecto la credencial otorgada a Hernán Yolando Pérez Alvarado y proceda a convocar al accesitario correspondiente, de conformidad con lo establecido en la LOM. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada en sesión extraordinaria por el correspondiente concejo municipal, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros. 2. En tal sentido, en vista de que se ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo antes mencionado, y se ha acreditado la causal contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, corresponde emitir las credenciales correspondientes. 3. De conformidad con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia del alcalde, este es reemplazado por el teniente alcalde. Así, corresponde convocar a Urbano Zenobio Espinoza Pérez, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 32646482, como alcalde de la Municipalidad Distrital de Cátac, provincia de Recuay, departamento de Áncash. De otro lado, de conformidad con el numeral 2, del artículo 24, de la LOM, a efectos de completar el número de regidores de la Municipalidad Distrital de Cátac, corresponde convocar a Beatriz Santa Bellido Antaurco, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 41869733, candidata no proclamada del Movimiento Regional Movimiento Independiente Reconstruyamos Áncash, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial del Recuay, con motivo de las Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 005-2014-MDC, de fecha 16 de abril de 2014, que declaró la vacancia de Hernán Yolando Pérez Alvarado, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cátac, provincia de Recuay, departamento de Áncash. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Hernán Yolando Pérez Alvarado como alcalde de la Municipalidad Distrital de Cátac, provincia de Recuay, departamento de Áncash, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Urbano Zenobio Espinoza Pérez, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 32646482, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cátac, provincia de Recuay, departamento de Áncash, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Beatriz Santa Bellido Antaurco, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 41869733, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Cátac, provincia de Recuay, departamento de Áncash, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1078752-5 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Financiera TFC S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Piura, Lima y Áncash RESOLUCIÓN SBS Nº 2282-2014 Lima, 23 de abril de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Financiera TFC S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) ofi cina especial y el cierre de dos (02) ofi cinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Financiera TFC S.A. la apertura de una (01) ofi cina especial, según se indica: - Centro Poblado, ciudad de Chulucanas - Centro Mz. C3, Lote 17, distrito de Chulucanas provincia de Morropón y departamento de Piura. Artículo Segundo.- Autorizar a la Financiera TFC S.A. el cierre de dos (02) ofi cinas especiales, según se indica: - Av. Carlos Alberto Yzaguirre Nº 433, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima.