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El Peruano Miércoles 7 de mayo de 2014 522507 planteados: Macrozonifi cación, Mesozonifi cación y Microzonifi cación; Que, el literal e) del artículo 12 del citado Reglamento establece que es el Ministerio del Ambiente en materia de Zonifi cación Ecológica y Económica; el encargado de promover, coordinar y supervisar éstos procesos en el ámbito nacional; Que, el artículo 11 del referido Reglamento, establece que los Gobiernos Locales son las entidades encargadas de la ejecución de la Zonifi cación Ecológica y Económica dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, el artículo 16 del aludido Reglamento, establece que cada proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica, desarrollado en el ámbito local requiere la conformación de una Comisión Técnica, constituida a través de una Ordenanza Municipal e integrada por los integrantes allí señalados; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 023- 2008-MPP/A, se declara de necesidad e interés Provincial la Zonifi cación Ecológica y Económica y el Ordenamiento Territorial de la Provincia Picota, como instrumento básico de la planifi cación y gestión integral del territorio para alcanzar el desarrollo sostenible en toda la jurisdicción de la provincia de Picota en articulación con los gobiernos distritales, los organismos públicos y demás instituciones; que deberán atender prioritariamente este proceso; asimismo, a través de esta ordenanza se conforma la Comisión Técnica Local (CTL) de Zonifi cación y Ecológica Económica y Ordenamiento Territorial; Que, el artículo 22 del Decreto Supremo Nº 087- 2004-PCM, establece que los estudios de Zonifi cación Ecológica y Económica, serán aprobados por la autoridad competente en el nivel correspondiente; a nivel local, la Zonifi cación Ecológica y Económica es aprobada por Ordenanza Municipal con opinión favorable del Gobierno Regional respectivo; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2013- A-MPP, de fecha 21 de Enero del 2013, se aprobó el Estudio de Meso zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia Picota, la misma que comprende los Distritos de: Picota, Buenos Aires, Pucacaca, Caspizapa, San Cristóbal, San Hilarión, Pilluana, Tres Unidos, Tingo de Ponasa y Shamboyacu. Por lo tanto, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9, el artículo 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; en concordancia con el Art. 9 numeral 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Picota; el Concejo Municipal de Picota, con voto unánime de sus miembros, y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: Artículo Primero.- APROBAR el Estudio de Meso zonifi cación Ecológica y Económica de la Cuenca del Mishquiyacu y Ponasa de la Provincia de Picota, que comprende los distritos de Tres Unidos, Pilluana, Shamboyacu y Tingo de Ponasa. Artículo Segundo.- DISPONER que la Comisión Técnica Local (CTL) de Zonifi cación Ecológica y Económica y Ordenamiento Territorial de la Provincia Picota, promueva el uso e implementación de este instrumento como uno de los insumos para la toma de decisiones articulados a la generación de políticas y procesos de desarrollo, en coherencia con las políticas de carácter regional y nacional, gestionando las restricciones de las alternativas de usos del territorio; realizando procesos de difusión de la Meso zonifi cación Ecológica Económica de la Provincia Picota. Artículo Tercero.- DISPONER que los planes y programas que se encuentren en ejecución y en proceso de actualización, antes de la emisión de la presente ordenanza, incorporen en su análisis la información generada en la Meso zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia Picota, facilitando la articulación y vinculación de políticas e instrumentos para la gestión del territorio. Para tales efectos, se deberá remitir los documentos en un plazo no mayor de treinta (30) días calendarios, a la Gerencia de Medio Ambiente y Servicios Públicos para su respectiva verifi cación y/o adecuación. Artículo Cuarto.- DISPONER el fi nanciamiento necesario para la implementación del Proceso de Ordenamiento Territorial que se realiza dentro de la jurisdicción, considerando que la Meso zonifi cación Ecológica y Económica de la provincia Picota, constituye un instrumento técnico dinámico y fl exible, necesario de complementar y así permitir conocer con mayor detalle la dinámica territorial y tendencias de crecimiento de la Provincia, en relación a su entorno, debiendo enmarcarse en los procedimientos técnicos y metodológicos que apruebe el MINAM. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Medio Ambiente y Desarrollo Económico Local; la implementación y articulación de la Meso zonifi cación Ecológica y Económica de la Cuenca del Mishquiyacu y Ponasa de la Provincia Picota, que comprende los distrito de Tres Unidos, Pilluana, Shamboyacu y Tingo de Ponasa, priorizando su aplicación de manera coherente y coordinada; así como a la Ofi cina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza de conformidad con el Art. 44 Inc. 3 y 4 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; debiendo publicar en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Picota www.munipicota.qob.pe. Encargando a la Unidad de Informática y Comunicaciones; y a la Ofi cina de Imagen Institucional, Comunicación, Protocolo y Radio Municipal, para su difusión respectiva. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Séptimo.- Déjese sin efecto legal toda norma o disposición que se oponga al presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RONALD ROLANDO GARCÍA MORI Alcalde 1079225-2 Aprueban Plan de Ordenamiento Territorial de las Cuencas de los Ríos de Mishquiyacu y Ponasa, ubicados en la jurisdicción de la provincia de Picota RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 011-2014-A-MPP Picota, 3 de febrero del 2014 CONSIDERANDO: Que, las municipalidades provinciales son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 018-2013- A-MPP, de fecha 15 de Diciembre del 2013, se aprueba el PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE PICOTA; Ordenanza que fue aprobado por el Concejo Municipal mediante Acuerdo Nº 084-2013, de fecha 13 de Diciembre del 2013; Que, así mismo mediante Ordenanza Municipal Nº 019-2013-A-MPP, de fecha 15 de Diciembre del 2013, se aprueba el Estudio de Meso zonifi cación Ecológica y Económica de la Cuenca del Mishquiyacu y Ponasa de la Provincia de Picota, que comprende los distritos de Tres Unidos, Pilluana, Shamboyacu y Tingo de Ponasa; entre otros artículos; Ordenanza que fue aprobado por el Concejo Municipal mediante Acuerdo Nº 085-2013, de fecha 13 de Diciembre del 2013; Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004- 2014, de fecha 17 de enero del 2014; por unanimidad se aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial de las Cuencas de los ríos de Mishquiyacu y Ponasa, ubicados en la jurisdicción de la Provincia de Picota; Que, el ordenamiento territorial es un proceso mediante el cual se orienta la ocupación y utilización de un determinado territorio y la disposición de cómo mejorar la distribución de los espacios geográfi cos de los asentamientos geográfi cos de los asentamientos, de la infraestructura física y las actividades socioeconómicas. Que, en el marco de política de este Gobierno Local se encuentra implementando el Programa de Desarrollo Agroambiental en la Ceja de Selva, mediante Convenio Interinstitucional suscrito el 20 de Julio del 2012; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 004-2014, de fecha 17 de enero del 2014, se aprueba el Plan de