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El Peruano Miércoles 7 de mayo de 2014 522503 para la defensa nacional), vías o parques, áreas naturales protegidas o zonas reservadas. b. Si se encuentra ubicado en zonas arqueológicas o que constituyan patrimonio cultural de la Nación califi cadas por el Instituto Nacional de Cultura. c. Si se ubican en zonas declaradas riesgosas o no apropiadas para poblamiento, según informe técnico de Defensa Civil. Artículo 8º.- Los administrados posesionarios asumen plena responsabilidad de los documentos que presentan ante la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, responsabilizándose administrativa, civil y penalmente por la veracidad de la información proporcionada. Articulo 9º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo urbano y la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es de ciento ochenta (180) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en el diario ofi cial; facultándose al despacho de Alcaldía a prorrogar la misma mediante Decreto de Alcaldía, quedando facultada para emitir los demás dispositivos necesarios para su mejor aplicación. Segunda.- La Constancias de Posesión Especial consignarán expresamente en su texto que las mismas sólo son válidas para la tramitación de servicios básicos de luz, agua y desagüe, teniendo en cuenta que ello no constituye reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular, por cuanto, la Constancia de Posesión tendrá vigencia hasta la efectiva instalación de los servicios básicos. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 1079471-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Establecen prolongación de fecha de vencimiento de tributos 2014, amnistía, sinceramiento y beneficios tributarios y no tributarios ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2014-MPH Huaral, 29 de abril del 2014. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece “Prolongación de Fecha de Vencimiento de Tributos 2014, Amnistía, Sinceramiento y Benefi cios Tributarios y No Tributarios”; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 74º, 194º y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas; y que mediante Ordenanza puede crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a Ley. Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y sus modifi catorias, establece que los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administra. Que, el Artículo 60º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que las Municipalidades crean, modifi can, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi ja la Ley. Estableciéndose entre sus normas generales en el inciso a) La Creación de tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza. El inciso b) para la supresión de tasas y contribuciones la municipalidades no tienen ningún límite legal. Que, el Artículo 43º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, Establece en su Plazos de Prescripción que “la acción de Administración Tributaria para determinar la Obligación Tributaria, así como la acción para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los cuatro (04) años, y a los seis (06) años para quienes no hayan presentado la declaración respectiva”. Que, mediante Nº 019-2014-MPH/GRAT de fecha 27/03/2014, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece “Prolongación de Fecha de Vencimiento de Tributos 2014, Amnistía, Sinceramiento y Benefi cios Tributarios y No Tributarios”, señalando que la menor manera de mejorar los niveles de recaudación efectiva, es consolidar la política tributaria de la entidad, sincerar los montos de estados de deuda pendiente de la población de la provincia de Huaral, disminuir los niveles de morosidad y de omisión al registro tributario, así como brindar facilidades a los contribuyentes de la provincia. Que, mediante Informe Nº 098-2014-MPH/GPPR/ SGPR de fecha 08/04/2014, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, emite opinión favorable respecto a la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece “Prolongación de Fecha de Vencimiento de Tributos 2014, Amnistía, Sinceramiento y Benefi cios Tributarios y No Tributarios”. Que, mediante Informe Nº 0205-2014/MPH-GAF de fecha 10/04/2014, la Gerencia de Administración y Finanzas, opina a favor de la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal remitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria. Que, mediante Informe Nº 397-2014-MPH-GAJ de fecha 10/04/2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera VIABLE la Aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece “Prolongación de Fecha de Vencimiento de Tributos 2014, Amnistía, Sinceramiento y Benefi cios Tributarios y No Tributarios”, siendo atribución del Concejo Municipal aprobarlo, conforme a la normatividad vigente. Que, mediante Dictamen Nº 04-2014-MPH-CAEP- CM de fecha 28 de abril del 2014, la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento del Concejo Municipal RECOMIENDA al Pleno del Concejo Artículo Único: Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece “Prolongación de Fecha de Vencimiento de Tributos 2014, Amnistía, Sinceramiento y Benefi cios Tributarios y No Tributarios”. Que, de acuerdo al Artículo 9º, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución exclusiva del Concejo Municipal aprobar las Ordenanzas. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º,13º,14º y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, contando con el Voto por Mayoría de los Señores Regidores, aprobaron la siguiente: ORDENANZA “QUE ESTABLECE PROLONGACIÓN DE FECHA DE VENCIMIENTO DE TRIBUTOS 2014, AMNISTIA, SINCERAMIENTO Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS” Artículo 1º.- Establecer un régimen de excepción para el pago voluntario de las deudas tributarias y no tributarias,