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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2014 (07/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 61

El Peruano Miércoles 7 de mayo de 2014 522495 el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución Administrativa N° 2684- 2013 de fecha 02 de mayo 2013 se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 17 de diciembre de 2013, califi có y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Nadia Ilse Sandoval Urquizo postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Nadia Ilse Sandoval Urquizo con matrícula N° N-4257 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1079293-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 2396-2014 Lima, 28 de abril de 2014 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Luis Alejandro Huamani Ccoyllo para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS N° 2684-2013 de fecha 02 de mayo 2013, se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG- SGE-360-04; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 17 de diciembre de 2013, califi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Luis Alejandro Huamani Ccoyllo postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Luis Alejandro Huamani Ccoyllo con matricula número N-4258, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.-Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1079251-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Autorizan viaje de Presidente del Gobierno Regional de Moquegua a México, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 57-2014-CR/GRM Fecha: 30 de abril del 2014 VISTOS: En Sesión extraordinaria Nº 05, realizada el día miércoles 30 de abril del 2014 y el dictamen Nº 009-2014- CO/COPP-GRM, presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, reformado con la Ley Nº 28607 y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con Carta del 01 de marzo del 2014; remitida por la Directora del Sector Público de la Corporación Microsoft Perú, se viene invitando al Presidente Regional para participar en el “Foro de Líderes Gubernamentales - América Latina y el Caribe 2014” de Microsoft, a realizarse en la ciudad de México, capital de la República de México, los días 07 y 08 de Mayo del 2014. Al mismo tiempo que precisa que dicha Corporación cumple con las normas legales y regulaciones aplicables, así como con las reglas éticas para la extensión de invitaciones a sus eventos, lo que incluye consideraciones a las políticas institucionales de los invitados. Que, la Corporación organizadora del evento hace conocer que Microsoft asume los gastos de pasajes, alimentación, hospedaje, participación en el foro durante los días del evento; en consecuencia, la asistencia del Presidente del Gobierno Regional de Moquegua al Foro