Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2014 (07/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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cuyo acreedor es la Municipalidad Provincial de Huaral. El regimen de excepcion comprende a las deudas tributarias generadas hasta el 30 de MORDAZA del 2014, en cualquier instancia administrativa o judicial. Articulo 2º.- Establecer para el caso de la deuda del Impuesto Predial, y de los Arbitrios Municipales correspondiente al Ano Fiscal 2014, la prolongacion de la fecha del vencimiento del primer trimestre tributario, hasta el 31 de MORDAZA del 2014. Articulo 3º.- La deuda de anos precedentes, materia del acogimiento se podra pagar de la siguiente forma: 1.- En caso de Arbitrios Municipales
Arbitrios Pago al Contado De los Anos 2011 al 2013 (*) -Condonacion del 75% del interes, gastos y costas procesales del Ano 2013 al 2011. -Condonacion del 90% de intereses, gastos y costas procesales hasta el Ano 2010. Pago Fraccionado De los Anos 2010 al 2012 (*) -Condonacion del 60% del interes, gastos y costas procesales del Ano 2011 al 2013. -Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con sus intereses correspondientes. -Condonacion del 80% del monto insoluto, intereses, gastos y costas procesales hasta el Ano 2010. -Condonacion del 70% del insoluto, interes, gastos y costas procesales, con el acogimiento al beneficio del fraccionamiento de los anos 2010 al 2013.

El Peruano Miercoles 7 de MORDAZA de 2014

(*) Si la regularizacion se produce desde el inicio de la vigencia de la presente Ordenanza hasta el 15 de MORDAZA, la condonacion de los intereses, gastos y costas procesales hasta el Ano 2013 sera de un 80%. Articulo 4º.- Convenios de Fraccionamiento y Cooperacion en Programas de Segregacion de Residuos Solidos. Los convenios de fraccionamiento suscritos con anterioridad a la entrada en vigencia de esta Ordenanza seran tratados como tal, no siendo posible su reversion o renuncia, solo se le condona del 70% del interes moratorio generado como consecuencia del vencimiento de la fecha de pago y de los gastos y costas procesales que hayan ocasionado la cobranza coactiva. Para el caso de aquellos contribuyentes titulares de predios registrados, que hayan cooperado con la implementacion y ejecucion del Programa de segregacion de Residuos Solidos, en funcion de conseguir la meta establecida en el Plan de Incentivos, efectuese un descuento del 25% del monto determinado en la tasa de arbitrios municipales para el ano 2014, previo informe de conformidad de parte de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental. Articulo 5º.- Prescripcion, Inscripcion, Deudas de Fiscalizacion y Catastro. Para los contribuyentes que efectuen inscripcion en el registro tributario, establezcase la prescripcion de la deuda tributaria, a nivel predial mayor a los seis anos precedentes a esta inscripcion, asi como de los intereses generados, en el caso de la determinacion de la deuda correspondiente al impuesto predial, segun el articulo 43 del texto unico Ordenado del Codigo tributario aprobado por Decreto supremo Nº 135-99-EF, modificado por el decreto Legislativo Nº 953, el cual precisa "la accion de la administracion tributaria para determinar la obligacion tributaria, asi como para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los cuatro (4) anos, y a los seis (6) anos para quienes no hayan presentado su declaracion respectiva"; por lo cual la Entidad esta en la imposibilidad de la exigencia y/o reclamo de esta, si la misma no hubiese sido requerida mediante la debida notificacion del valor tributario en los plazos correspondientes; por lo expuesto es que la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria debera establecer los mecanismos de sinceramiento y actualizacion de la base imponible exigible, asi como brindar todas las facilidades necesarias y pertinentes para el desarrollo del procedimiento administrativo contemplado en la prescripcion tributaria. En el caso de predios inscritos por catastro, determinese la condonacion del 90% del interes moratorio correspondiente a deudas derivadas del MORDAZA de fiscalizacion y las generadas por Fichas Catastral. Condonacion del 100% del Insoluto de las multas tributarias derivadas del MORDAZA de fiscalizacion previa cancelacion del 100% de la deuda tributaria generada de dicho proceso. Articulo 6º.- Acogimiento a la presente Ordenanza. El acogimiento a la presente MORDAZA se podra realizar de la siguiente manera: 1. Mediante el Pago al Contado: Se realizara en forma automatica a traves del pago de la deuda directamente en MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral. En este caso el pago registrado constituye la MORDAZA del acogimiento. 2. Mediante Pago Fraccionado: Conforme a lo establecido en la presente Ordenanza con el pago al contado de por lo menos el 50% del monto total de la deuda tributaria y no tributaria que tuviera con la Municipalidad. En cualquiera de las formas senaladas en los numerales 1º y 2º del presente Articulo, implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria. Articulo 7º.- De los Recursos Impugnatorios en Tramite. Los contribuyentes que hayan presentado un recurso de reclamacion, reconsideracion o apelacion, podran acogerse al beneficio de la presente Ordenanza, siempre que se desistan de sus recursos presentados.

Deuda Generada hasta el 31 de Diciembre del 2013.

Solo por la -Condonacion del 80% del deuda hasta el insoluto, interes, gastos y Ano 2010. costas procesales, con el acogimiento al beneficio del pago al contado de los Anos 2010 al 2013 y a la cancelacion del 50% del total de dicho ejercicio.

(*) Si la regularizacion se produce desde el inicio de la vigencia de la presente Ordenanza hasta el 15 de MORDAZA, la condonacion de los intereses, gastos y costas procesales de los Anos 2011, 2012 y 2013 seran de un 100%, asi como del 100% del monto insoluto, intereses y costas de la deuda desde el Ano 2010. 2.- En caso de Impuesto Predial
Impuesto Predial Deuda Generada hasta el 30 de MORDAZA del 2014. Pago al Contado De los Anos 2011 al 2013 (*) -Condonacion del 90% del interes, gastos y costas procesales del Ano 2014 al 2010. Pago Fraccionado (*) -Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con sus intereses correspondientes. -Condonacion del 80% del interes, gastos y costas procesales hasta el Ano 2014 al 2010.

(*) Si la regularizacion se produce desde el inicio de la vigencia de la presente Ordenanza hasta el 15 de MORDAZA, la condonacion de los intereses, gastos y costas procesales hasta el Ano 2013 sera de un 100%. 3.- En caso Multas Administrativas
Multas Administrativas Impuestas hasta el 31 de Diciembre del 2013. Pago al Contado (*) Pago Fraccionado (*)

-Condonacion del 90% del monto insoluto, intereses, gastos y costas procesales de multas impuestas hasta el Ano 2009. -Condonacion del 80% del insoluto, intereses moratorios, gastos y costas procesales impuestas durante los Anos 2011 y 2012. -Condonacion del 60% del insoluto, intereses moratorios, gastos y costas procesales generado por el Ano 2013.

-Condonacion del 50% del insoluto, intereses moratorios, gastos y costas procesales de los periodos que se encuentren en cobranza coactiva. -Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con los intereses correspondientes.

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