Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2014 (07/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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ha cumplido con solicitar, a las areas de contabilidad y tesoreria, los antecedentes de los pagos reportados en el MORDAZA del Transparencia economica del Ministerio de Economia y Finanzas. CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si en la tramitacion del procedimiento de vacancia llevado a cabo en sede municipal, el concejo distrital cumplio con lo ordenado en la Resolucion Nº 6182013-JNE, del 25 de junio de 2013, y de ser asi, determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar, incurrio en la causal de nepotismo prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. CONSIDERANDOS Respecto de la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM 1. La causal de vacancia invocada por el recurrente es la de nepotismo, conforme a la ley de la materia, segun lo senala el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Por ello, resultan aplicables la Ley Nº 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico en casos de parentesco, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM. 2. Constituye reiterada jurisprudencia, por parte del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, que la determinacion del acto de nepotismo comporte la realizacion de un examen desarrollado en tres pasos, a saber: a) la verificacion del vinculo conyugal o del parentesco, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) que el familiar MORDAZA sido contratado, nombrado o designado para desempenar una labor o funcion en el ambito municipal; y c) que la autoridad MORDAZA MORDAZA realizado la contratacion, nombramiento o designacion, o ejercido injerencia con la misma finalidad. Cabe precisar que el analisis de los elementos MORDAZA senalados es secuencial, en la medida en que cada uno es condicion para la existencia del siguiente. 3. Asi, en cuanto al analisis del primer elemento, este Supremo Tribunal Electoral ha indicado que la acreditacion de esta causal no implica la verificacion de relaciones que, por empatia, puedan darse entre la autoridad cuestionada y su supuesto pariente; de ahi que, por ejemplo, MORDAZA establecido que las relaciones de compadrazgo no constituyen relaciones de parentesco (Resolucion Nº 6152012-JNE), asi como tampoco la mera existencia de un hijo entre dos personas (Resolucion Nº 693-2011-JNE), por lo que debe enfatizarse que la prueba idonea para acreditar el parentesco es la partida de nacimiento y/o matrimonio, segun corresponda (Resolucion Nº 49002010-JNE). 4. Respecto del MORDAZA elemento, este colegiado ha establecido, en reiterada jurisprudencia, que el vinculo contractual proviene de un contrato civil o laboral, siendo este ultimo el mas comun. Para determinar la existencia de la relacion laboral no es necesario que el acuerdo de voluntades conste en un documento, ya que el contrato de trabajo puede celebrarse en forma escrita o verbal y el vinculo puede acreditarse con otros medios de prueba, tales como planillas de pago, recibos, ordenes de servicio, memorandos y otros, en aplicacion del MORDAZA de primacia de la realidad (Resoluciones Nº 823-2011-JNE, Nº 801-2012-JNE, Nº 1146-2012-JNE y Nº 1148-2012JNE). Analisis del caso concreto 5. En el presente caso, conforme a lo expuesto en los antecedentes de la presente resolucion, la solicitud de vacancia en contra del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido anteriormente de conocimiento de este organo colegiado. Asi, tenemos que a traves del Expediente Nº J-2013-588, en el cual se emitio la Resolucion Nº 618-2013-JNE, de fecha 25 de junio de 2013, se declaro nulo lo actuado y se ordeno que el concejo municipal recabe informacion y documentacion vinculada con los hechos denunciados por los solicitantes

El Peruano Miercoles 7 de MORDAZA de 2014

de la vacancia, a fin de acreditar si la citada autoridad MORDAZA incurrio en la causal de nepotismo. 6. En tal sentido, corresponde analizar y evaluar si el MORDAZA y los regidores de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar cumplieron con lo ordenado por este organo colegiado en la resolucion MORDAZA citada y en el Auto Nº 1, del Expediente de queja Nº J-20131150, e incorporaron al procedimiento de vacancia la documentacion requerida. 7. En este contexto, se imputa al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA haber ejercido injerencia en la contratacion de su hermana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, su sobrino, Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA, y su cunado, Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes habrian prestado servicios en la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar, conforme a los montos precisados en el reporte del MORDAZA de Transparencia economica del Ministerio de economia y Finanzas, correspondiente a los anos 2011 y 2012. 8. Al respecto, y tal como ha senalado este organo colegiado en sendas resoluciones, el primer elemento para que se configure la causal de nepotismo es acreditar la existencia del vinculo de consanguinidad hasta el MORDAZA grado o el vinculo de afinidad hasta el MORDAZA grado, siendo necesario para ello contar con los documentos idoneos para dicha probanza; en este caso, dichos documentos resultan ser las partidas de nacimiento y/o las partidas de matrimonio. 9. Se verifica de las copias certificadas de las actas de nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 8 y 10, Expediente Nº J-2012-1602), que ambos son hijos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Camones; siendo asi, se concluye que son hermanos y parientes dentro del MORDAZA grado de consanguinidad. 10. De igual forma, se advierte, del acta de nacimiento de Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA (fojas 11, Expediente Nº J-2012-1602), que es hijo de MORDAZA Apies MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mallqui. En virtud de dicha informacion, y estando acreditado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es hermana del regidor cuestionado, se arriba a la conclusion de que Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA es sobrino del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, en consecuencia, su pariente en tercer grado de consanguinidad. 11. Con relacion a Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los solicitantes de la vacancia senalan que es conyuge de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermana del regidor. Sin embargo, no adjuntaron a su solicitud de vacancia el acta de matrimonio que acredite la existencia de vinculo conyugal. En razon de ello, mediante Resolucion Nº 618-2013JNE, emitida en el Expediente Nº J-2013-588, se requirio al Concejo Distrital de Chavin de Huantar a que recabe la respectiva acta de matrimonio, siendo que, a traves del Informe Nº 063-213-MDCHH/SGRC, de fecha 29 de agosto de 2013 (fojas 88), la subgerente de Registro Civil informo que no encontro en sus archivos la partida de matrimonio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermana del regidor, y Lorgio MORDAZA MORDAZA Espinoza. 12. De otro lado, en relacion con la existencia de un vinculo laboral o civil entre la entidad municipal y las personas de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA, se advierte que en la MORDAZA citada Resolucion Nº 618-2013-JNE, se requirio que los miembros del concejo distrital incorporen, al procedimiento de vacancia, la documentacion que permita acreditar la celebracion de contratos entre la entidad MORDAZA y los alegados parientes del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o, en su defecto, las planillas de pago, recibos, ordenes de servicio, memorandos u otros que acrediten la existencia del vinculo laboral entre el municipio y dicha persona. Asi tambien, se solicito que los organos competentes brindasen informacion sobre la razon de que aparezca el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA y Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como proveedores de la entidad MORDAZA entre los anos 2011 y 2012 (fojas 13 a 38, Expediente de traslado Nº J-20121602). 13. En cuanto a este extremo, se recabo el Informe Nº 28-2013-MDCHH-GAJ/G, de fecha 13 de noviembre de 2013 (fojas 90), del gerente municipal, en el cual se senala que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA y Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA no tienen ni han tenido algun vinculo de MORDAZA contractual con

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