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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2014 (17/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Sábado 17 de mayo de 2014 523431 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébase la Transferencia Financiera del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Unidad Ejecutora 0001 Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, por la suma de VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 368 688,00), a favor del pliego Ministerio del Interior, a que se refi ere el artículo 6° de la Ley N° 30175, con el objeto de fi nanciar acciones de interdicción minera en la lucha contra la minería ilegal. Artículo 2°.- Los recursos transferidos, a los que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo, deben ser destinados, bajo responsabilidad, sólo para los fi nes para los cuales se autoriza esta transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCÍA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1084430-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor del Pliego Ministerio de Defensa para financiar acciones de interdicción minera en la lucha contra la minería ilegal RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 148-2014/SUNAT Lima, 16 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 465-2014-MINDEF/DM del Ministerio de Defensa y el Informe N° 076-2014-MINDEF/VRD/ DGPP/D/01 de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto del Viceministerio de Recursos para la Defensa, mediante los cuales se formula la solicitud para la transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo 6° de la Ley N° 30175, Ley para el Financiamiento de Actividades en Materia de Salud, Educación, Trabajo y Otros en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y Dicta Otras Disposiciones. CONSIDERANDO: Que el artículo 6° de la Ley N° 30175 dispone lo siguiente: “Autorízase al pliego Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), durante el Año Fiscal 2014, para efectuar transferencias fi nancieras a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, a fi n de fi nanciar acciones de interdicción minera en la lucha contra la minería ilegal. Las referidas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular de la SUNAT, previo informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario ofi cial El Peruano.”; Que el artículo 2° del Decreto Supremo Nº 092- 2014-EF, que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicación del artículo 6° de la Ley N° 30175 establece que las transferencias fi nancieras autorizadas a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) por el artículo 6º de la Ley Nº 30175, se aprueban con cargo al presupuesto institucional de dicho pliego, incluyendo saldos de balance, hasta por un monto máximo de CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 51 526 172,00) a favor del Ministerio de Defensa para fi nanciar las acciones a que se refi ere el citado artículo; Que el artículo 3° del citado Decreto Supremo, dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban por resolución del titular de la SUNAT a solicitud de los titulares de los Ministerios de Defensa e Interior, según corresponda, la cual deberá contar con el informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces de los referidos ministerios, previo informe de la ofi cina de presupuesto de la SUNAT o la que haga sus veces, el cual se pronunciará sobre la disponibilidad de los recursos; y que los recursos de las transferencias fi nancieras no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, siendo cada ministerio responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales les fueron entregados los recursos; Que la División de Formulación y Evaluación Presupuestal de la Gerencia Financiera de la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio, mediante Informe Técnico Electrónico N° 00002-2014-8C1100 comunica la disponibilidad de recursos para realizar la transferencia fi nanciera antes mencionada; En uso de las facultades conferidas en el inciso s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébase la Transferencia Financiera del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Unidad Ejecutora 0001 Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, por la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 51 526 172,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, a que se refi ere el artículo 6° de la Ley N° 30175, con el objeto de fi nanciar acciones de interdicción minera en la lucha contra la minería ilegal. Artículo 2°.- Los recursos transferidos, a los que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo, deben ser destinados, bajo responsabilidad, sólo para los fi nes para los cuales se autoriza esta transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCÍA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1084431-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Paso de Frontera Desaguadero (Perú Bolivia)” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 149-2014/SUNAT Lima, 16 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio OF. RE (OOP) N° -2-5-E/473 del Ministerio de Relaciones Exteriores mediante el cual comunica a la SUNAT el monto que requiere se le transfi era para ejecutar el Proyecto de Inversión Pública “Paso de Frontera Desaguadero (Perú-Bolivia)”, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. CONSIDERANDO: Que el Numeral 1 de la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, establece lo siguiente: “Autorizase al pliego Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), a transferir fi nancieramente, con cargo a sus saldos de balance al 31 de diciembre de 2013, a favor del pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, para la formulación y la ejecución de los proyectos de inversión pública, según corresponda, de los Centros Nacionales y Binacionales de Control Fronterizo en los Pasos de Frontera del Perú (CEBAF), que estén a cargo de la unidad ejecutora Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con los convenios que suscriban ambas entidades. Dicha transferencia fi nanciera se realiza mediante resolución del titular del pliego SUNAT, que se publica en el diario ofi cial