Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

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Tercero. Que el Informe N° 163-2013-SEP-GP-GGPJ, remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, y el Informe N° 007-2013-ONAJUP-CE/PJ, del Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, concluyen que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Challacollo, Distrito de Huacullani, Provincia de Chucuito, Departamento y Distrito Judicial de Puno; consignandose su competencia territorial. Cuarto. Que por el numero de habitantes de las comunidades a los que beneficiaria el organo jurisdiccional, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 159-2014 de la sexta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion del senor Lecaros MORDAZA por encontrarse de licencia, de conformidad con el informe de la Gerencia General del Poder Judicial; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Challacollo, con competencia ademas en los Sectores Central, Kenturani, Sancaycollo, Vilcanque y Huaylloco; Distrito de Huacullani, Provincia de Chucuito, Departamento y Distrito Judicial de Puno. La competencia territorial de los Juzgados de Paz de 1° y 2° Nominacion del Distrito de Huacullani, Provincia de Chucuito, Departamento y Distrito Judicial de Puno; queda modificada en estos extremos. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del organo jurisdiccional materia de creacion son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1084345-5

de Huancavelica, y Distrito Judicial de Ayacucho; consignandose su competencia territorial. Cuarto. Que por el numero de habitantes de las comunidades a los que beneficiaria el organo jurisdiccional, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 158-2014 de la sexta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion del senor Lecaros MORDAZA por encontrarse de licencia, de conformidad con el informe de la Gerencia General del Poder Judicial; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Llacua, con competencia ademas en las Comunidades Campesinas de Sullapampa y Huayllabamba, y el Caserio Ccochapata; Distrito de MORDAZA, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, y Distrito Judicial de Ayacucho. La competencia territorial del Juzgado de Paz de la localidad de MORDAZA, Distrito del mismo nombre, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, y Distrito Judicial de Ayacucho; queda modificada en estos extremos. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1084345-4 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 088-2014-CE-PJ MORDAZA, 12 de marzo de 2014 VISTO: El Oficio N° 786-2011-P-CSJPU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el mencionado documento el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en merito del Informe N° 16-2011-ODAJUP-CSJPU/PJ, elaborado por el Coordinador de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y la solicitud presentada por el MORDAZA y autoridades del Centro Poblado Challacollo, propone la creacion de un Juzgado de Paz en la referida localidad, Distrito de Huacullani, Provincia de Chucuito, Departamento y Distrito Judicial de Puno. Segundo. Que la peticion formulada se fundamenta en tener poblacion aproximada de 684 habitantes; asi como en la necesidad de contar con autoridad judicial y acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia, pues el organo jurisdiccional mas cercano es el que se ubica en Huacullani, a 6 kilometros de distancia y 1 hora de recorrido en vehiculo; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo.

Aprueban los "Protocolos de Actuacion Conjunta", relacionados a medidas limitativas de derechos de allanamiento, impedimento de salida y otros, asi como la "Guia de Actuacion Conjunta contra la Delincuencia y el Crimen Organizado" como material didactico
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 134-2014-CE-PJ MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° 062-2014-GA-P/PJ, cursado por el Coordinador (e) del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial.

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