Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

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De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del Articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales de la Intendencia de Control Aduanero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente de Aduana de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente (e) de Tratados Internacionales, Valoracion y Arancel de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, del 21 al 24 de MORDAZA de 2014, para participar en la III Reunion de Autoridades Aduaneras Peru - Bolivia, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Estado Plurinacional de Bolivia. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 669,96 Viaticos US $ 1 110,00 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 669,96 Viaticos US $ 1 110,00 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 669,96 Viaticos US $ 1 110,00 Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 669,96 Viaticos US $ 1 110,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberan presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1084433-1

Que la Agenda Tentativa considera como temas relevantes a tratar en dicha Reunion, la evaluacion de la aplicacion del Acuerdo de Asistencia y Cooperacion Mutua en Asuntos Aduaneros, la habilitacion de nuevos pasos de frontera para control integrado, y la utilizacion de un formulario unificado para el control en el ingreso y salida temporal de vehiculos turisticos, entre otros; Que conforme se aprecia en el Informe N.° 030-2014SUNAT-3X0000 de la entonces Intendencia Nacional de Prevencion del Contrabando y Fiscalizacion Aduanera, el objetivo de la citada Reunion se centra en implementar los mecanismos de coordinacion bilateral al mas alto nivel en el ambito aduanero, a fin de impulsar y fortalecer la cooperacion de MORDAZA Autoridades Aduaneras para lograr el fortalecimiento del control aduanero y la facilitacion del creciente comercio entre Peru y Bolivia. Agrega que en ese sentido, la estructura de cooperacion aduanera bilateral Peru ­ Bolivia en materia de fortalecimiento de control aduanero y la facilitacion del comercio entre ambos paises, establece la exigencia de coordinacion y cooperacion permanente y armonizada de los directivos de mas alto nivel de las Administraciones Aduaneras; Que asimismo, de acuerdo al Informe N.° 01-2014SUNAT/5C0000 de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, durante los anos 2007 y 2012, las autoridades aduaneras de la SUNAT y la Aduana Nacional de Bolivia, han celebrado reuniones bilaterales, con la participacion de representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores de ambos paises, en los que se ha tratado temas relacionados a la aplicacion del Acuerdo de Asistencia y Cooperacion Mutua en Asuntos Aduaneros, acciones bilaterales de lucha contra el contrabando, trafico fronterizo, normas de origen, asi como el mejoramiento en la atencion de los tramites aduaneros en el Centro Binacional de Atencion en Frontera;. Que la participacion de la SUNAT en el referido evento se enmarca en los objetivos estrategicos de facilitar el comercio exterior peruano y reducir el incumplimiento tributario y aduanero para lo cual uno de los MORDAZA esenciales constituye el establecimiento y activacion de un mecanismo de cooperacion con la Administracion Aduanera de Bolivia; Que en tal sentido, siendo de interes institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme a los Informes N.os 030-2014SUNAT-3X0000 y 01-2014-SUNAT/5C0000, de fechas 9 y 14 de MORDAZA de 2014 respectivamente, resulta necesario autorizar la participacion en la III Reunion de Autoridades Aduaneras Peru ­ Bolivia de los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales de la Intendencia de Control Aduanero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente de Aduana de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente (e) de Tratados Internacionales, Valoracion y Arancel de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera; Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los citados trabajadores del 21 al 24 de MORDAZA de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos;

Designan Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Oficina de Soporte Administrativo MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS N° 001-2014-SUNAT/800000 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que el articulo 127° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece

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