Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2014 (30/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Viernes 30 de MORDAZA de 2014

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B. Excesos de las limitaciones de tiempo de vuelo y de actividad y/o reducciones de los periodos de descanso. Incluira las condiciones bajo las cuales se podra exceder el tiempo de vuelo y de actividad o se podran reducir los periodos de descanso y los procedimientos empleados para informar de estas modificaciones. C. Mantenimiento de los registros del tiempo de vuelo, los periodos de servicio de vuelo y los periodos de descanso de todos los miembros de la tripulacion. ix. Procedimientos de operacion A. Instrucciones para la preparacion del vuelo. Segun MORDAZA aplicables a la operacion: - Publicacion oficial por los servicios de informacion aeronautica, o bien que pueda conseguirse facilmente de otras fuentes. - Procedimientos para la preparacion y difusion de NOTAM a la tripulacion de vuelo y al personal de operaciones. - Procedimientos para la preparacion de la informacion contenida en la AIP, la circular de informacion aeronautica (AIC) y la reglamentacion y control de informacion aeronautica (AIRAC) y su difusion entre la tripulacion de vuelo y el personal de operaciones. - Altitudes minimas de vuelo. Contemplara una descripcion del metodo para determinar y aplicar las altitudes minimas, incluyendo: un procedimiento para establecer las altitudes/ niveles de vuelo minimos para los vuelos VFR; y un procedimiento para establecer las altitudes/ niveles de vuelo minimos para los vuelos IFR - Criterios para determinar la utilizacion de los aerodromos y/o helipuertos. - Metodos para determinar los minimos de utilizacion de los aerodromos y/o helipuertos. Incluira el metodo para establecer los minimos de utilizacion de los aerodromos y/o helipuertos para vuelos IFR de acuerdo con las reglamentaciones vigentes. Se debera hacer referencia a los procedimientos para la determinacion de la visibilidad y/o alcance visual en la pista (RVR) y para aplicar la visibilidad real observada por los pilotos, la visibilidad y el RVR notificado. - Minimos de operacion en ruta para vuelos VFR. Incluira el metodo para establecer los minimos de operacion en ruta para vuelo VFR o porciones VFR de un vuelo y, cuando se utilicen aviones monomotor, instrucciones para la seleccion de rutas con respecto a la disponibilidad de superficies que permitan un aterrizaje forzoso seguro. - MORDAZA y aplicacion de los minimos de utilizacion de aerodromo y/o helipuerto y de ruta. - Interpretacion de la informacion meteorologica. Incluira material explicativo sobre la descodificacion de predicciones MET e informes MET que tengan relacion con el area de operaciones, incluyendo la interpretacion de expresiones condicionales. - Determinacion de cantidades de combustible, aceite y agua-metanol transportados. Incluiran los metodos mediante los cuales se determinaran y monitorearan en vuelo las cantidades de combustible, aceite y agua-metanol que se transportaran. Esta seccion tambien debera incluir instrucciones sobre la medicion y distribucion de los liquidos transportados a bordo. Dichas instrucciones deberan tener en cuenta todas las circunstancias que probablemente se encuentren durante el vuelo, incluyendo la posibilidad de la replanificacion en vuelo y, la MORDAZA de uno o mas grupos motores. Tambien se debera describir el sistema para mantener registros de combustible y aceite. - Peso y balance (masa y centrado). Contemplara los principios generales y las instrucciones para el control del peso (masa) y centro de gravedad, incluyendo: definiciones; metodos, procedimientos y responsabilidades para la preparacion y aceptacion de los calculos de peso (masa) y centro de gravedad;

B. Designacion del piloto al mando de la aeronave. Incluira las reglas aplicables a la designacion del piloto al mando de la aeronave. C. Incapacitacion de la tripulacion de vuelo. Instrucciones sobre la sucesion del mando en el caso de la incapacitacion de un miembro de la tripulacion de vuelo y los procedimientos para asegurar la continuidad del vuelo en forma segura. D. Operacion en mas de un MORDAZA de aeronave. Una declaracion indicando que aeronaves son consideradas del mismo MORDAZA a los fines de: - programacion de la tripulacion de vuelo; y - programacion de la tripulacion de cabina. vi. Requisitos de calificacion A. Una descripcion de la licencia requerida, habilitaciones, calificaciones y competencia (por ejemplo: capacitacion y calificacion de zonas, de rutas y de aerodromos/helipuertos), experiencia, entrenamiento, verificaciones y experiencia reciente requeridas para que el personal de operaciones lleve a cabo sus funciones. Se debera tener en cuenta el MORDAZA de aeronave, clase de operacion y composicion de la tripulacion. B. Tripulacion de vuelo: - piloto al mando de la aeronave; - relevo en vuelo de los miembros de la tripulacion; - copiloto; - piloto bajo supervision; - operador del panel de sistemas; y - operacion en mas de un MORDAZA o variante de aeronave. C. Personal de instruccion, entrenamiento, verificacion y supervision: - para la tripulacion de vuelo; y - para la tripulacion de cabina. - para despachadores de vuelo D. Otro personal de operaciones. vii. Precauciones tripulaciones de salud e higiene para

A. Precauciones de salud e higiene de las tripulaciones. Las disposiciones y orientaciones sobre salud e higiene para los miembros de la tripulacion, incluyendo: - alcohol y otros licores que produzcan intoxicacion; - narcoticos; - drogas; - somniferos; - preparados farmaceuticos; - vacunas; - buceo submarino; - donacion de sangre; - precauciones de alimentacion MORDAZA y durante el vuelo; - sueno y descanso; - operaciones quirurgicas; - uso de anteojos; - uso y efecto del tabaco; y - prevencion del uso problematico de ciertas sustancias en el lugar de trabajo. viii. Limitaciones de tiempo de vuelo A. Limitaciones de tiempo de vuelo, actividad y requisitos de descanso. El esquema desarrollado por el explotador de acuerdo con los capitulos aplicables a cada MORDAZA de operacion: - tiempo de vuelo; - periodo de servicio; - periodo de servicio en vuelo; - periodo de descanso; - restricciones; - excepciones; y - descanso a bordo de la aeronave.

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