Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2014 (30/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Viernes 30 de MORDAZA de 2014

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- vuelo con el tren de aterrizaje extendido; - para aviones con tres o mas motores, vuelos ferry con un motor inoperativo; y - vuelos efectuados segun la lista de desviaciones respecto a la configuracion (CDL). vi. Planificacion del vuelo A. Incluira datos e instrucciones necesarias para la planificacion del prevuelo y del vuelo incluyendo factores tales como las velocidades programadas y ajustes de empuje/potencia. En su caso, se deberan incluir procedimientos para operaciones con uno o varios motores inoperativos, ETOPS (particularmente la velocidad de crucero con un motor inoperativo y la distancia MORDAZA a un aerodromo adecuado, determinado de acuerdo con esta Parte) y vuelos a aerodromos aislados. B. El metodo para calcular el combustible necesario para las distintas fases de vuelo, de acuerdo con las reglamentaciones aplicables. vii. Peso y balance (masa y centrado). Contemplara instrucciones y datos para calcular el peso y balance (masa y centrado), incluyendo: A. sistema de calculo (por ejemplo: sistema de indices); B. informacion e instrucciones para complementar la documentacion de peso y balance (masa y centrado), tanto de modo manual como por sistemas informaticos; C. limite de peso (masa) y centro de gravedad para los tipos, variantes o aviones individualizados usados por el explotador; y D. peso (masa) operativo en seco y su correspondiente centro de gravedad o indice. viii. Carga. Contemplara procedimientos y disposiciones para cargar y asegurar la carga en el avion. ix. Lista de desviacion respecto a la configuracion (CDL). A. Incluira la o las listas de desviaciones respecto a la configuracion (CDL), si las facilita el fabricante, teniendo en cuenta los tipos y variantes de avion que se operan e incluyendo los procedimientos que se seguiran cuando se despache el avion afectado segun las condiciones especificadas en su CDL. Tambien incluira cualquier requisito relativo a las operaciones en un espacio aereo en que se prescribe la navegacion basada en la performance (PBN) x. Lista de equipo minimo (MEL). A. Incluira la MEL teniendo en cuenta los tipos y variantes de avion que se operan y el o los tipos de area o areas de operacion. La MEL debera incluir los equipos de navegacion y tomara en consideracion cualquier requisito relativo a las operaciones en un espacio aereo en que se prescribe la navegacion basada en la performance (PBN), operaciones ETOPS, RVSM, CAT II/III; cuando sea aplicable. xi. Equipos de supervivencia y emergencia incluyendo oxigeno. A. Se contemplara una lista de los equipos de supervivencia, emergencia y seguridad transportados para las rutas que se volaran y los procedimientos para comprobar MORDAZA del despegue que estos equipos esten aptos para el servicio. Tambien se deberan incluir instrucciones sobre la ubicacion, acceso y uso de los equipos de supervivencia, emergencia y seguridad y las listas asociadas de verificacion. B. Se incluira el procedimiento para determinar la cantidad de oxigeno requerido y la cantidad disponible. Se deberan tener en cuenta el perfil de vuelo, numero de ocupantes y posible descompresion de la cabina. Se debera proporcionar la informacion de forma que facilite su utilizacion sin dificultad. xii. Procedimientos de evacuacion de emergencia

iv. Procedimientos no normales y de emergencia. A. Los procedimientos no normales y de emergencia, y las funciones asignadas a la tripulacion, las listas correspondientes de verificacion, y el procedimiento de como y cuando utilizar las mismas y una declaracion sobre los procedimientos necesarios de coordinacion entre las tripulaciones de vuelo y de cabina de pasajeros. Se deberan incluir los siguientes procedimientos y funciones no normales y de emergencia: - de salida de emergencia - despegue abortado - incapacitacion de la tripulacion de vuelo; - situacion de fuego y humos; - vuelo sin presurizar y parcialmente presurizado; - exceso de limites estructurales tal como aterrizaje con sobrepeso; - exceso de limites de radiacion cosmica; - impacto de rayos; - comunicaciones de MORDAZA y alerta ATC sobre emergencias; - MORDAZA de motor; - fallas de sistemas; - normas para el desvio en el caso de fallas tecnicas graves; - aviso GPWS ­ EGPWS/TAWS; - aviso ACAS II/TCAS II; - cizalladura del viento a baja altitud; y - aterrizaje de emergencia/amaraje forzoso. v. Performance. Se deberan proporcionar los datos de performance de forma que puedan ser utilizados sin dificultad. A. Datos de performance. Se debera incluir material sobre performance que facilite los datos necesarios para cumplir con los requisitos de performance prescritos en la RAP 121 para determinar: - limites durante el ascenso en el despegue: peso (masa), altitud y temperatura; - longitud de la pista de despegue (seca, mojada, contaminada); - datos de la trayectoria MORDAZA de vuelo para el calculo del franqueamiento de obstaculos o, en su caso, la trayectoria de vuelo de despegue; - las perdidas de gradiente por viraje durante el ascenso; - limites de ascenso en ruta; - limites de ascenso en aproximacion; - limites de ascenso en configuracion de aterrizaje; - longitud de la pista de aterrizaje (seca, mojada, contaminada) incluyendo los efectos de una MORDAZA en vuelo de un sistema o dispositivo, si afecta a la distancia de aterrizaje. - limite de la energia de frenado; y - velocidades aplicables a las distintas fases de vuelo (tambien considerando pistas mojadas o contaminadas). B. Datos suplementarios para vuelos en condiciones de formacion de hielo. Se debera incluir cualquier MORDAZA certificado de performance sobre una configuracion admisible, o desviacion de la misma, (por ejemplo: antiskid inoperativo). C. Si no se dispone de datos sobre performance, segun se requieran para la clase de performance correspondiente en el AFM aprobado, se deberan incluir otros datos aceptables para la Autoridad competente. El manual de operaciones podra contener referencias cruzadas a los datos aprobados contenidos en el AFM cuando no es probable que se utilicen esos datos con frecuencia o en una emergencia. El AFM debe ser actualizado por el explotador con la introduccion de los cambios que el Estado de matricula aprobara o dispusiera como obligatorios. D. Datos adicionales de performance. Contemplara datos adicionales, en su caso, incluyendo: - las gradientes de ascenso con todos los motores; - informacion de descenso progresivo (drift-down); - efecto de los fluidos para eliminar/prevenir la formacion de hielo;

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