Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2014 (30/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Viernes 30 de MORDAZA de 2014

524151

OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinion favorable respecto a lo solicitado por la Directora de Instituto Especializado del Instituto Nacional de Oftalmologia, senalando que procede designar al profesional propuesto, toda vez que el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Personal de la Oficina Ejecutiva de Administracion se encuentra calificado como Directivo Superior de Libre Designacion; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM; en el numeral 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del Bachiller Profesional en Administracion de Empresas MORDAZA MORDAZA Yui MORDAZA, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Personal de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Instituto Nacional de Oftalmologia del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al Licenciado en Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Personal de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Instituto Nacional de Oftalmologia del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1089151-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban textos de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 121 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares" y RAP 135 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 228-2014-MTC/12 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0502001-MTC; Que, el articulo 7º del citado Reglamento senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 582-2013-MTC/12, del 14 de noviembre de 2013, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proyecto de modificacion del Apendice J de la RAP 121 "Requisitos de Operacion:

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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