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El Peruano Viernes 30 de mayo de 2014 524161 las políticas, la administración y el control de los programas de instrucción con los siguientes elementos: - Una introducción al programa de instrucción, la cual contenga abreviaturas y defi niciones; - El sistema de enmienda y revisión - La organización y responsabilidades del organismo de instrucción; - El método de aprobación; - Los requisitos, experiencia y califi cación del personal a ser capacitado; - La fi nalidad y los objetivos de las políticas de instrucción, entrenamiento y de evaluación; - Las facilidades y material necesario para la instrucción; - Los requisitos, experiencia y califi cación de los instructores e inspectores designados por el explotador; - Contratos de arrendamiento; - Aprobación de instructores, inspectores designados del explotador y simuladores de vuelo de los centros de instrucción extranjeros; - Registros de instrucción, entrenamiento y califi cación dentro de los registros de seguridad de vuelo; B. Para la tripulación de vuelo. Todos los elementos pertinentes prescritos en los capítulos aplicables de la RAP 121. C. Para la tripulación de cabina. Todos los elementos pertinentes prescritos en los capítulos aplicables de la RAP 121. D. Para el personal de operaciones afectado, incluyendo los miembros de la tripulación: - Todos los elementos pertinentes prescritos en las reglamentaciones aplicables sobre transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea; y - Todos los elementos pertinentes a seguridad. E. Para el personal de operaciones distinto de los miembros de la tripulación (por ejemplo: encargados de operaciones de vuelo/despachadores de vuelo, personal de servicios de escala, etc.). Todos los demás elementos pertinentes prescritos en la RAP 121 que tengan relación con sus funciones y responsabilidades. iii. Procedimientos A. Procedimientos de capacitación, entrenamiento y verifi cación. B. Procedimientos aplicables en el caso de que el personal no logre o mantenga los estándares requeridos. C. Procedimientos para asegurar que situaciones no normales o de emergencia que requieran la aplicación de una parte o la totalidad de los procedimientos no normales o de emergencia y la simulación de condiciones IMC por medios artifi ciales, no se simulen durante vuelos comerciales de transporte aéreo. iv. Descripción de la documentación que se archivará y los períodos de archivo. RAP 135 Apéndice A Organización y contenido del manual de operaciones – Aviones y helicópteros a. Organización.- El manual de operaciones elaborado de acuerdo con la Sección 135.040 que puede publicarse en partes separadas que correspondan a aspectos determinados de las operaciones, debe organizarse con la siguiente estructura: 1. Parte A – Generalidades; 2. Parte B - Información sobre operación de las aeronaves; 3. Parte C – Zonas, Rutas y aeródromos/helipuertos; y 4. Parte D - Capacitación b. Contenido.- El manual de operaciones mencionado en el Párrafo a. abarcará, como mínimo, lo siguiente: 1. Parte A - Generalidades i. Administración y control del manual de operaciones A. Introducción: - una declaración de que el manual de operaciones cumple con todas las reglamentaciones y disposiciones aplicables y con los términos y condiciones del AOC y de las especifi caciones relativas a las operaciones (OpSpecs); - una declaración de que el manual contiene instrucciones de operación que el personal correspondiente debe cumplir; - una lista y breve descripción de los distintos volúmenes o partes, su contenido, aplicación y utilización; 9 Índice general; 9 Revisiones; 9 Lista de páginas efectivas; - explicaciones y defi niciones de términos y abreviaturas necesarias para la utilización del manual de operaciones; - Distribución del manual; y - las referencias apropiadas del RAP 135. B. Sistema de enmienda y revisión: - indicará quién es responsable de la publicación e inserción de enmiendas y revisiones; - un registro de enmiendas y revisiones con sus fechas de inserción y fechas de efectividad; - una declaración de que no se permiten enmiendas y revisiones escritas a mano excepto en situaciones que requieren una enmienda o revisión inmediata en benefi cio de la seguridad; - una descripción del sistema para anotación de las páginas y sus fechas de efectividad; - una lista de las páginas efectivas; - anotación de cambios (en las páginas del texto y, en la medida que sea posible, en tablas y fi guras); - revisiones temporales; y - una descripción del sistema de distribución de manuales, enmiendas y revisiones. ii. Estructura, organización, administración y responsabilidades A. Estructura organizativa. Una descripción de la estructura organizativa incluyendo el organigrama general de la empresa y el organigrama del departamento de operaciones. El organigrama deberá ilustrar las relaciones entre el departamento de operaciones y los demás departamentos de la empresa. En particular, se deben demostrar las relaciones de subordinación y líneas de información de todas las divisiones, departamentos, etc., que tengan relación con la seguridad de las operaciones de vuelo. B. Responsables. Deberá incluirse el nombre de cada responsable propuesto para los cargos de directivo responsable, director o responsable de operaciones, director o responsable de mantenimiento, gerente o responsable del sistema de gestión de la seguridad operacional, jefe de pilotos y jefe de instrucción, según lo prescrito en la Sección 119.340 del RAP 119. Se deberá incluir una descripción de sus funciones y responsabilidades. C. Responsabilidades y funciones del personal de gestión de operaciones. Incluirá una descripción de las funciones, responsabilidades y de la autoridad del personal de gestión de operaciones que tenga relación con la seguridad de las operaciones en vuelo y en tierra, así como, con el cumplimiento de las disposiciones aplicables; D. Autoridad, funciones y responsabilidades del piloto al mando de la aeronave. Una declaración que defi na la autoridad, obligaciones y responsabilidades del piloto al mando.