Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2014 (01/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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ninguna clase o denominacion y sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1158555-7

El Peruano Sabado 1 de noviembre de 2014

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban valor total de tasaciones correspondientes a diversos predios afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba MORDAZA, Tramo: Llama - Cochabamba, localizados en los distritos de Huambos y Cochabamba, provincia de Chota, departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 738-2014-MTC/02 MORDAZA, 28 de octubre de 2014 VISTO: La Nota de Elevacion N° 266-2014-MTC/20 del Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL sobre la aprobacion del valor total de las tasaciones de predios afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Llama - Cochabamba, en el departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecucion de obras publicas viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los articulos 2°, 3° y 4° de la Ley N° 27628 son modificados por la tercera disposicion complementaria modificatoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura; Que, segun el articulo 2° de la Ley N° 27628, el valor de la tasacion sera fijado por la Direccion Nacional de Construccion, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnizacion por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnizacion debera considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que debera incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiacion. Asimismo, establece que el valor total de la tasacion es aprobado por resolucion ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasacion debera de tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion. Y segun el articulo 3°, la aprobacion del valor total de la tasacion

se hace considerando el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, el articulo 27° de la Ley N° 30230 modifica la primera disposicion complementaria final de la Ley N° 30025 estableciendo que, tratandose de los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley N° 27628, MORDAZA de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la MORDAZA disposicion complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628; Que, mediante el Oficio N° 2378-2013-MTC/20.6, de fecha 01 de octubre de 2013, el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de Provias Nacional solicito a la Direccion Nacional de Construccion, la actualizacion de 69 inmuebles afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Llama - Cochabamba, adjuntandole los 69 informes valuatorios originales; Que, posteriormente, MORDAZA partes, en aplicacion de la Ley N° 27628, modificada por la Ley N° 30025, suscribieron el Convenio N° 05-2013-VIVIENDA, de fecha 16 de diciembre de 2013, con el objeto de que se efectue la tasacion de 69 inmuebles afectados por la ejecucion de dicha obra vial, a fin de adecuar el valor de tasacion conforme a la normatividad vigente; Que, mediante el Oficio N° 888-2014/VIVIENDAVMCS-DNC, de fecha 13 de MORDAZA de 2014, la Direccion Nacional de Construccion cumple con remitir a la Unidad Gerencial de Estudios, los informes tecnicos que contienen, entre otros, los montos de las tasaciones de cada uno de los predios, identificados con los respectivos codigos, efectuadas el 08 de MORDAZA de 2014; senalandose a los propietarios, asi como las partidas registrales de los predios inscritos en el registro de la propiedad inmueble de la Oficina Registral de Chota, MORDAZA Registral N° II - Sede Chiclayo, cuyas copias obran en los actuados remitidos; Que, el Jefe de Proyectos PACRI - UGE de Provias Nacional eleva el Informe N° 147-2014/HJCA y anexo (que contiene la relacion de 30 predios) a la Unidad Gerencial de Estudios, manifestando, entre otros aspectos, que de los 69 expedientes remitidos, 39 han sido observados, por lo que procede la aprobacion de las tasaciones de los predios correspondientes a 30 expedientes, agregandose un porcentaje adicional del 10% del valor comercial, cuyos propietarios tienen su derecho debidamente inscrito en el registro de la propiedad inmueble de la Oficina Registral de Chota, de la MORDAZA Registral N° II - Sede Chiclayo; al MORDAZA del articulo 27° de la Ley N° 30230 que autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley N° 27628, MORDAZA de la vigencia de la Ley N° 30025 y que se encuentren en la MORDAZA disposicion complementaria final de la misma; Que, en el numeral 25 de la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley N° 30025, figura la Carretera Chongoyape - Cochabamba; Que, la Unidad Gerencial de Estudios a traves del Memorandum N° 4351-2014-MTC/20.6 dirigido a la Unidad Gerencial de Asesoria Legal, solicita que se disponga la prosecucion del tramite de aprobacion del valor total de las 30 tasaciones prediales; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de Provias Nacional mediante el Informe N° 644-2014MTC/20.3, encuentra procedente la aprobacion de las tasaciones remitidas por la Unidad Gerencial de Estudios, teniendo en cuenta la Ley N° 27628 modificada por la Ley N° 30025, y el articulo 27° de la Ley N° 30230; Que, de acuerdo al MORDAZA legal senalado asi como los antecedentes que corresponden al procedimiento de adquisicion de los referidos predios via trato directo al MORDAZA de la Ley N° 27628, resulta procedente la aprobacion de las tasaciones efectuadas; De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a treinta (30) predios

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