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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (01/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Sábado 1 de noviembre de 2014 536549 OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR Designan Gobernador Distrital del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0567-2014-ONAGI-J Lima, 30 de octubre del 2014 VISTO: El informe N° 236-2014-ONAGI-DGAP emitido por la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1140, de fecha 10 de diciembre de 2012, que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, en concordancia con el literal i) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003- 2013-IN, establecen que entre las funciones del Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior se encuentra la de designar, remover y supervisar a los Gobernadores Provinciales y Distritales; Que, según lo indicado en el literal b) del artículo 50 del precitado Reglamento de Organización y Funciones, la Dirección General de Autoridades Políticas tiene como función proponer la designación y remoción de los Gobernadores Provinciales y Distritales; Que, el artículo 190 de la Constitución Política del Perú de 1993, establece que el proceso de regionalización se inicia eligiendo Gobiernos Regionales en los actuales departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; asimismo, la precitada norma refi ere que mediante referéndum podrán integrarse dos o más circunscripciones departamentales contiguas para constituir una región y en tanto dure este proceso de integración podrán crearse mecanismos de coordinación entre sí; en ese sentido, para el presente caso los Gobiernos Regionales y las Autoridades Políticas se constituyen sobre la base de la demarcación territorial de Departamentos; Que, de acuerdo a la propuesta realizada por la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior sobre designación del Gobernador Distrital de San Miguel, Provincia de Lima, Departamento Lima (Jurisdicción de la Gobernación Regional de Lima Metropolitana) contenida en el informe de vistos; Con el visado del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y del Director General de la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR en el cargo de Gobernador Distrital a la siguiente persona y fi jar el ámbito de su competencia: N° NOMBRE DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 SUSANA MARGARITA CHAVEZ OJEDA SAN MIGUEL LIMA LIMA (Jurisdicción de la Gobernación Regional de Lima Metropolitana) Artículo 2.- El Gobernador designado mediante la presente Resolución Jefatural ejerce sus funciones en el marco de las disposiciones vigentes. Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Autoridades Políticas, a la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a la Gobernación Provincial y Regional que abarque el ámbito jurisdiccional de la Gobernación que se señala en el artículo 1 de la presente resolución, según corresponda, y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la Ofi cina Nacional del Gobierno Interior (e) 1158082-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican Plan de Inversiones en Transmisión del período entre el 01 de mayo de 2013 y el 30 de abril de 2017, a que se refieren las RR. N°s. 151 y 207-2012-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 222-2014-OS/CD Lima, 30 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 151-2012-OS/CD se aprobó el Plan de Inversiones para el período mayo 2013 – abril 2017; que respecto al Área de Demanda 2 fue impugnada por Empresa de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. (en adelante “ENSA”) y el Proyecto Especial Olmos Tinajones (en adelante “PEOT”), recursos de reconsideración que se resolvieron mediante las Resoluciones N° 197 y N° 205-OS/CD, respectivamente; Que, el numeral VII) del literal d) del Artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (en adelante “LCE”), señala: “VII) En la eventualidad de ocurrir cambios signifi cativos en la demanda proyectada de electricidad, o modifi caciones en la confi guración de las redes de transmisión aprobadas por el Ministerio, o en las condiciones técnicas o constructivas, o por otras razones debidamente justifi cadas, respecto a lo previsto en el Plan de Inversiones vigente, el respectivo titular podrá solicitar a Osinergmin la aprobación de la modifi cación del Plan de Inversiones vigente, acompañando el sustento técnico y económico debidamente documentado. Osinergmin deberá emitir pronunciamiento, sustentado técnica y económicamente, en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de presentada la solicitud de modifi cación. De aprobarse la modifi cación del Plan de Inversiones, las modifi caciones a las tarifas y compensaciones correspondientes se efectuarán en la Liquidación Anual de ingresos siguiente a la fecha de puesta en operación comercial de cada instalación que conforman dicha modifi cación del Plan de Inversiones. OSINERGMIN establecerá la oportunidad, los criterios y procedimientos para la presentación y aprobación de las modifi caciones al Plan de Inversiones, las cuales