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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (01/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Sábado 1 de noviembre de 2014 536540 Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modifi catorias; y, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; y, Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada a la empresa TELECABLE SAN MARTÍN DE ALAO E.I.R.L. por Resolución Ministerial N° 414-2008-MTC/03, a favor de la empresa TELEVISIÓN POR CABLE T&B S.A.C.. Artículo 2°.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesión, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3°.- Reconocer a la empresa TELEVISIÓN POR CABLE T&B S.A.C. como nuevo titular de la concesión otorgada por Resolución Ministerial N° 414-2008-MTC/03, a partir de la fecha de suscripción de la Adenda a que se refi ere el artículo precedente, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida. Artículo 4°.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda a la cual se refi ere el artículo 2° de la presente Resolución, no es suscrita por las empresas TELECABLE SAN MARTÍN DE ALAO E.I.R.L. y TELEVISIÓN POR CABLE T&B S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 5°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. HENRRY ZAIRA ROJAS Viceministro de Comunicaciones (e) 1157448-1 Otorgan a Flex Air S.A.C. el permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo - carga externa RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 424-2014-MTC/12 Lima, 10 de septiembre de 2014 Vista la solicitud la compañía FLEX AIR S.A.C., sobre el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2014- 012283 del 25 de febrero del 2014, Documento de Registro N° 101931 del 11 de junio del 2014 y Documento de Registro N° 132821 del 30 de julio del 2014 la compañía FLEX AIR S.A.C. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa; Que, según los términos del Informe N° 053-2014- MTC/12.07.EEF emitido por el Coordinador Técnico de Asuntos Económicos-Financieros, Memorando Nº 069-2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando N° 1205-2014- MTC/12.LEG emitido por la abogada de la DGAC y Memorando N° 337-2014-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones e Informe Nº 303-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía FLEX AIR S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía FLEX AIR S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Carga Externa. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional MATERIAL AERONAUTICO: - Kamov KA-32AO ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas. DEPARTAMENTO: ÁNCASH - Chimbote, Huascarán / Anta. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Cajamarca, Jaén. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Kiteni, Las Malvinas, Nuevo Mundo. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Huánuco, Tingo María. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Nasca / María Reiche Neuman, Pisco.