Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2014 (27/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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02), en el MORDAZA del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2014. Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, se aprobaron los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la asignacion de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2014; Que, la Guia Metodologica para la Aplicacion de la META 2, aprobado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, senala que se debe cumplir con la asignacion de un espacio para el funcionamiento de la Oficina Municipal de Atencion a las Personas con DiscapacidadOMAPED, la misma que debera de ser accesible y contar con un mobiliario minimo y un equipamiento que le permita desarrollar sus funciones al trabajador de la OMAPED y a la vez brindar una adecuada atencion a sus usuarios. Que, considerando lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su articulo 40 que senala "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, y estando a lo senalado en el Informe Nº 052-2014-GDIS-MDSJM de fecha 15 de MORDAZA del 2014, emitido por la Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social y lo establecido en la normatividad senalada en los considerandos del presente informe, el Proyecto de Ordenanza que "Formaliza la Creacion de la Oficina Municipal de Atencion a las Personas con Discapacidad OMAPED en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores", se encuentra dentro del MORDAZA legal. Que, mediante Informe Nº600-2014-GAJ-MDSJM de fecha 16 de MORDAZA del 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, y teniendo en cuenta lo expuesto este despacho considera que el Proyecto de "Ordenanza que Formaliza la Creacion de la Oficina Municipal de Atencion a las Personas con Discapacidad OMAPED en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores", procede legalmente, por lo que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos segun lo establecido en el numeral 8 del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, estando a lo expuesto de conformidad con lo establecido por el articulo 9º inciso 9) y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, la siguiente ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OMAPED EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES. Articulo Primero.- FORMALIZAR, la creacion de la Oficina Municipal de Atencion a las Personas con Discapacidad en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores- OMAPED , para que se realicen las funciones previstas en el numeral 70.2 del articulo 70º de la Ley Nº29973 Ley General de la Persona con Discapacidad. Articulo Segundo.- ESTABLECER, a la Oficina Municipal de Atencion a las Personas con Discapacidad, en adelante OMAPED, como Programa dependiente de la Sub Gerencia de Bienestar e Inclusion Social de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social y a la Sub Gerencia de Bienestar e Inclusion Social el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- FACULTAR, al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, disponga las medidas reglamentarias y complementarias necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicacion de acuerdo a Ley, distribucion y notificacion de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion su Publicacion en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1170165-1

El Peruano Jueves 27 de noviembre de 2014

Declaran prioritario el Reconocimiento a las victimas de la violencia politica (de MORDAZA 1980 a noviembre del 2000), que residen en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 276 A-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 22 de agosto de 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de agosto del 2014, el Memorandum Nº 603-2014-MDSJM-A de fecha 21 de MORDAZA del 2014 del despacho de Alcaldia, el Oficio Nº 1026-2014-JUS-CMAN/SE de fecha 11 de MORDAZA del 2014 del 2014, Oficio Nº 489-2014-JUS-CMAN/SE de fecha 12 de marzo del 2014 del 2014, Acuerdo de Concejo Nº 70-2014-MDSJM de 11 de junio del 2014, Memorandum Nº 630-2014-GM-MDSJM de fecha 26 de MORDAZA del 2014 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 0459-2014-GAJMDSJM de fecha 23 de MORDAZA del 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, Memorandum Nº 489-2014-GR/ MDSJM de fecha 19 de MORDAZA del 2014 de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 119-2014-SGRT de la Sub Gerencia de Recaudacion Tributaria, Informe Nº 087-SGRT/GR2014 de la Sub Gerencia de Recaudacion Tributaria, Memorandum Nº 15-2014-GR/MDSJM de fecha 03 de enero 2014 Sub Gerencia de Recaudacion Tributaria, La Mocion de Orden del dia presentado por el Regidor MORDAZA MORDAZA Canchis, sobre Proyecto de Ordenanza que crea el Registro, Identificacion y Reconocimiento de las victimas y desplazados por la violencia politica de los anos 1980 al 2000, de los residentes en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores; el Memorandum Nº 00372011/MDSJM/GDS, de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 012-2011-GAJ-MDSJM 21 de enero del 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 026-2011/MDSJMJM/GR/SGRT de la Subgerencia de Recaudacion, Memorando Nº 078 -2011-MDSJM/GR, sobre Proyecto que establece el Plan de Reparacion a las victimas y desplazados por la violencia politica de los anos 1980 al 2000 a los residentes en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Informe Final de la Comision de la Verdad y Reconciliacion (2003) presento, entre sus recomendaciones, la implementacion de un Programa Integral de Reparaciones (PIR), que permitiera resarcir a las victimas por el grave dano que sufrieron por el conflicto armado, Asi, el ano 2004 se creo la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional - CMAN, cuyo objetivo principal es el de disenar, coordinar y supervisar el cumplimiento de las politicas de reparaciones que seran implementadas a traves de los diferentes sectores del gobierno. Posteriormente, el ano 2005, se promulgo la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones (PIR), estableciendo el mandato de dar reparaciones a las victimas, inscritas en el Registro Unico de Victimas (RUV), y finalmente el ano 2006, se creo el Consejo de Reparaciones, encargado de elaborar el Registro Unico de Victimas (RUV). Que la Ley Nº 28592, asi como el Decreto Supremo No 015-2006-JUS, establece que la implementacion del Programa integral de Reparaciones no solo es tarea del gobierno central sino tambien de los gobiernos regionales y gobiernos locales. Que las Municipalidades son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa conforme se establece en el articulo 2º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades en concordancia con lo previsto en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley No 27680, Ley de Reforma Constitucional y el articulo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la descentralizacion. Que de conformidad a lo dispuesto en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N°

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