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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (02/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 86

El Peruano Jueves 2 de octubre de 2014 533992 Edifi caciones, las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción, tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana y de edifi cación, conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; 3. Que, el artículo 24 de la Ley 29090 modifi cado por la Ley 29898 (Ley que modifi ca la Ley 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio) establece que las municipalidades declaran la habilitación urbana de ofi cio de los predios registralmente califi cados como rústicos ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuentan con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la habilitación urbana; 4. Que, conforme al tercer párrafo del artículo 24A de la ley 29898, el expediente técnico que sustenta la declaración de la habilitación urbana de ofi cio es elaborado por la municipalidad. La declaración se efectúa mediante resolución municipal que dispone la inscripción registral del cambio de uso rústico a urbano. La inscripción individual registral es gestionada por el propietario o por la organización con personería jurídica que agrupe a la totalidad de propietarios; 5. Que, mediante la Ordenanza Nº 204-MDPP, de fecha 03 de agosto de 2012, publicada en El Peruano el 11 de agosto de 2012, se aprobó el procedimiento y las disposiciones que regulan las habilitaciones urbanas de ofi cio, como parte del proceso de saneamiento físico legal de la propiedad en el distrito de Puente Piedra, cuya principal fi nalidad es lograr la inscripción individual de los títulos de propiedad a favor de sus actuales propietarios; 6. Que, el artículo 6 de la Ordenanza Nº 204-MDPP, establece la facultad del Alcalde de aprobar mediante Resolución de Alcaldía, la habilitación urbana de ofi cio de los predios que en el proceso de saneamiento físico legal reúnan las condiciones establecidas en el artículo 3 de la misma Ordenanza; 7. Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 063- 2014/OSFL-GDUE-MDPP, la Ofi cina de Saneamiento Físico Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, señala que efectuada la verifi cación técnica en el terreno de Propiedad de la Asociación de Vivienda Los Portales de Chillón, situado en el distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima, denominado “Sub Parcela B o Sector 5–B de la Parcela Nº 5 del Ex Fundo Shangry – La, Puente Piedra, inscrito en la Partida Nº 11624655 del Registro de Predios, de una extensión superfi cial de 102,682.50 m2 con los linderos y medidas perimétricas que constan en la partida, se ha determinado que el predio se encuentra registralmente califi cado como rústico, está ubicado en zona urbana consolidada, con edifi caciones destinadas a vivienda y con servicios públicos domiciliarios, de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público, pudiendo por consiguiente, ser objeto de una Habilitación Urbana de Ofi cio; 8. Que, asimismo, se verifi có que el nivel de consolidación del predio en relación al tipo de uso VIVIENDA es de 93.5%, porcentaje que se manifi esta principalmente en edifi caciones de carácter permanente; del mismo modo, se verifi có claramente defi nida una lotización distribuida en dieciocho (18) manzanas y cuatrocientos cuatro (404) lotes, de los cuales cuatrocientos dos (402) lotes están destinados a vivienda, un (01) lote destinado a Otros Usos (Local Comunal), y un (01) lote destinado a Comercio; existiendo además tres (03) aportes destinados a Recreación Pública (Parque V, Parque VI y Parque X), y un (01) aporte para el Ministerio de Educación; de acuerdo al Plano Perimétrico PP-006-MDPP-2014-OSFL y el Plano de Trazado y Lotización PTL-007-MDPP-2014-OSFL y sus respectivas memorias descriptivas, con todos sus datos y detalles que el mismo contiene, el cual resulta procedente aprobar para su inscripción; 9. Que, con la fi nalidad de completar el diseño del proyecto de habilitación urbana, se han establecido cuatro (04) áreas de compensación, identifi cadas como Área de Compensación 1 de 61.60m2, Área de Compensación 2 de 52.70m2, Área de Compensación 3 de 86.20 m2 y Área de Compensación 4 de 14.40 m2, las cuales se detallan en el Plano de Trazado y Lotización PTL-007-MDPP- 2014-OSFL que forma parte de la presente Habilitación Urbana de Ofi cio; 10. Que, habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en el Artículo 24A de la Ley Nº 29898 (Ley que modifi ca la Ley Nº 29090) y el Artículo 3 de la Ordenanza Nº 204-MDPP, es procedente aprobar la Habilitación Urbana de Ofi cio, del terreno denominado URBANIZACIÓN LOS PORTALES DE CHILLON, ubicado en el distrito de Puente Piedra, inscrito en la Partida Nº 11624655 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; 11. Que, para la inscripción de actos de disposición de los lotes que integran una habilitación urbana se procede a establecer la libre disponibilidad de los lotes, sin requerir la recepción de obras conforme lo establece el Artículo 49º del Reglamento de Inscripción de Predios (Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP/SN, de fecha 03 de mayo del 2013); 12. Que, la valorización de la obra asciende a la suma de S/.3´171,099.17 (Tres millones ciento setenta y un mil noventa y nueve y 17/100 nuevos soles); 13. Que, es importante precisar que la medida 2,245.77 ml., que fi gura en el Plano Perimétrico PP-006-MDPP- 2014-OSFL y el Plano de Trazado y Lotización PTL-007- MDPP-2014-OSFL y sus correspondientes Memorias Descriptivas, se encuentran inscritas en el Título Archivado 2011-00256691, de fecha 24 de Marzo del 2011, Asiento B0003 de la Partida 11624655 y conforme lo estipula el precedente de observancia obligatoria, Resolución Nº 136-2007-SUNARP-TR-L, no procede la rectifi cación de asientos registrales si estos se encuentran conformes con los títulos que les dieron mérito. Asimismo, a fi n de presentar los elementos técnicos sufi cientes que permitan la reconstrucción de los tramos sinuosos y curvas, se anexa a la presente resolución un archivo digital (CD) de los planos respectivos y las memorias descriptivas 14. Que, Mediante Resolución de Alcaldía Nº 083- 2013/ALC-MDPP del 08/02/2013 se aprobó la Habilitación Urbana de Ofi cio de la Urbanización Los Portales de Chillón, cuyo expediente técnico contenía el Plano de Trazado y Lotización, Plano Perimétrico y Memorias Descriptivas y mediante Resolución de Alcaldía Nº 972-2013/ALC- MDPP, de fecha 31/12/2013 se procedió a subsanar las observaciones emitidas por la SUNARP, siendo que se requiere ingresar un nuevo título de califi cación a SUNARP conteniendo una Resolución de Alcaldía que apruebe la Habilitación Urbana de Ofi cio de la Urbanización Los Portales de Chillón, el expediente técnico que incluye el Plano de Lotización, Plano Perimétrico y Memorias Descriptivas, de la misma forma la Resolución de Alcaldía deberá dejar sin efecto las antes citadas Resoluciones de Alcaldía Nº 083-2013/ALC-MDPP del 08/02/2013 y Nº 972-2013/ALC-MDPP del 31/12/2013. Que, por lo expuesto, y conforme a las facultades conferidas en la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, el numeral 6 del Artículo 20º y el Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 204-MDPP. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Alcaldía Nº 083-2013/ALC-MDPP del 08/02/2013 y Nº 972-2013/ALC-MDPP del 31/12/2013, por las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- Declarar aprobada la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno de 102,682.50 m2, denominado “Sub Parcela B o Sector 5-B de la Parcela Nº 5 del Ex Fundo Shangry - La Puente Piedra”, situado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 11624655 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, de propiedad de la “Asociación de Vivienda Los Portales de Chillón”, de conformidad con el Plano Perimétrico PP-006-MDPP-2014-OSFL, el Plano de Trazado y Lotización PTL-007-MDPP-2014-OSFL y las respectivas Memorias Descriptivas, documentos que se aprueban con la presente Resolución, en consecuencia, varíese su denominación por el de URBANIZACIÓN LOS PORTALES DE CHILLON. Artículo Tercero.- Aprobar el Cuadro General de Distribución de Áreas de la URBANIZACIÓN LOS PORTALES DE CHILLON, conforme al siguiente detalle: