Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2014 (18/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DE HUAYTARA SEDE HUAYTARA CONFORMACION PRESIDENTE DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA PRIMER MIEMBRO DR. MORDAZA MORDAZA VILLENA MORDAZA MORDAZA MIEMBRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA

El Peruano Sabado 18 de octubre de 2014

Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Fiscalia Suprema de Control Interno, para que evalue la conducta del fiscal MORDAZA Pandal MORDAZA, de acuerdo a sus competencias. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Publico, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economia y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloria General de la Republica, de la Defensoria del Pueblo, del Banco de la Nacion, de la Junta de Fiscales Superiores de Ica, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, del MORDAZA Electoral Especial de Huaytara y de los interesados, para los fines que se estime pertinentes. Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1152134-9

Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Achipampa, Distrito de Yanacancha, Provincia de Chupaca, Departamento de MORDAZA, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularizacion de delegacion de funciones registrales, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Achipampa, Distrito de Yanacancha, Provincia de Chupaca, Departamento de Junin. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad senalada en el articulo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Achipampa, Distrito de Yanacancha, Provincia de Chupaca, Departamento de Junin; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1152059-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Achipampa, distrito de Yanacancha, provincia de Chupaca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 241-2014/JNAC/RENIEC MORDAZA, 17 de octubre de 2014 VISTOS: El Informe N° 000442-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC (23SET2014) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000786-2014/GRC/RENIEC (25SEP2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000086-2014/GPRC/RENIEC (06OCT2014) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro

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