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El Peruano Sábado 18 de octubre de 2014 535169 gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial. Artículo Quinto.- CONVOCAR a Gavi Violeta Hilario Calixto, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 43087264, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1152134-8 Convocan a fiscal superior titular designado por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, para que asuma el cargo de primer miembro del Jurado Electoral Especial de Huaytará RESOLUCIÓN Nº 3079-2014-JNE Lima, diez de octubre de dos mil catorce. VISTA la comunicación remitida el 10 de octubre de 2014, por el presidente del Jurado Electoral Especial de Huaytará, magistrado Simón Ángel Nevado de la Peña, comunicando las reiteradas ausencias del primer miembro de dicho jurado, doctor William Pandal Campos. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, literal b, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante LOJNE), modificada por las Leyes Nº 29688 y Nº 30194, los Jurados Electorales Especiales (JEE) son órganos temporales que funcionan durante los procesos electorales y tienen entre sus miembros un fiscal superior elegido entre los fiscales en actividad o jubilados del distrito fiscal correspondiente a la sede del JEE. 2. Mediante Ofi cio Nº 1309-2014-PJFS-ICA, recibido con fecha 14 de abril de 2014, suscrito por la presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, se comunicó a este organismo electoral que por acuerdo de la Junta de Fiscales Superiores de fecha 9 de abril de 2014, se designó, entre otros, a los señores fi scales William Pandal Campos y Juan Carlos Villena Campana, como primer miembro del JEE de Huaytará, titular y suplente, respectivamente, para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014. 3. Por medio de la Resolución Nº 433-2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, se estableció la conformación de los JEE para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, convocado por Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, entre ellos, el JEE de Huaytará, que se instaló el 1 de junio de 2014, bajo la presidencia del juez superior Simón Ángel Nevado de la Peña, teniendo como primer miembro al fi scal superior provisional William Pandal Campos. 4. A través de la comunicación recibida el 10 de octubre de 2014, el presidente del JEE de Huaytará informa de los inconvenientes en la resolución de actas observadas por la ausencia injustifi cada del primer miembro, situación que, inclusive, ha provocado reclamos por parte de personeros y pobladores que exigen celeridad para conocer los resultados ofi ciales de los comicios del 5 de octubre de 2014. 5. El informe que, en esta oportunidad, eleva el presidente del JEE de Huaytará, expone una problema recurrente de ausencias injustifi cadas, respecto de las cuales este organismo electoral no ha recibido solicitud alguna sobre licencia del referido miembro, con arreglo a lo dispuesto por el Reglamento de Gestión de los JEE, aprobado por la Resolución Nº 437-2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, según el cual, las licencias deben ser solicitadas al presidente del Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, ante un informe similar del presidente del JEE de Huaytará, de fecha 25 de setiembre de 2014, se remitió al doctor William Pandal Campos el Ofi cio Nº 9592-2014-SG/JNE, de fecha 28 de setiembre de 2014, solicitándole que informe en el plazo de veinticuatro horas de recibido, sobre las razones de su ausencia de la sede del JEE de Huaytará no obstante encontrarse en sesión permanente, de conformidad con la Resolución Nº 546-2014-JNE, de fecha 30 de junio de 2014. Habiendo informado el secretario de dicho JEE que solo fue posible notifi car el referido ofi cio al destinatario el 30 de setiembre de 2014, verifi cándose que pese el tiempo transcurrido, hasta este momento, el fi scal superior William Pandal Campos no ha cumplido con informar el motivo de su ausencia reiterada, así como tampoco ha modifi cado su proceder. 6. De conformidad con el artículo 34 de la LOJNE, el cargo de miembro de JEE es irrenunciable salvo impedimento debidamente fundamentado, y en caso de impedimento, asume el cargo el miembro suplente. 7. En vista de lo expuesto, siendo una fi nalidad primordial del Jurado Nacional de Elecciones asegurar que los escrutinios sean el refl ejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas, tal como lo prescribe el artículo 176 de la Constitución Política del Perú, no puede mostrar inacción frente a conductas que retrasen los pronunciamientos en la impartición de justicia electoral en primera instancia, más aun cuando existe comprobada renuencia al cumplimiento del deber, siendo necesario dar inmediata solución a la situación presentada, ya que en el marco de un proceso electoral, es prioritario garantizar a las organizaciones políticas y a la ciudadanía en general, la oportuna administración de justicia electoral. 8. Por tal razón, este colegiado considera que debe darse por concluido el ejercicio en el cargo de primer miembro del JEE de Huaytará, del doctor William Pandal Campos, y disponerse su reemplazo por el fiscal designado como miembro suplente, por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica. 9. Como consecuencia del cambio referido, se deberá convocar al fi scal superior titular Juan Carlos Villena Campana, identifi cado con DNI Nº 29694220, para que en su calidad de suplente, asuma el cargo de primer miembro del JEE de Huaytará. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDO, a partir de la presente resolución, el desempeño en el cargo de primer miembro del Jurado Electoral Especial de Huaytará para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, del fi scal superior provisional William Pandal Campos, designado por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica. Artículo Segundo.- CONVOCAR al doctor Juan Carlos Villena Campana, fi scal superior titular designado por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, para que asuma el cargo de primer miembro del Jurado Electoral Especial de Huaytará. Artículo Tercero.- MODIFICAR la Resolución Nº 433- 2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, en el extremo referido al Jurado Electoral Especial de Huaytará, correspondiente al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, el que queda conformado de la siguiente manera: