Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2014 (18/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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27 de octubre de 2014 a la MORDAZA de Amsterdam, Reino de los Paises Bajos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos, viaticos y gastos de representacion seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos Viaticos Gastos de representacion US$ US$ US$ 2 642,92 3 920,00 1 000,00 RESUELVE:

El Peruano Sabado 18 de octubre de 2014

Articulo Unico.- Modifiquese el articulo unico de la Resolucion SBS N° 4590-2014, conforme a lo siguiente: "Articulo Unico.- Facultar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada, identificado con DNI N° 07933131 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 06909169, o en caso de ausencia de alguno de ellos, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 08752282, con domicilio en MORDAZA Beatita de Humay N° 580 - MORDAZA, a transferir los activos y/o pasivos de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A. en Liquidacion, bajo cualquier modalidad." Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1152061-1

Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1150554-1

Modifican la Res. SBS Nº 4590-2014, referida a la transferencia de los activos y/o pasivos de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A. en Liquidacion, bajo cualquier modalidad
RESOLUCION SBS Nº 6849-2014 MORDAZA, 17 de octubre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 2965-2014 de fecha 21.05.2014, esta Superintendencia sometio a Regimen de Intervencion a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A. (en adelante, la MORDAZA en Liquidacion), por encontrarse incursa en la causal de intervencion prevista en el numeral 2 del articulo 104° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, la Ley General); Que, mediante Resolucion SBS Nº 3028-2014 de fecha 21.05.2014, esta Superintendencia declaro la disolucion e inicio del correspondiente MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA en Liquidacion, designandose a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, o en caso de ausencia de alguno de ellos, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (en adelante, el Superintendente) para que realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el referido proceso; Que, mediante Resolucion N° 4590-2014 de fecha 18.07.2014, se faculto a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada, identificado con DNI N° 07933131 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 06909169, ambos con domicilio en MORDAZA Beatita de Humay N° 500, MORDAZA, a transferir los activos y/o pasivos de la MORDAZA en Liquidacion, bajo cualquier modalidad; Que, no obstante, no se considero al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que, en caso de ausencia de alguna de las dos personas facultadas citadas en el parrafo anterior, pueda actuar con la misma facultad; Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el articulo unico de la Resolucion N° 4590-2014; Con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General.

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 040-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciocho de setiembre del dos mil catorce, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su el articulo 191 dispone: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, el articulo 192 establece: "Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: 1. Aprobar su organizacion interna y su presupuesto". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15 respecto a las atribuciones del Consejo Regional refiere: "Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)". Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica, en su articulo 5 senala: "(...) REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ­ ROF. Es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos (...)". En su articulo 34 dispone: "La aprobacion del ROF de las entidades se realizaran de acuerdo al siguiente esquema: (...) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional". Que, con Resolucion Ministerial Nº 084-2006MINCETUR-DM de fecha 06 de marzo del 2006, el

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