Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2014 (18/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

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Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoria la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: MORDAZA MORDAZA PARQUI Presidente (E) Consejo Regional de Tacna POR TANTO:

El Peruano Sabado 18 de octubre de 2014

Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Articulo Primero.- DECLARAR de interes y necesidad regional la promocion del uso de energias limpias, renovables y amigables con el medio ambiente para prevenir la escasez de energia y reducir la emision de dioxido de carbono y otros gases de efecto invernadero en la Region Tacna. Articulo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Direccion Regional Sectorial de la Produccion y demas entes regionales implementen la presente ordenanza regional en el MORDAZA de las siguientes iniciativas: a) Promover y fomentar un ahorro energetico, uso mas eficiente de la energia y el uso de las energias renovables. b) Aprovechamiento de los recursos energeticos locales. c) Difundir buenas practicas en eficiencia energetica. d) Fomentar la organizacion de: - Ferias Regionales que incluyan a proveedores de equipo de uso eficiente de la energia y energias renovables. - Cursos, talleres regionales sobre el uso eficiente de la energia y energias renovables. - Alianzas con universidades, ministerios, otros gobiernos regionales y consultores locales o extranjeros. e) Sensibilizacion y capacitacion de ingenieros, tecnicos y obreros de la region. f) Ofrecer un servicio de informacion, sensibilizacion y comunicacion energetica a los ciudadanos y en todos los ambitos sociales. g) Elaborar proyectos promoviendo oportunidades de MORDAZA y fortalecer capacidades regionales en la gestion y aplicacion de la eficiencia energetica y de las energias limpias en la Region de Tacna. h) Asesorar, coordinar e impulsar proyectos en materia energetica a las diversas areas, empresas y entidades municipales o regionales. i) Establecer y propiciar una adecuada gestion de las emisiones de gases de efecto invernadero en cuantas acciones se realicen en la region de Tacna. j) Sensibilizacion de las instituciones, empresas y ciudadanos sobre la escasez de los recursos energeticos y la necesidad de la diversificacion e introduccion de energias limpias. k) Exhortar a los gobiernos locales el uso de las energias renovables en los edificios e instalaciones de la Region de Tacna. l) Cualquier otra actividad que complemente las anteriores de acuerdo con los objetivos que persigue la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR, al organo Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, que a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, se asigne el presupuesto necesario y suficiente para la implementacion de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; y conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiendose que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia dieciocho de setiembre del ano dos mil catorce. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 10 de octubre de 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1151059-3

Declaran de interes regional y necesidad publica la elaboracion de estudios sobre los efectos nocivos que ocasiona la contaminacion sonora en la salud ambiental de la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 044-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciocho de setiembre del dos mil catorce, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 2 establece: "Toda persona tiene derecho: (...) 22) (...) a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA (...)". Asimismo, en su articulo 192 que establece: "Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: (...) g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (...) medio ambiente, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 36 senala como competencias compartidas: "(...) b) Salud publica. (...) d) Gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 9 senala como competencias constitucionales: "(...) g) Promover y regular actividades y/ o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley". Asimismo, en su articulo 49 como funciones en materia de salud senala: "(...) k) Promover y preservar la salud ambiental de la region (...)". Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en su titulo preliminar articulo I expresa: "Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la MORDAZA, y el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente, asi como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva (...)". Asimismo, sobre los roles de caracter transectorial en su articulo 53 senala: "(...) 53.1) Las entidades que ejercen funciones en materia de salud ambiental, proteccion de recursos naturales renovables, calidad de las aguas, aire o suelos y otros aspectos de caracter transectorial ejercen funciones de vigilancia (...)". Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM, se aprobo la Politica Nacional del Ambiente, en el eje de politica 2º sobre Gestion Integral de la Calidad Ambiental, en su numeral 3 sobre Calidad del Aire senala: "(...) e) Impulsar mecanismos tecnico- normativos para la vigilancia y control de la contaminacion sonora y de las radiaciones no ionizantes". Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 002-2012-C.R/ GOB.REG.TACNA se aprobo la Politica Ambiental Regional considerandose en el eje de politica 2 sobre Gestion de la Calidad Ambiental, en los lineamientos de politica lo DEL GOBIERNO

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