NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (03/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 78
El Peruano Miércoles 3 de setiembre de 2014 531696 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican requisitos para la ejecución de obras de áreas de dominio público, a que se refieren las Ordenanzas Nºs. 000015 y 000055 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2014 Callao, 25 de agosto de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 195 señala que las municipalidades promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, regulando actividades y/o servicios en materia de saneamiento, vivienda, turismo, medio ambiente, circulación y tránsito y demás materias conforme a ley; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 en el artículo 9 inciso 8 indica que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en el artículo 36 que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establece en los gobiernos locales, exclusivamente mediante Ordenanza Municipal por ser la norma de mayor jerarquía, la que deberá ser compendiada y sistematizada en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, también aprobado por el Concejo Municipal; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000015 del 19 de setiembre de 2001, modifi cada por la Ordenanza Municipal Nº 000055 del 15 de setiembre de 2008, regulan la ejecución de obras en áreas de dominio público dentro de la circunscripción jurisdiccional del distrito Cercado del Callao, consignando requisitos en el Procedimiento Nº 18 correspondiente al título Gerencia General de Desarrollo Urbano, Gerencia Obras del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 012-2012 y modifi catorias- actualmente no exigibles al administrado por disposiciones legales específi cas de ámbito nacional que obligan a suprimirlos; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000015 DEL AÑO 2001 MODIFICADA POR LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 000055 DEL AÑO 2008 SOBRE REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS EN ÁREAS DE DOMINIO PÚBLICO EN EL DISTRITO CERCADO DEL CALLAO Y EN VÍA EXPRESA, ARTERIAL, COLECTORA DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1. Sustitúyanse los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Ordenanza Municipal Nº 000015 del 19 de setiembre de 2001, modifi cada por el artículo 6 de la Ordenanza Municipal N° 000055 del 15 de setiembre de 2008, que modifi có los requisitos para la ejecución de obras en áreas de dominio público en el distrito Cercado del Callao, en vía expresa, arterial, colectora de la Provincia Constitucional del Callao siendo los requisitos exigibles los siguientes: 1.- Requisitos Generales 1.1.- Solicitud dirigida al Alcalde, fi rmada por el solicitante y representante legal debidamente acreditado, debiendo consignar domicilio legal dentro de la jurisdicción del Cercado del Callao o de la Provincia Constitucional del Callao. 1.2.- Plano a escala y acotado, fi rmado y sellado por la entidad prestadora de servicios. 1.3.- Declaración Jurada suscrita por el solicitante (*), según formato que se proporcionará en ventanilla de la Gerencia General de Desarrollo Urbano. (*) Nota: indicando que las obras a ejecutar no afectarán la prestación de otros servicios ni generarán daños a la infraestructura de uso público, ni a terceros; asumiendo los gastos que se deriven de las obras de pavimentación y ornato que hubiera resultado afectada por la ejecución de obras; asumiendo la responsabilidad por los daños y perjuicios que se ocasionen como consecuencia de la instalación y operación de infraestructura necesaria para la prestación de sus servicios, aun cuando las obras sean realizadas por contratistas externos. En caso que se requiera la ampliación del plazo para la ejecución de la obra, esta deberá solicitarse tres días antes de la fecha de vencimiento de la autorización sin pago alguno. En caso de no solicitar la ampliación en el caso señalado se deberá cancelar el concepto de inspección ocular por el área faltante por ejecutar. En caso que no se haya podido ejecutar la obra autorizada se solicitará la reprogramación de los trabajos, sustentando los motivos por el cual no se llevó a cabo. La municipalidad autorizará la reprogramación de las obras (sin pago alguno) por un plazo igual al primigenio solicitado. 1.4.- Memoria descriptiva, especifi caciones técnicas, metrados, cronograma con fecha de inicio y fi nalización de la obra, con relación a áreas a intervenir, fi rmado y sellado por la entidad prestadora de servicios. De tratarse de obras de colocación de mobiliario urbano, debe estar fi rmado y sellado por el profesional responsable de obra. 1.5.- Copia de la solicitud dirigida a la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao indicando fecha de inicio y fi nalización de la obra, más propuesta de rutas alternas, cuando el caso requiera desvío del tránsito. 2.- Requisitos Complementarios 2.1. Para Conexiones Domiciliarias a.- Croquis o plano de ubicación y/o localización referencial fi rmado y sellado por la entidad prestadora de servicios. Está exceptuado de la presentación del numeral 2 de los Requisitos Generales. b.- Pago por derecho de trámite. 2.2. Para efectuar conexiones domiciliarias del Servicio Público de Distribución de Gas Natural El concesionario de distribución de gas natural, debe comunicar la realización de obras para la conexión de gas natural con una anticipación no menor de cinco (5) días hábiles de la fecha prevista para la realización de dichas obras, quedando obligado a efectuar la reparación de todos los daños causados en la vía pública dentro del plazo otorgado por la Municipalidad, la cual dará la conformidad respectiva. 2.3. Para Obras de Emergencia y/o Mantenimiento a.- Croquis o plano de ubicación y/o localización referencial fi rmado y sellado por la entidad prestadora de servicios. Está exceptuado de la presentación del numeral 2.- de los Requisitos Generales.