Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (03/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Miércoles 3 de setiembre de 2014 531694 lucha y contrarrestar dicho problema a nivel de las siete provincias. Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modifi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros; ORDENA: Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Artículo Cuarto de la Ordenanza Regional N° 276-GOB.REG.HVCA/CR de fecha 16 de Junio de 2014, quedando redactado con los siguientes textos Sustitutorios: ARTÍCULO CUARTO.- CREAR la Red Multisectorial de lucha Contra la Trata de Personas en la región de Huancavelica, la misma que estará integrada por entidades públicas y privadas de la región de Huancavelica, con la fi nalidad de realizar trabajos y contrarrestar este problema social que aqueja a nivel mundial, siendo sus representantes las siguientes instituciones: • Un/a representante del Gobierno Regional de Huancavelica. • Un/a representante de la Junta de Fiscales superiores del Distrito judicial de Huancavelica. • Un/a representante de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. • Un/a representante de la Dirección Regional de Salud de Huancavelica. • Un/a representante de la Dirección Regional de Educación de Huancavelica. • Un/a representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. • Un/a representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. • Un/a representante de la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones. • Un/a representante de la Dirección Regional de Energía y Minas. • Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Social e Inclusión Social de Huancavelica. • Un/a representante de la Defensoría del Pueblo - Huancavelica • Un/a representante de la Gobernación Regional de Huancavelica. • Un/a representante de la Policía Nacional de Huancavelica. • Un/a representante de la Benefi cencia Pública de Huancavelica. • Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Huancavelica. • Un/a representante del Centro Emergencia Mujer (MINDES) de Huancavelica. • Un/a representante de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza de Huancavelica. • Representante de la INABIT- Huancavelica. • Un/a representante de la Defensa Pública de Huancavelica. • Un/a representante de la Universidad Nacional de Huancavelica. • Un/a representante del COREJU de Huancavelica. • Un/a representante de Periodistas de Huancavelica. • Representantes de los organismos NO gubernamentales de atención a la niñez, adolescente y mujer. Artículo Segundo.- La instalación de la Red Multisectorial Contra la Trata de Personas se debe dar en un plazo de 60 días calendario una vez publicada la presente ordenanza. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los cinco días del mes de Agosto de 2014. YRIS YANET MARTÍNEZ BULEJE. Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los once días del mes de Agosto del año Dos Mil Catorce. AUGUSTO OLIVARES HUAMÁN Presidente Regional (e) 1131660-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Desafectan bien de uso público en el Distrito de Ate ORDENANZA N° 1810 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DE LA ALCALDIA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de agosto de 2014 el Dictamen Nº 50-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 75-2014-MML- CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE ATE Artículo Único.- Desafectar el Uso de Suelo de un área de 807.05 m2, que forma parte de un área mayor de 15,500.00 m2 que corresponde a un Área de Reserva para el Plan Vial Metropolitano dentro del proceso de recepción de obras de Habilitación Urbana correspondiente al Sector Oeste de la 1era Etapa y en parte de la 2da. Etapa de la urbanización “Ceres”, ubicado en la Prolongación de la Av. Javier Prado (altura del cruce con la Av. Los Virreyes, 1era Etapa) del distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, debiéndosele asignar al terreno del recurso la califi cación de Otros Usos (OU). POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 26 AGO. 2014. HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1131481-1 Restituyen calificación de Zona de Reglamentación Especial a predio ubicado en el Cerro El Agustino ORDENANZA N° 1811 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DE LA ALCALDIA METROPOLITANA DE LIMA;