Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2014 (03/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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hasta el 7 de MORDAZA de 2014. En caso de domicilio multiple, rigen las disposiciones del articulo 35 del Codigo Civil. 2. El articulo 25, numeral 25.10, del Reglamento de inscripcion senala que, en caso de que el Documento Nacional de Identidad (en adelante DNI) del candidato no acredite el tiempo de domicilio requerido, debera presentar original o MORDAZA legalizada del o los documentos con fecha cierta, que acrediten los dos anos de domicilio en la circunscripcion en la que se postula. Este periodo podra ser acreditado, ademas, entre otros medios coadyuvantes, con originales o copias autenticadas de los siguientes instrumentos: a) registro del seguro social, b) recibos de pago por prestacion de servicios publicos, c) contrato de arrendamiento de bien inmueble, d) contrato de trabajo o de servicios, e) MORDAZA de estudios presenciales, f) MORDAZA de pago de tributos, y g) titulo de propiedad del bien inmueble ubicado en el lugar objeto de postulacion. Analisis del caso concreto 3. Cabe senalar que, para efectos de acreditar la continuidad de domicilio por el periodo de dos anos continuos en la circunscripcion a la que se postula, en primer lugar se le otorga valor probatorio preferente al DNI presentado por los candidatos en sus solicitudes de inscripcion. 4. Conforme se advierte del DNI del candidato a regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene como domicilio la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 139 urbanizacion Vista MORDAZA del distrito de MORDAZA de MORDAZA, no siendo el mismo ubigeo del distrito por el cual postula para el presente MORDAZA electoral; por lo que corresponde analizar los medios probatorios con los cuales se pretende acreditar el domicilio multiple conforme a las disposiciones del articulo 35 del Codigo Civil. 5. Ahora bien con el escrito de subsanacion se adjuntan los siguientes medios probatorios: · Recibo de suministro electrico del mes de diciembre de 2013 del inmueble ubicado en Manco Capac Nº 225, MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, donde senala como usuario a MORDAZA (fojas 26). · Recibo de suministro electrico del mes de junio de 2014 del inmueble ubicado en Manco Capac 225, MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, donde senala como usuario a MORDAZA (fojas 26). · Declaracion jurada del impuesto predial, formato HR del ano 2012, en el que se consigna como contribuyente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del predio ubicado en la avenida Manco Capac 219 del distrito de MORDAZA de la MORDAZA Reynoso. · Declaracion jurada del impuesto predial, formato HR del ano 2013, donde se consigna como contribuyente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del predio ubicado en la avenida Manco Capac 219 del distrito de MORDAZA de la MORDAZA Reynoso. · Declaracion jurada del impuesto predial, formato HR del ano 2011, se consigna como contribuyente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del predio ubicado en la avenida Manco Capac 219 (fojas 30). · Recibo de suministro de agua del mes de junio 2014, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 31). · Comprobante de pago de servicio electrico correspondiente al mes de diciembre de 2013 (32). · Recibo de suministro de agua del mes de diciembre de 2013, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (33). · Contrato civil de prestacion de servicios profesionales, de fecha 27 de febrero de 2011, suscrita con la licenciada MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, representante legal de la institucion educativa Mi MORDAZA Angelito, R.D. 2234, cuya vigencia es de 11 meses (34 y 35). · Contrato civil de prestacion de servicios profesionales, del 20 de febrero de 2012 (fojas 36 y 37). · Contrato civil de prestacion de servicios profesionales, del 18 de febrero de 2013 (fojas 38 y 39). · Contrato civil de prestacion de servicios profesionales, de fecha 24 de febrero de 2014 (fojas 40 y 41). 6. Del analisis de los medios probatorios, los recibos de suministro de agua y energia electrica, tienen como direccion la avenida Manco Capac 225, del distrito MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, los mismos que se encuentran a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Iglesias; hecho que no genera conviccion respecto al domicilio multiple, toda vez que difiere del nombre del candidato materia de apelacion, dado que no se ha comprobado fehacientemente su condicion como arrendatario del mismo

El Peruano Miercoles 3 de setiembre de 2014

7. Sobre las declaraciones juradas del Impuesto Predial de los anos 2011, 2012 y 2013, se verifica que estos son del predio ubicado en la avenida Manco Capac 219 del distrito de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, los mismos que tienen como contribuyente al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, advirtiendose tambien que estos tampoco se encuentran a nombre del candidato materia de apelacion. 8. Respecto de los cuatro contratos civiles de prestacion de servicios profesionales de fojas 34 a 41, se verifica que si bien es MORDAZA que son suscritos los anos 2011, 2012, 2013 y 2014, y con los que se pretende acreditar el domicilio multiple del candidato, sin embargo, es de advertirse que tales documentos no tiene la calidad de documentos de fecha cierta. 9. En efecto dichos contratos descritos en el parrafo precedente no se encuentran inmersos en alguno de los supuestos que otorga la calidad de fecha cierta, establecidos en el articulo 245 del Codigo Procesal Civil, los cuales son: a) la muerte del otorgante, b) la MORDAZA del documento ante funcionario publico, c) la MORDAZA del documento ante notario publico, para que certifique la fecha o legalice las firmas, d) la difusion a traves de un medio publico de fecha determinada o determinable, y e) otros casos analogos. En tal sentido, dado que dichos documentos no tienen la calidad de fecha cierta a efectos de acreditar el domicilio multiple del citado candidato, conforme a los argumentos expuestos debe ser declarado infundado el recurso de apelacion. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la alianza electoral Frente Por la Democracia del Callo; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 002-2014-JEE-CALLAO/JNE, del 17 de MORDAZA de 2014, la improcedencia de la solicitud de inscripcion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a regidor para el Concejo Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, provincia del Callao, presentada por la citada alianza electoral para participar en las elecciones municipales de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1132194-7

Confirman resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Recuay en extremo que declaro improcedente solicitud de inscripcion de candidato a MORDAZA para el Concejo Distrital de La MORDAZA, provincia de Aija y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1058-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01277 LA MORDAZA - AIJA - MORDAZA JEE RECUAY (EXPEDIENTE N° 0105-2014-005) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, uno de agosto de dos mil catorce

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