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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (06/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Sábado 6 de setiembre de 2014 531929 16. Aterrizaje PISTA LIBRE PARA EL ATERRIZAJE; 17. Operaciones especiales (*) SOLICITO TOQUE Y DESPEGUE (número de pista); PISTA (número) LIBRE PARA TOQUE Y DESPEGUE; (*) SOLICITO ATERRIZAJE COMPLETO (número de pista); PISTA (número) LIBRE PARA ATERRIZAJE COMPLETO; (*) SOLICITO APROXIMACIÓN BAJA (razones); APROXIMACIÓN BAJA PISTA (número) A DISCRECIÓN; (*) SOLICITO PASADA BAJA (razones); PASADA BAJA PISTA (número) A DISCRECIÓN; 18. Para operaciones de helicópteros (*) SOLICITO APROXIMACIÓN DIRECTA o APROXIMACIÓN CIRCULANDO, HASTA (pista) (Número)(Emplazamiento); APROXIMACIÓN DIRECTA A DISCRECIÓN (pista) (número) (emplazamiento), TRÁFICO, [PRECAUCIÓN (aeronaves, personas, vehículo, etc.)] NOTIFIQUE FINAL; DESPEGUE A DISCRECIÓN DESDE (presente posición), PISTA (número); 19. Para demorar aeronaves o espera visual LE INFORMO CIRCULE EL CAMPO (motivo); (*) SOLICITO MANTENER VISUAL (sobre) (posición) o ENTRE (dos referencias geográfi cas); MANTENGA VISUAL A DISCRECIÓN; LE INFORMO (motivo) NOTIFIQUE PASANDO DE LARGO; (*) PASANDO DE LARGO. 20. Información a las aeronaves (*) SOLICITO PASADA BAJA PARA VERIFICAR TREN DE ATERRIZAJE; TREN DE ATERRIZAJE APARENTEMENTE ABAJO; LA RUEDA DERECHA o IZQUIERDA o DE NARIZ PARECE ESTAR ARRIBA (o ABAJO); LAS RUEDAS PARECEN ESTAR ARRIBA. 21. Después del aterrizaje ESTACIONAMIENTO DE ACUERDO A INSTRUCCIONES DEL SEÑALERO; 22. Para operación de helicópteros EFECTUE RODAJE AÉREO DE ACUERDO A INSTRUCCIONES DE SEÑALERO 23. Retransmisión de instrucciones y/o autorizaciones ATC Cuando se reciba alguna instrucción de parte de una dependencia ATC para una aeronave que opere bajo la jurisdicción de un aeródromo donde se proporciona servicio de información de vuelo de aeródromo, el personal AFIS retransmitirá la instrucción y/o autorización tal cual como fue recibida, anteponiendo las palabras: “ATC AUTORIZA, o ATC PREVÉ SU SALIDA PARA LAS (hora)”, etc. ATC AUTORIZA (identifi cación de aeronave) A (límite de la autorización) (AEROPUERTO, o VOR o NDB o INTERSECCIÓN), VÍA (aerovía o ruta) o VÍA RUTA PLAN DE VUELO, MANTENGA (nivel), LLAME A (nombre dependencia ATC) FRECUENCIA (especifi car); ESPERE AUTORIZACIÓN A LAS (hora); ATC PREVÉ SALIDA A LAS (hora). 1133110-1 Otorgan a Servicios Aéreos de los Andes S.A.C. permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo regular nacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 387-2014-MTC/12 Lima, 25 de agosto de 2014 Vista la solicitud de la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2014- 023575 del 14 de abril del 2014, Documento de Registro N° 091632 del 27 de mayo del 2014 y Documento de Registro N° 101047 del 10 de junio del 2014 la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. solicita el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos del Informe Nº 302-2014- MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Informe Nº 035-2014-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 1038-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC e Informe Nº 289-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001- MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera.