Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2014 (06/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 6 de setiembre de 2014

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16. Aterrizaje PISTA LIBRE PARA EL ATERRIZAJE; 17. Operaciones especiales (*) SOLICITO TOQUE Y DESPEGUE (numero de pista); PISTA (numero) LIBRE PARA TOQUE Y DESPEGUE; (*) SOLICITO ATERRIZAJE COMPLETO (numero de pista); PISTA (numero) LIBRE PARA ATERRIZAJE COMPLETO; (*) SOLICITO APROXIMACION BAJA (razones); APROXIMACION BAJA PISTA (numero) DISCRECION; (*) SOLICITO PASADA BAJA (razones); PASADA BAJA PISTA (numero) A DISCRECION; 18. Para operaciones de helicopteros (*) SOLICITO APROXIMACION DIRECTA APROXIMACION CIRCULANDO, HASTA (pista) (Numero)(Emplazamiento); o A

Otorgan a Servicios Aereos de los Andes S.A.C. permiso de operacion de aviacion comercial: transporte aereo regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL N° 387-2014-MTC/12 MORDAZA, 25 de agosto de 2014 Vista la solicitud de la compania SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2014023575 del 14 de MORDAZA del 2014, Documento de Registro N° 091632 del 27 de MORDAZA del 2014 y Documento de Registro N° 101047 del 10 de junio del 2014 la compania SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. solicita el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, segun los terminos del Informe Nº 302-2014MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Informe Nº 035-2014-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias, Memorando Nº 1038-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC e Informe Nº 289-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones que forman parte de la presente resolucion segun el numeral 6.2 del Articulo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo de acuerdo a las caracteristicas senaladas en la presente Resolucion, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la compania SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil, debiendo acreditar en dicho MORDAZA su capacidad legal, tecnica y economico-financiera.

APROXIMACION DIRECTA A DISCRECION (pista) (numero) (emplazamiento), TRAFICO, [PRECAUCION (aeronaves, personas, vehiculo, etc.)] NOTIFIQUE FINAL; DESPEGUE A DISCRECION DESDE (presente posicion), PISTA (numero); 19. Para demorar aeronaves o espera visual LE INFORMO CIRCULE EL MORDAZA (motivo); (*) SOLICITO MANTENER VISUAL (sobre) (posicion) o ENTRE (dos referencias geograficas); MANTENGA VISUAL A DISCRECION; LE INFORMO (motivo) NOTIFIQUE PASANDO DE LARGO; (*) PASANDO DE LARGO. 20. Informacion a las aeronaves (*) SOLICITO PASADA BAJA PARA VERIFICAR TREN DE ATERRIZAJE; TREN DE ATERRIZAJE APARENTEMENTE ABAJO; LA MORDAZA DERECHA o IZQUIERDA o DE NARIZ PARECE ESTAR ARRIBA (o ABAJO); LAS RUEDAS PARECEN ESTAR ARRIBA. 21. Despues del aterrizaje ESTACIONAMIENTO DE INSTRUCCIONES DEL SENALERO; 22. Para operacion de helicopteros EFECTUE RODAJE AEREO DE ACUERDO A INSTRUCCIONES DE SENALERO 23. Retransmision de instrucciones y/o autorizaciones ATC Cuando se reciba alguna instruccion de parte de una dependencia ATC para una aeronave que opere bajo la jurisdiccion de un aerodromo donde se proporciona servicio de informacion de vuelo de aerodromo, el personal AFIS retransmitira la instruccion y/o autorizacion tal cual como fue recibida, anteponiendo las palabras: "ATC AUTORIZA, o ATC PREVE SU SALIDA PARA LAS (hora)", etc. ATC AUTORIZA (identificacion de aeronave) A (limite de la autorizacion) (AEROPUERTO, o VOR o NDB o INTERSECCION), VIA (aerovia o ruta) o VIA RUTA PLAN DE VUELO, MANTENGA (nivel), LLAME A (nombre dependencia ATC) FRECUENCIA (especificar); ESPERE AUTORIZACION A LAS (hora); ATC PREVE SALIDA A LAS (hora). 1133110-1 ACUERDO A

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