Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2014 (06/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

531924
ORDEN DE INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS SOLICITANTE (US$) INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE

El Peruano Sabado 6 de setiembre de 2014

RECIBOS DE ACOTACION Nºs.

2595-2014MTC/12.04

23-Sep 25-Sep

US$ 660.00

PERUVIAN AIR LINE S.A.

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

Miami

E.U.A.

Chequeo tecnico de Verificacion de Competencia en simulador de vuelo en el equipo B-737, a su personal aeronautico

14777-14778

1133195-1

Aprueban texto de la MORDAZA Tecnica Complementaria "Servicio de Informacion de Vuelo de Aerodromo"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 368-2014-MTC/12 MORDAZA, 13 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar, entre otras, las directivas tecnicas, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru; Que, el articulo 2° del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC senala que los aspectos de orden tecnico y operativo que regulan las actividades aeronauticas civiles se rigen, entre otras, por las normas tecnicas complementarias; Que, de otro lado, los articulos 13° y 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS ­ Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, prescriben que las entidades publicas difundiran las normas legales de caracter general que MORDAZA de su competencia, a traves de sus respectivos Portales Electronicos, revistas institucionales y en general, en todos aquellos medios que MORDAZA posible la difusion colectiva por un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia; Que, en cumplimiento de la referida MORDAZA, mediante Resolucion Directoral Nº 005-2014-MTC/12, del 06 de enero de 2014, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto de la MORDAZA Tecnica Complementaria denominada "Servicio de Informacion de Vuelo de Aerodromo"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado habiendose recibido comentarios que no han originado modificaciones sustanciales al texto difundido, siendo procedente expedir el acto que apruebe la MORDAZA, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante Memorandum N° 2421-2014-MTC/12.04, Informe N° 221-2014-MTC/12.08 y Memorandum Nº 1237-2014-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto de la MORDAZA Tecnica Complementaria denominada "Servicio de Informacion de Vuelo de Aerodromo", que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e)

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL MORDAZA TECNICA COMPLEMENTARIA NTC FECHA REVISION EMITIDA POR : 008 - 2014 : 13/08/2014 : ORIGINAL : DSA/DGAC

TEMA : SERVICIO DE INFORMACION DE VUELO DE AERODROMO 1. OBJETIVO La presente MORDAZA Tecnica (NTC) establece los procedimientos especificos para el suministro del Servicio de informacion de vuelo de aerodromo ­ AFIS, no contemplados en la RAP 311 "Servicios de MORDAZA Aereo". 2. APLICABILIDAD La presente NTC es aplicable a los proveedores de servicios de MORDAZA aereo en aerodromos publicos o privados donde se suministra servicio AFIS, operadores de dependencias AFIS, tripulaciones de vuelo y explotadores aereos. Los mencionados proveedores y explotadores son responsables de asegurar que el personal a su cargo cumpla con la presente regulacion. 3. FECHA EFECTIVA Esta NTC sera efectiva a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 4. DOCUMENTOS RELACIONADOS a) Regulaciones Aeronauticas del Peru. RAP 303 "Servicio Meteorologico para la Navegacion Aerea. b) Regulaciones Aeronauticas del Peru. RAP 311 "Servicios de MORDAZA Aereo". c) PANS/RAC ­ Reglamento del aire y Servicios de MORDAZA Aereo, Doc. 4444, Decimoquinta edicion ­ 2007, OACI. d) Circular 211-AN/128 "Servicio de Informacion de vuelo de aerodromo", OACI. 5. DEFINICIONES En la presente MORDAZA Tecnica aplican las mismas definiciones contenidas en la RAP 311. 6. REGULACION 6.1 GENERALIDADES del espacio aereo y de

6.1.1 Designacion aerodromo AFIS

a. De conformidad con lo que establece la normativa vigente, la DGAC es la autoridad aeronautica encargada de autorizar el suministro del servicio de informacion de vuelo de aerodromo en los aerodromos no controlados en donde asi lo determine. b. El aerodromo donde se proporcione el servicio de informacion de vuelo de aerodromo sera designado como "Aerodromo AFIS" y se designara como MORDAZA de Informacion de Vuelo (FIZ) al espacio aereo de dimensiones definidas establecido alrededor de este aerodromo dentro del cual se debera suministrar servicio de informacion de vuelo de aerodromo.

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