Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2014 (06/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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ANEXO N° 03 ESTRUCTURA DEL REPORTE DE TRANSFERENCIA INDIRECTA DE ACCIONES O PARTICIPACIONES
N° 16 MORDAZA % del total de valores mobiliarios OBLIGATORIO Si DESCRIPCION 1. Obligatorio. 2. Numeros hasta con tres decimales. 3. Rango de 1 a 100% 1. Obligatorio. 2. Numeros hasta con tres decimales. 3. Rango de 1 a 100%

El Peruano Sabado 6 de setiembre de 2014

SE RESUELVE: Articulo Unico.MODIFICAN LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA OFICINA ZONAL UCAYALI Modifiquese el anexo Nº 3 de la Resolucion de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT y normas modificarias, en lo relacionado con el lugar de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales de los principales contribuyentes de la Oficina Zonal Ucayali, por el texto siguiente: "ANEXO Nº 3 LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES

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% del valor de MORDAZA Si de PPJJ

1133350-1

DEPENDENCIA (...) OFICINA ZONAL UCAYALI (...)" -

Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Ucayali
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 270 -2014/SUNAT MORDAZA, 4 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 3° de la Resolucion de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT y normas modificatorias, los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y los principales contribuyentes de la Intendencia MORDAZA, intendencias regionales y oficinas zonales, deberan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, unicamente en los lugares de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales senalados expresamente para cada dependencia en el anexo Nº 3 de la citada resolucion o a traves de SUNAT virtual o en los bancos habilitados utilizando el numero de pago SUNAT ­ NPS para el pago de sus obligaciones tributarias; Que en el caso de la Oficina Zonal Ucayali, en el anexo Nº 3 de la Resolucion de Superintendencia citada en el considerando anterior, modificada por la Resolucion de Superintendencia Nº 087-2014/SUNAT, se dispone que el lugar de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales es el MORDAZA Raymondi Nº 599, distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que a partir del 08 de setiembre de 2014 el lugar de cumplimiento mencionado en el considerando anterior se trasladara al local ubicado en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 130, distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; por lo que es necesario modificar el lugar de cumplimiento de obligaciones tributarias formales y sustanciales de los principales contribuyentes que tienen asignada la mencionada oficina; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general", aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello resulta innecesario, en la medida que la designacion del lugar de pago es potestad de la Administracion Tributaria, conforme a lo establecido en el articulo 29° del Codigo Tributario; En uso de las facultades conferidas por los articulos 29° y 88° del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo ultimo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y MORDAZA modificatoria, el articulo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias, y el inciso o) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 130, distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia el 08 de setiembre de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 1133355-1

Autorizan viaje de trabajador de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria para participar en la Reunion Anual del Grupo de Expertos sobre Narcotrafico Maritimo, a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 271-2014/SUNAT MORDAZA, 5 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Carta Nº G.500-2641 de fecha 24 de MORDAZA de 2014, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, cursa invitacion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, para participar en la Reunion Anual del Grupo de Expertos sobre Narcotrafico Maritimo, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 8 al 11 de setiembre de 2014; Que la referida reunion tiene como objetivo determinar la necesidad de realizar un MORDAZA estudio hemisferico sobre el narcotrafico maritimo con un enfoque prospectivo, asi como evaluar la situacion actual del narcotrafico en el hemisferio sur y determinar la capacidad de los Estados miembros de la Organizacion de los Estados Americanos para hacerle frente; Que asimismo, en dicha reunion se debatira la Guia para el establecimiento de unidades interinstitucionales conjuntas para la gestion de riesgos (GAR) y la evaluacion de cargamentos en los puertos, estando prevista la exposicion a cargo de un funcionario de la SUNAT; Que la participacion de la SUNAT se enmarca dentro del objetivo estrategico institucional de reducir el trafico ilicito

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