Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2014 (06/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 6 de setiembre de 2014

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interesadas en el vuelo por razones de consulta o de busqueda y salvamento. b. Para este efecto el Operador AFIS debera: i. suministrar servicio de informacion de vuelo y servicio de alerta en el aerodromo y MORDAZA de informacion de vuelo correspondiente de conformidad con las regulaciones vigentes; ii. mantener vigilancia MORDAZA sobre todas las operaciones visibles de vuelo que se efectuen en el aerodromo o en sus cercanias, incluso de las aeronaves, vehiculos y personal que se encuentren en el area de maniobras; iii. mantener escucha MORDAZA en la(s) frecuencia(s) apropiada(s); iv. hacer un seguimiento continuo de las operaciones de vuelo anotando en las fichas correspondientes toda la informacion sobre el progreso efectivo de los vuelo de modo que este disponible para consulta y por si se solicita para fines de busqueda y salvamento; v. mantenerse informado sobre el estado de los equipos, ayudas a la navegacion, condiciones meteorologicas y condiciones del aerodromo; y vi. notificar las averias y funcionamiento irregular de equipos y ayudas a la navegacion. 6.2 COMUNICACIONES Y ESPACIO ATS

c. Por consiguiente la DGAC otorgara o revocara la designacion de "Aerodromo AFIS" a aquellos aerodromos en los que asi se justifique, en funcion del MORDAZA y densidad del MORDAZA aereo o de otros aspectos relevantes, de acuerdo a lo establecido en la RAP 311. 6.1.2 Requisitos para proporcionar el servicio El aerodromo con servicios AFIS debe cumplir los siguientes requisitos: a. contar con el personal tecnico necesario, titular de una Licencia de Operador AFIS vigente otorgada por la DGAC, de conformidad con las disposiciones establecidas en la RAP 65; b. disponer del equipamiento e instrumental basico detallado en la RAP 139 - Apendice B. c. designar ante la DGAC a una persona responsable de mantener el servicio de conformidad con las disposiciones del presente MORDAZA Tecnica. d. contar con un manual de procedimientos o instructivos de trabajo que incluya los procedimientos operacionales locales que se deben aplicar en el aerodromo y en la MORDAZA de informacion de vuelo asociada, incluyendo los acuerdos de coordinacion del MORDAZA con otros aerodromos adyacentes, cuando asi se requiera; e. los aerodromos privados deben elaborar una carta de aproximacion visual MORDAZA OACI, conforme a los requisitos de la RAP 304, y hacerla llegar a la DGAC anexando toda la informacion necesaria sobre el aerodromo y el servicio AFIS a proporcionar, para tramitar su respectiva publicacion en la AIP PERU. 6.1.3 Promulgacion de informacion a. La informacion relativa con la disponibilidad del servicio AFIS y de los procedimientos correspondientes se debera incluir en la parte pertinente de la AIP - PERU. b. La informacion debera incluir lo siguiente: (i) Identificacion del aerodromo; (ii) Emplazamiento e identificacion de la dependencia AFIS; (iii) Horario de operacion de la dependencia AFIS; (iv) Limites laterales y verticales de la MORDAZA de informacion de vuelo (FIZ): (v) Descripcion detallada de los servicios proporcionados, incluido el servicio de alerta; (vi) Manual de procedimientos o instructivos operacionales de MORDAZA local que debera aplicar tanto los Operadores AFIS como los pilotos; (vii) Toda otra informacion pertinente. 6.1.4 Procedimientos de vuelo por instrumentos La implantacion de procedimientos de vuelo por instrumentos en un aerodromo AFIS debera ser previamente aprobada por la DGAC. 6.1.5 Responsabilidades de los pilotos a. Los pilotos deberan tener en cuenta que una dependencia AFIS no es una dependencia del control de MORDAZA aereo, es decir no proporciona separaciones al MORDAZA de aerodromo. b. Al operar en un aerodromo AFIS, o en su proximidad, los pilotos deberan, basandose en la informacion recibida de la dependencia AFIS, asi como de su propio conocimiento y observaciones, decidir sobre las medidas a adoptar para garantizar la separacion con respecto a las demas aeronaves. c. Los pilotos deberan establecer y mantener radiocomunicacion en ambos sentidos con las dependencias AFIS y notificar sus posiciones, niveles, intenciones y toda maniobra importante a las dependencias AFIS. d. Los pilotos deberan prestar especial atencion a las senales con luces de la dependencia AFIS en caso de MORDAZA de comunicaciones. 6.1.6 Responsabilidades del personal AFIS a. El Operador AFIS sera responsable de emitir la mas completa informacion que disponga y, recibir y anotar todos los informes proporcionados por las aeronaves y, de comunicar dichos informes, segun corresponda, al centro de control de area ACC MORDAZA y a otras dependencias

6.2.1 Distintivo de llamada radiotelefonica a. Las dependencias AFIS se deberan identificar mediante el distintivo de llamada siguiente: (Nombre del AERODROMO, Aerodromo) INFORMACION DE

Ejemplo: MAZAMARI INFORMACION DE AERODROMO Las palabras `DE AERODROMO' pueden omitirse cuando se MORDAZA establecido una comunicacion satisfactoria. b. Como el AFIS no involucra en ningun caso "control de MORDAZA aereo", el Operador AFIS proporcionara la informacion que suministre utilizando la palabra "INFORMO". c. El Operador AFIS no utilizara el termino "AUTORIZADO" al emitir mensajes dirigidos a las aeronaves que se propongan aterrizar o despegar. d. Si en algun momento se tiene indicios que el piloto no percibe o no se percata que no se proporciona el servicio de control de aerodromo, el Operador AFIS debera aclarar este hecho utilizando la siguiente fraseologia: "NO SE PROPORCIONA, REPITO, NO PROPORCIONA SERVICIO DE CONTROL AERODROMO" SE DE

6.2.2 MORDAZA de informacion de vuelo de aerodromo (FIZ) a. Las dimensiones de una FIZ deberan ser: i) Limite horizontal: Un limite lateral minimo de 8 KM (5 NM) de radio, centrado en el punto de referencia del aerodromo (ARP). ii) Limite vertical: Superior: Inferior: 600 metros (2 000 ft) AGL; GND, excepto que por condiciones topograficas u otras consideraciones operacionales la DGAC determine otras dimensiones.

La informacion de las FIZ debe incluirse en la AIP PERU. 6.3 INFORMACION QUE DEBE PROPORCIONAR EL OPERADOR AFIS 6.3.1 Informacion sobre el circuito de MORDAZA y area de maniobras a. Circuitos de MORDAZA Se informara a las aeronaves del circuito de MORDAZA establecido y en caso de no haberlo se utilizara el

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