Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2014 (06/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 6 de setiembre de 2014

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VISTOS: El Oficio Nº 1426-2014-GG-PJ del Gerente General del Poder Judicial, e Informe N° 015-2014-SGCI-GG/PJ, de la Subgerencia de Coordinacion Intersectorial de la Gerencia de Desarrollo Corporativo, mediante los cuales, entre otros aspectos, se proponen normas complementarias para la implementacion del Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla, con la finalidad de mejorar el servicio de administracion de justicia. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 128-2014-CE-PJ del 23 de MORDAZA de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creo el Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla, con sede en el Distrito de Ventanilla; y cuyo ambito de competencia comprendera los Distritos de Ancon, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Ventanilla; y la MORDAZA Oeste de Carabayllo (tomando como limite la avenida MORDAZA MORDAZA, sin incluir dicha via de circulacion). Asimismo, por Resolucion Administrativa N° 219-2014-CE-PJ, del 27 de junio de 2014, a dicho ambito de competencia, se incorporo el Distrito Mi Peru, Provincia Constitucional del Callao. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial de conformidad con el Informe N° 0152014-SGCI-GG/PJ de la Subgerencia de Coordinacion Intersectorial de la Gerencia de Desarrollo Corporativo, pone a consideracion de este Organo de Gobierno propuesta de normas complementarias para la implementacion del Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla, en la que se establece la fecha de inicio de funciones, conformacion de la Comision de Transferencia y de Subcomisiones; asi como acciones a cumplir por las Cortes Superiores de Justicia del Callao, MORDAZA Norte y MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla, con la finalidad de mejorar el servicio de administracion de justicia. En esa direccion, se precisa que un Equipo Tecnico ha visitado las sedes judiciales de la nueva Corte Superior de Justicia para conocer el estado situacional, y de esa forma establecer las propuestas y acciones conducentes al exito de dicha implementacion. Tercero. Que el Poder Judicial de conformidad con el mandato establecido en la Constitucion Politica es el Poder del Estado encargado de administrar justicia, y en ese sentido, en concordancia con las disposiciones de su Ley Organica, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y sus modificatorias, tiene como politica institucional hacer mas eficiente, eficaz, oportuno y predecible el servicio que brinda a la ciudadania; asi como lograr que los ciudadanos tengan un mejor acceso a los organos jurisdiccionales segun corresponda al ambito geografico en el que se desarrollan, y con ese proposito adoptar las medidas que permitan desconcentrar y descentralizar el servicio de justicia. Cuarto. Que, dentro de ese MORDAZA, y a efectos de lograr la adecuada implementacion del Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla, resulta necesario adoptar las medidas complementarias que permitan coadyuvar a los fines previstos en materia de desconcentracion. Quinto. Que, en concordancia con los numerales 24), 25) y 26) del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y sus modificatorias, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Distritos Judiciales, MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia. Asimismo, reubicar MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional, aprobar la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asi como adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 678-2014 de la vigesimo octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el funcionamiento del Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla, con sede

con una proyeccion de gasto aproximado de S/.18,350.00 nuevos soles, considerandose ademas la contratacion de un personal CAS para apoyo de dicha Oficina Receptora; Que, asimismo, informa que la optima ubicacion de la Oficina Receptora propuesta beneficiaria a un estimado de 32,010 habitantes aproximadamente, situados entre las provincias de Corongo y Pallasca y los distritos de Coishco, Macate y Guadalupito; Que, mediante Memorandum N° 624-2014-SUNARP/ OGA, la Oficina General de Administracion de la Sunarp emite opinion favorable respecto a la creacion de una Oficina Receptora en el distrito del MORDAZA, provincia de Chimbote, departamento de Ancash. Que, la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante Informe N° 821-2014-SUNARP/OGAJ, senala que el Expediente Tecnico contiene el analisis de la demanda, estudio demografico poblacional, ubicacion geografica (vias de acceso), asi como tambien costos (activos fijos), y beneficios para la poblacion con una proyeccion a tres anos; teniendo en cuenta ademas otro aspecto importante a considerar como es el convenio de afectacion de uso y a titulo gratuito suscrito entre la MORDAZA Registral de MORDAZA y la Municipalidad Distrital del MORDAZA, aprobado en Concejo Municipal N° 0132014-MDS, del 19 de MORDAZA del 2014, mediante el cual se da en uso el local ubicado en la esquina conformada por los jirones MORDAZA MORDAZA y Rio MORDAZA, del distrito del MORDAZA, para la implementacion de la referida Oficina Receptora; Que, en ese contexto, el Expediente Tecnico remitido por la MORDAZA Registral N° VII ­ Sede MORDAZA, se ajusta al procedimiento establecido en la Directiva N° 002-2008SUNARP-GPD/SN, aprobada por Resolucion N° 139-2008SUNARP/SN, por lo que corresponde su autorizacion en virtud a la facultad delegada para aprobar la creacion de Oficinas Receptoras de la SUNARP, mediante acuerdo adoptado en Sesion de Directorio N° 290, de fecha 05 de febrero de 2013, debiendose dar cuenta al Directorio (hoy Consejo Directivo) de las acciones realizadas en uso de dicha delegacion; Que, estando a lo acordado en Sesion de Directorio N° 290; a lo establecido en el literal x) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; y con los vistos de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Planeamiento y Presupuesto, de Administracion y la Direccion Tecnica Registral; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la creacion, apertura y funcionamiento de la Oficina Receptora del MORDAZA, ubicada en el distrito del MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, bajo la jurisdiccion de la MORDAZA Registral N° VII - Sede Huaraz. Articulo Segundo.- La Oficina Receptora, como unidad de ejecucion de la MORDAZA Registral, se encargara de prestar los servicios de recepcion de titulos y servicios de publicidad registral, ademas de los servicios a prestar que la MORDAZA Registral considere viable implementar y que seran determinados mediante Resolucion del Jefe Zonal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de Registros Publicos SUNARP 1134022-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen el funcionamiento del Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste - Ventanilla, con sede en el Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 279-2014-CE-PJ MORDAZA, 12 de agosto de 2014

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