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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (12/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014 532355 Artículo Tercero.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Morropón continúe con la califi cación de la solicitud de inscripción de candidatos presentada por la organización política Movimiento de Afi rmación Social - Acción al Concejo Distrital de Yamango, provincia de Morropón, departamento de Piura, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, para lo cual deberá verifi car si el personero legal de la referida organización política subsanó la observación referida a la presentación del formato resumen del plan de gobierno, dentro del plazo señalado en el artículo segundo. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1136413-2 Convocan a ciudadanas para que asuman provisionalmente los cargos de consejeras del Consejo Regional de Tacna RESOLUCIÓN N° 1103-B-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00801 JUNIN Lima, cuatro de agosto de dos mil catorce VISTOS los Ofi cios Nº 358-2014-ST-CR/GOB. REG.TACNA y Nº 373-2014-ST-CR/GOB.REG.TACNA, presentados el 12 y 25 de julio de 2014, por el secretario técnico, comunicando las licencias, sin goce de haber, concedidas a Noé Félix Soto Pérez y Julia Teresa Benavides Llancay, consejeros del Consejo Regional de Tacna. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los vicepresidentes y consejeros regionales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fechas 6 y 13 de junio de 2014 (fojas 011 y 012), Noé Félix Soto Pérez y Julia Teresa Benavides Llancay, consejeros del Consejo Regional de Tacna, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, respectivamente, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante los Acuerdos Regionales Nº 037-2014-CR/GOB.REG.TACNA y Nº 037-2014-CR/GOB.REG.TACNA, ambos de fecha 23 de junio de 2014 (fojas 002, 003, 004 y 005), por el periodo comprendido entre el 4 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso los consejeros regionales presentaron dentro del plazo legal, las solicitudes de licencia, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 31 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, corresponde convocar a los accesitarios de los consejeros regionales a quienes se les concedió licencia, y en el supuesto de no quedar sufi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 5. En ese orden de ideas, se debería convocar a Ivan Jhony Copaja Aguilar, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 41910523, accesitario de Noé Félix Soto Pérez; sin embargo, con motivo de las Nuevas Elecciones Municipales que se realizaron el 7 de julio de 2014, fue electo alcalde de la Municipalidad Distrital de Héroes Albarracín, provincia de Tarata, departamento de Tacna, cargo que viene ejerciendo; por lo que corresponde convoca a Juana Barbarita Cunurana Gutiérrez, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 40709225 y a Andrea Del Rosario Fuentes Villanueva, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 45751542, accesitaria de Julia Teresa Benavides Llancay, conforme al acta de proclamación de resultados emitida por el Jurado Electoral Especial de Tacna, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, para que asuman temporalmente los cargos de consejeras regionales. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Noé Félix Soto Pérez y Julia Teresa Benavides Llancay, consejeros del Consejo Regional de Tacna, mientras estén vigentes las licencias concedidas. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Juana Barbarita Cunurana Gutiérrez, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 40709225, para que asuma provisionalmente el cargo de consejera del Consejo Regional de Tacna, mientras esté vigente la licencia concedida a Noé Félix Soto Pérez, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Andrea Del Rosario Fuentes Villanueva, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 45751542, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Tacna, mientras esté vigente la licencia concedida a Julia Teresa Benavides Llancay, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1136413-3 Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Loreto RESOLUCIÓN N° 1104-B-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01167 LORETO Lima, cuatro de agosto de dos mil catorce.