NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (13/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 74
El Peruano Sábado 13 de setiembre de 2014 532452 “Artículo 42°.- Panel Monumental y elementos de publicidad exterior ubicados en áreas de retiro municipal o en las azoteas, aires y/o techo de las edifi caciones.- Adicionalmente a lo normado en la presente Ordenanza, según el caso, se deberá cumplir con lo siguiente: 1. Deberán ubicarse en inmuebles de dominio privado con frente a la vía pública con zonifi cación comercio metropolitano (CM) siempre que las vías en la que se encuentre el predio sean de doble sentido y cuenten con berma central. Asimismo, deberá estar retirado cinco metros (5 m) de los límites de la edifi cación.” “Artículo 43°.- Banderolas.- Las autorizaciones municipales para la ubicación de banderolas para campañas publicitarias se sujetarán a los parámetros siguientes: (…) 4. En el Formato de Solicitud de Declaración Jurada debe consignarse el tiempo de exhibición de la banderola”. “Artículo 44°.- Gigantografías.- Las autorizaciones municipales para la ubicación de gigantografías para campañas publicitarias se sujetarán a las siguientes condiciones: (…) 5. En el Formato de Solicitud de Declaración Jurada debe consignarse el tiempo de exhibición de la gigantografi a”. “Artículo 48°.- Afi ches, pósters o carteles.- La autorización municipal para la ubicación de afi ches, pósters o carteles se sujetará a las siguientes condiciones: (…) 5. En el Formato de Solicitud de Declaración Jurada debe consignarse el tiempo de exhibición del afi ches, pósters o carteles”. “Artículo 49°.- Calcomanías o stickers.- La autorización municipal para la ubicación de calcomanías o stickers se sujeta a los siguientes parámetros: (…) 3. En el Formato de Solicitud de Declaración Jurada debe consignarse el tiempo de exhibición de la calcomonía o sticker si se trata de campañas y eventos temporales”. Artículo Tercero.- MODIFICAR el Formato de Solicitud - Declaración Jurada, Anexo 1 de la Ordenanza N° 324-MSI, conforme al Anexo 1 adjunto a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; a la Gerencia de Tecnología de Información y Comunicación la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, Gerencia de Fiscalización y Subgerencia de Acceso al Mercado, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR LO TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en San Isidro, a los cuatro días del mes de setiembre del año 2014. MAGDALENA DE MONZARZ STIER Alcaldesa