Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2014 (13/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Sabado 13 de setiembre de 2014

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el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1136751-1

EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: El Informe N° 677-2014-MDLM-GDUE-SGFA de la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa, el Informe N° 087-2014-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, el Informe N° 4022014-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, y el Memorando N° 841-2014-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se solicita la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 258 que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina"; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 258, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 21 de MORDAZA del 2013, se aprobo el Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina; siendo que la MORDAZA Disposicion Final de dicha Ordenanza, faculta al senor MORDAZA a aprobar mediante Decreto de Alcaldia la prorroga correspondiente; Que, a traves del Decreto de Alcaldia N° 036-2014, se prorrogo el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 258 hasta el 30 de setiembre de 2014; Que, mediante Informe N° 677-2014-MDLM-GDUESGFA la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa propone la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 258, que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el distrito de La Molina" hasta el 31 de octubre de 2014, de manera que se puedan mantener las facilidades para que los administrados puedan regularizar su situacion administrativa; siendo ratificado lo solicitado mediante Informe N° 087-2014-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, en dicho extremo la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 402-2014-MDLM-GAJ opina favorablemente sobre la referida prorroga; siendo que la Gerencia Municipal a traves del Memorando N° 841-2014-MDLM-GM en consideracion a los Informes tecnicos y juridico senalados precedentemente opina por la procedencia de la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 258; Que, siendo politica de la actual gestion, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 258; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los articulos 20° numeral 6) y 42° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 258 que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina", hasta el 31 de octubre de 2014. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, a la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa, al Ejecutor Coactivo Administrativo y a la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, asi como a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, la publicacion en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Aprueban procedimientos, servicios administrativos en exclusividad, requisitos y derechos de tramite contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 137-2014-MDP/C MORDAZA, 26 de agosto del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de agosto del 2014, el Informe Nº 181-2014-MDP/OAJ del 21 de agosto del 2014, Memorando Nº 393-2014-MDP/OPP de fecha 20 de agosto del 2014 y D.S Nº 7104 de fecha 15 de MORDAZA del 2014, sobre "Adecuacion del Texto Unico de Procedimiento Administrativo ­ MORDAZA, a la Ley Nº 30228 y Ley Nº 30230", y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607 ­ Ley de Reforma Constitucional, precisa (...) que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, el numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que (...) los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, conforme lo establece la Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales son los organos de representacion del vecindario, que promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos y su desarrollo integral sostenible y armonico, que tienen entre sus funciones especificas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que los tributos denominados Derechos deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML; Que, mediante Directiva Nº 001-006-00000015, el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT establece las pautas metodologicas para la determinacion de costos de los servicios y procedimientos que dan origen a los tributos municipales, contenidos en Ordenanzas distritales en la provincia de Lima; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 135-2014MDP/C del 23 de junio del 2014, se aprobo el Texto

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