Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2014 (13/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Sabado 13 de setiembre de 2014

532451
calzadas, alamedas, paseos, pistas, veredas, bermas, sardineles, jardines de aislamiento, postes de alumbrado publico, cables de transmision de energia electrica, de telefonia, de television, entre otros; salvo lo dispuesto en los Art. 8, 51, 53 y 54 de la presente ordenanza. Excepcionalmente, se permitira publicidad exterior temporal en los eventos a realizarse en via publica y unicamente durante la realizacion de los mismos, siempre y cuando cuenten con la Autorizacion correspondiente o Convenio para el desarrollo del evento por parte de la Municipalidad de San MORDAZA segun lo estipulado en la presente ordenanza". "Articulo 31°.- Ubicacion de elementos de publicidad exterior en predios con zonificacion residencial.- La ubicacion de estos elementos se sujetara a los siguientes parametros: (...) 2. Los locales que cuenten con licencia de funcionamiento para venta al publico en MORDAZA residencial (RDB, RDM, RDA y RDMA), podran instalar elementos de publicidad exterior, en letras recortadas de un solo color directamente adosadas a fachada. El area MORDAZA del elemento debe estar en proporcion con el area del paramento que lo sustenta. 3. Las oficinas administrativas y locales comerciales ubicados en predios en esquina que cuenten con zonificacion comercial que colinde con MORDAZA residencial por una de las vias, y que soliciten colocar elementos de publicidad exterior con vista a via con zonificacion residencial deberan cumplir las siguientes caracteristicas tecnicas: solo podran instalar elementos de publicidad exterior en letras recortadas simples directamente adosadas a fachada no pudiendo exceder el 30% del plano opaco que ocupa. (Ver grafico)".

no auspiciados realizados en via publica de acuerdo al Articulo 30, numeral 3 de la presente Ordenanza" Articulo Segundo.- MODIFICACION DEL NUMERAL 15 DEL ARTICULO 5°, DEL NUMERAL 5 DEL ARTICULO 7°, DEL NUMERAL 5 DEL ARTICULO 11°, DEL NUMERAL 2 DEL ARTICULO 12°, DEL LITERAL G Y J DEL NUMERAL 2 DEL ARTICULO 29°, DEL NUMERAL 2 Y 3 DEL ARTICULO 31°, DEL NUMERAL 2 Y 3 DEL ARTICULO 36°, DEL NUMERAL 7 DEL ARTICULO 38°, DEL NUMERAL 7 DEL ARTICULO 39°, DEL NUMERAL 1 DEL ARTICULO 42°, DEL NUMERAL 4 DEL ARTICULO 43°, DEL NUMERAL 5 DEL ARTICULO 44°, DEL NUMERAL 5 DEL ARTICULO 48° Y DEL NUMERAL 3 DEL ARTICULO 49° DE LA ORDENANZA N° 324-MSI.Modificase el numeral 15 del articulo 5°, el numeral 5 del articulo 7°, el numeral 5 del articulo 11°, el numeral 2 del articulo 12°, el literal g y j del numeral 2 del articulo 29°, el numeral 2 y 3 del articulo 31°, el numeral 2 y 3 del articulo 36°, el numeral 7 del articulo 38°, el numeral 7 del articulo 39°, el numeral 1 del articulo 42°, el numeral 4 del articulo 43°, el numeral 5 del articulo 44°, el numeral 5 del articulo 48° y el numeral 3 del articulo 49° de la Ordenanza N° 324-MSI, en los siguientes terminos: "Articulo 5°.- Clasificacion de los elementos publicitarios.- Por sus caracteristicas fisicas, los elementos publicitarios se clasifican en: (...) 15. Placa.- Superficie de metal, material acrilico u otro de MORDAZA rigido que contiene grabados o impresos, adosada a la fachada de la edificacion o al cerramiento frontal de la misma. La medida MORDAZA de esta sera igual a una hoja A-03, medidas 0.29 x 0.42 m". Articulo 7.- Competencia de la Municipalidad de San Isidro.- Compete a la Municipalidad de San Isidro: (...) 5. Otorgar en concesion espacios para la ubicacion de elementos de publicidad exterior en mobiliario MORDAZA, como resultado de un MORDAZA de seleccion, salvo los modulos de comercio en via publica, los cuales seran regulados por MORDAZA propia". "Articulo 11°.- Requisitos generales para obtener autorizacion municipal.- Son los siguientes: (...) 5. Fotomontaje o posicionamiento virtual del elemento de publicidad exterior para el que se solicita autorizacion municipal, en el que se aprecie la propuesta de ubicacion con relacion a la fachada o estructura que lo soportara. Debera ser a color". "Articulo 12°.- Requisitos adicionales para obtener autorizacion para la ubicacion de elementos de publicidad exterior especificos.(...) 2. Adicionalmente a los requisitos indicados en los literales precedentes y tratandose de paneles monumentales debera presentar plano de ubicacion con coordenadas UTM, a escala 1/500 o 1/250, y esquema de localizacion, a escala 1/5,000. Se indicaran las distancias de la MORDAZA mas saliente del panel y del eje de la base al borde exterior de la pista, asi como la distancia del extremo mas cercano del panel al borde de la edificacion". "Articulo 29°.- Limitaciones para la ubicacion de elementos de publicidad exterior.- La ubicacion de elementos de publicidad exterior debe preservar el orden, seguridad, salud, medio ambiente, entre otros. Por tanto no encuentran ubicacion conforme en el distrito de San Isidro: (...) 2. Los elementos de publicidad exterior ubicados: (...) g. En cercos frontales y laterales, a excepcion de los paneles de obra en cerco, paneles de obra sobre cerco, playas de estacionamiento, vallas y cerramientos culturales, conforme a las disposiciones de la presente Ordenanza. (...) j. En la via publica o en alguno de los elementos que la conforman, tales como parques (area verde), plazas,

"Articulo 36°.- Elementos de publicidad exterior en letras recortadas (simples, luminosos o iluminados).- La autorizacion para la ubicacion de elementos de publicidad exterior en letras recortadas, ya MORDAZA simples, luminosos o iluminados, se sujetara a los siguientes parametros: (...) 2. En los establecimientos comerciales ubicados en la Av. MORDAZA Dasso, solo se instalaran letras recortadas aceradas, pudiendo ser simples o iluminados. 3. En los establecimientos comerciales ubicados en la Av. Petit Thouars y la Av. MORDAZA de Arona solo se instalaran letras recortadas de un solo color, pudiendo ser simples o iluminadas". "Articulo 38°.- Panel de obra en cerco en edificaciones en MORDAZA de construccion.- La autorizacion municipal para la ubicacion de paneles de obra en cerco se sujetara a los parametros siguiente: (...) 7.- No podran ubicarse en el ochavo de la construccion. "Articulo 39°.- Panel de obra sobre cerco en edificaciones en MORDAZA de construccion.- La autorizacion municipal para la ubicacion de paneles de obra sobre cerco debera sujetarse a lo siguiente: (...) 7. Se podra colocar sobre el cerco existente de la edificacion, siempre que sea totalmente opaco y se utilice como cerco de obra.

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