Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2014 (16/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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- Numero de expediente. - Numero de resolucion que aprobo la donacion o destino de los bienes. - Numero de RUC y nombre del beneficiario. - Nombre y numero del documento de identidad de la persona que suscribio la solicitud y de ser el caso el nombre y numero del documento de identidad del representante acreditado como tal, para la entrega. - Cantidad y unidad de medida de los bienes. - Descripcion detallada de los bienes, con la indicacion de su MORDAZA, modelo o serie de corresponder. - Peso y valor de los bienes. 3. El directivo del Area Responsable o el personal designado por este, procedera a la entrega de los bienes a la persona que suscribio la solicitud o su representante acreditado como tal facultado para la recepcion. En senal de conformidad de la entrega y recepcion de los bienes, los participantes de este acto suscribiran el acta de entrega. 4. Culminado el MORDAZA de entrega y recepcion, el personal designado del Area Responsable procedera al archivo de las actas. 5. El directivo del Area Responsable remitira a la Procuraduria Publica de la SUNAT, MORDAZA de los documentos que acrediten el acto de donacion o destino para su comunicacion al Ministerio Publico o al Poder Judicial segun corresponda. Dicha remision se realizara dentro del plazo de tres (3) dias habiles siguientes de suscrita el acta de entrega. CAPITULO III REMATE Articulo 12°.- Remate de los bienes 2.4 1. Responsable Las Areas Operativas informaran al Area Responsable, sobre la situacion legal de los bienes precisando si se encuentran en condicion de disponibles para su remate, desde el punto de vista legal y tecnico. Las Areas Operativas a traves de la Procuraduria Publica de la SUNAT comunicaran al Ministerio Publico que se procedera al remate de los bienes, el mismo que podra efectuarse luego de transcurridos treinta (30) dias habiles de efectuada la comunicacion en la que se pone a disposicion del Ministerio Publico los referidos bienes para que efectue las diligencias que considere convenientes. El Area Responsable emitira la resolucion que apruebe la realizacion del remate. Tratandose de la Gerencia de Almacenes, la resolucion debera ser emitida a propuesta de la Division de Disposicion de Bienes y Mercancias. El Area Responsable realizara todos aquellos actos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. 2. Reglas generales del remate 2.1 Encargado del remate: Lugar del remate:

El Peruano Martes 16 de setiembre de 2014

MORDAZA web de la SUNAT o en diarios de circulacion nacional, tratandose de la primera convocatoria; y un (1) dia calendario, tratandose de la MORDAZA o tercera convocatoria. El aviso debera consignar los siguientes datos: a) Lugar, fecha y hora de la exhibicion de los bienes. b) Lugar, fecha y hora en que se iniciara el remate. c) Area Responsable que realiza el remate. d) Numero del Acta que sustenta la incautacion. e) Bien o bienes a rematarse. De ser posible, se incluira su descripcion y caracteristicas, con indicacion del numero de lote, segun sea el caso. f) El valor de tasacion. g) El precio base, salvo en el caso de tercera convocatoria. h) Sistema de remate. i) Indicacion de si se requiere oblaje o arras, asi como la forma de calcularlas. j) Demas condiciones del remate: Se debera indicar el monto de la comision del Martillero Publico que sera asumido por el adjudicatario, de ser el caso. 2.3 Estado y exhibicion de los bienes:

El estado de los bienes sera conocido durante la exhibicion, adjudicandose los mismos en el estado que se encuentren y sin lugar a reclamo luego de realizado el remate. Por razones de seguridad u otras que igualmente lo justifiquen, se podra exhibir solo una muestra de los bienes. La exhibicion sera realizada en dias habiles. La exhibicion se efectuara tres (3) dias habiles MORDAZA de la fecha de remate.

El remate se efectuara en el lugar donde se encuentren depositados los bienes, o en el lugar que se senale en el aviso de remate. 2.5 Impedimentos para ser postor:

No pueden ser postores en el remate, por si mismos o a traves de terceros: a) El infractor o a la persona a quien se le incauto los bienes. b) Los trabajadores de la SUNAT, sus conyuges y familiares hasta en MORDAZA grado de afinidad y MORDAZA de consanguinidad. c) Los peritos que hayan intervenido en la determinacion del valor del bien incautado de corresponder, el Martillero Publico y todos aquellos que hubieran intervenido directamente en el procedimiento de incautacion y remate de los bienes, asi como los que pretendieron acreditar la propiedad o posesion del bien. d) Aquellos que hubieran sido declarados adjudicatarios del bien y no hayan cumplido con pagar el saldo del precio en el plazo senalado en el numeral 3.2. e) Aquellos que no se encuentren en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados a que se refiere el articulo 6° del Decreto Legislativo Nº 1126 y MORDAZA modificatoria, de corresponder. 2.6 De los sistemas de remate:

El remate de los bienes sera realizado por Martillero Publico. El Martillero Publico debera coordinar con el Area Responsable todos los aspectos necesarios para la ejecucion del remate. El Area Responsable debera velar por la celeridad, legalidad y transparencia del acto de remate. 2.2 Aviso de Convocatoria:

El Area Responsable podra optar por uno de los siguientes sistemas: a) Sistema de postura a viva voz: El Martillero Publico iniciara el acto de remate a la hora senalada con la lectura de la relacion de bienes y condiciones del remate. Proseguira con el anuncio de las posturas a medida que estas se efectuan. Luego se adjudicara el bien al postor que hubiera efectuado la postura mas alta, despues de un doble anuncio del precio alcanzado sin que se haga una mejor postura, MORDAZA por concluido el acto de remate. b) Sistema de oferta en sobre cerrado: El postor realizara su oferta mediante carta que sera entregada en sobre cerrado. En el exterior del sobre se

El aviso de convocatoria a remate se publicara en el diario encargado de la publicacion de los avisos judiciales del lugar del remate o, en uno de los diarios de mayor circulacion en dicho lugar o a nivel nacional. De no existir diarios en el lugar del remate, podran emplearse otros medios de comunicacion masiva que existan en dicho lugar y aseguren la difusion de la convocatoria. Adicionalmente, se podra efectuar avisos de convocatoria en forma colectiva, disponer la difusion del remate mediante carteles en el local del remate y en los medios de comunicacion que se considere pertinentes y senalar en un mismo aviso de convocatoria diversas fechas de remates. La publicacion del aviso de convocatoria se efectuara durante dos (2) dias calendario consecutivos en el

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