Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2014 (16/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Martes 16 de setiembre de 2014

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- Numero de RUC del adjudicatario. - La relacion de los bienes adjudicados y el monto de la adjudicacion. - Numero de registro de bienes fiscalizados del adjudicatario. El acta sera firmada por el Martillero Publico. 2.10 Lotizacion de los bienes: De considerarlo pertinente, el Area Responsable conformara lotes con los bienes. 3. Remate de bienes Cuando el remate de bienes sea realizado mediante el sistema de postura a viva voz o el sistema de oferta en sobre cerrado, ademas de lo senalado en el numeral 2, se aplicara el siguiente procedimiento: 3.1 Postergacion o suspension del remate

consignara como datos referenciales: el bien ofertado y/o numero de lote, nombre, denominacion o razon social del postor con indicacion de su numero de RUC o, en su defecto, del numero de documento de identidad que corresponda. El sobre cerrado sera depositado, hasta MORDAZA del inicio del remate, en un anfora acondicionada especialmente para tal efecto. Al cierre del plazo de MORDAZA de las ofertas, el Martillero Publico contara los sobres presentados y procedera a abrirlos uno por uno, leyendo en voz alta las ofertas, adjudicando el lote o bien al postor que MORDAZA efectuado la oferta mas alta. c) Sistema de remate por Internet: Para tal efecto se seguira el procedimiento que disponga la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia. 2.7 Modalidades para participar en el remate: por cualquiera de las siguientes

Se optara modalidades:

a) Modalidad de Oblaje: Podran participar en el acto de remate, los sujetos que MORDAZA del inicio del remate en el caso del sistema de posturas a viva voz, o al momento de presentar el sobre conteniendo la oferta en el caso del sistema en sobre cerrado, hubieran depositado, como minimo, un monto equivalente al: 1. Diez por ciento (10%) del precio base del bien que desean adquirir tratandose de la primera y MORDAZA convocatoria. 2. Veinte por ciento (20%) de la postura u oferta segun corresponda, en el caso de la tercera convocatoria. A los postores no beneficiados con la adjudicacion se les devolvera al termino del acto de remate el integro de la suma depositada. b) Modalidad de Arras: El adjudicatario del bien, despues de concluido el acto de remate, entregara en calidad de arras al Martillero Publico, como minimo, el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del monto adjudicado. Cuando el adjudicatario no cumpla con entregar las arras en el momento de la adjudicacion, se considerara como MORDAZA adjudicatario al postor que hubiera realizado la MORDAZA postura mas alta o, en defecto de este, al siguiente postor hasta agotar todas las posturas validamente realizadas, siempre y cuando el MORDAZA postor este dispuesto a pagar las arras en el momento. El oblaje o las arras, segun sea el caso, podran pagarse en efectivo o en cheque certificado o de gerencia a la orden de la SUNAT. El adjudicatario perdera el monto otorgado en calidad de oblaje o arras si no cancela el saldo del precio dentro del plazo fijado en el numeral 3.2. Dicho monto servira para cancelar los gastos incurridos en el remate. El Martillero Publico asume la calidad de depositario del dinero entregado en calidad de oblaje o arras, desde el momento en que lo recibe hasta su entrega a la SUNAT. 2.8 Precio base:

La postergacion o suspension del remate se anunciara en el mismo plazo en que se realizo la convocatoria, mediante carteles en el local de remate o la publicacion del aviso correspondiente en los diarios donde fue realizada la convocatoria o la publicacion en la pagina web de la SUNAT. 3.2 Pago y transferencia de los bienes

El adjudicatario debera pagar el saldo del precio del bien adjudicado, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de la SUNAT, dentro de los dos (2) dias habiles siguientes al remate. Verificado el pago, se procedera a la entrega del bien adjudicado. Si el saldo del precio del bien adjudicado no es depositado en la fecha senalada, se convocara a otro remate con el mismo precio base. En este caso, el adjudicatario perdera la suma depositada y estara impedido de participar como postor en los nuevos remates del bien. 3.3 Demora en el retiro de los bienes

El adjudicatario que no cumpla con retirar el bien que le ha sido adjudicado dentro de los dos (2) dias habiles siguientes a la cancelacion del saldo de precio de venta, debera pagar los gastos en que hubiese incurrido la SUNAT durante el tiempo adicional en que los bienes estuvieron almacenados. 3.4 Nuevas Convocatorias

De no existir postores en la fecha y hora indicada en la primera convocatoria a remate, se declarara desierto el remate y se realizara una MORDAZA convocatoria. De no presentarse postores en la MORDAZA convocatoria, se procedera a realizar una tercera convocatoria sin senalar precio base, adjudicandose el bien al postor que realice la postura u oferta mas alta, segun corresponda. En el caso que no se produzca la venta de los bienes hasta el tercer remate, estos podran ser destinados, donados o destruidos. 4. Producto del remate El producto del remate esta constituido por el monto obtenido por la realizacion del remate, menos el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal. 5. Comprobante de pago Adjudicado el bien en remate, el Martillero Publico emitira el comprobante de pago correspondiente. 6. Comunicacion al Ministerio Publico o al Poder Judicial El directivo del Area Responsable remitira a la Procuraduria Publica de la SUNAT, MORDAZA de los documentos que acrediten el acto de remate para su

El precio base del remate en la primera convocatoria sera equivalente a las dos terceras partes (2/3) del valor de tasacion mas el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal. De haber una MORDAZA convocatoria, se reducira el precio base en un quince por ciento (15%). En el caso de una tercera convocatoria, no se senalara precio base. 2.9 Acta del remate:

Terminado el remate, se extendera un acta que contendra: - Lugar, fecha y hora del acto de remate. - Numero del Acta de Incautacion. - Nombre, denominacion o razon social adjudicatario.

del

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