Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2014 (18/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a los interesados y a los organos pertinentes de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.acffaa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas 1139037-2

El Peruano Jueves 18 de setiembre de 2014

OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR
Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones en la Sede Central de la ONAGI y designan a los Gobernadores Regionales, Provinciales y Distritales como responsables del Libro de Reclamaciones en la circunscripcion territorial a su cargo
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0518-2014-ONAGI-J MORDAZA, 17 de setiembre de 2014 VISTOS: El Informe Nº162-2014-ONAGI-OGAJ de fecha 09 de setiembre de 2014 elaborado por la Oficina General de Asesoria Juridica y la Nota de Elevacion Nº 00042014-ONAGI-SG-OTDA de fecha 22 de agosto de 2014 formulado por la Oficina de Tramite Documentario y Archivo de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140, se crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, como Organismo Publico Ejecutor, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia administrativa, funcional, tecnica, economica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestario y adscrita al Ministerio del Interior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2013-IN, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, estableciendo la jurisdiccion, estructura organica, asi como las funciones de sus diferentes organos y unidades organicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011PCM se establecio la obligacion de las entidades publicas comprendidas en los numerales 1 al 7 del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de contar con un Libro de Reclamaciones, como mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion de los tramites y servicios que se les brinda; Que, en su articulo 3º del mencionado Decreto Supremo establece, entre otras caracteristicas, que el Libro de Reclamaciones es aquel donde los usuarios podran formular sus reclamos, debiendo consignar ademas informacion relativa a su identidad y aquella otra informacion necesaria a efectos de dar repuesta al reclamo formulado; asimismo, en su articulo 4 senala que la entidad publica esta obligada a dar respuesta al usuario, por medios fisicos o electronicos, en un plazo de 30 (treinta) dias habiles, informandole, de ser el caso,

acerca de las medidas adoptadas para evitar hechos similares en el futuro; Que, el articulo 5 de la referida MORDAZA, dispone que mediante resolucion del titular de la entidad se designa al responsable del Libro de Reclamaciones y que las entidades publicas deben informar a sus respectivos Organos de Control Institucional, sobre el cumplimiento de dicho Decreto Supremo; Que, en atencion a las consideraciones expuestas, resulta necesario designar al responsable del Libro de Reclamaciones en la Sede Central y en los Organos Desconcentrados de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; asi como, disponer la implementacion del mismo en la Sede Central y en los Organos Desconcentrados de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; Con el visto del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en Decreto Legislativo Nº 1140, que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, el Decreto Supremo Nº 003-2013-IN que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- DESIGNAR al Jefe de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, como responsable del Libro de Reclamaciones en la Sede Central de la Oficina Nacional de Gobierno Interior. Articulo 2.- DESIGNAR a los Gobernadores Regionales, Provinciales y Distritales de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, como responsables del Libro de Reclamaciones en la circunscripcion territorial a su cargo. Articulo 3.- DISPONER que en la Sede Central de la Oficina Nacional de Gobierno Interior y en los Organos Desconcentrados de la Oficina Nacional de Gobierno Interior se implemente el Libro de Reclamaciones de acuerdo a lo prescrito en el Decreto Supremo Nº 0422011-PCM. Articulo 4.- NOTIFICAR la presente resolucion a todos los Organos de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, a los Organos Desconcentrados de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, al Organo de Control Institucional del Ministerio del Interior y a los responsables designados a traves de los articulos 1 y 2 de la presente Resolucion Jefatural. Articulo 5.- DISPONER que la presente Resolucion Jefatural se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico Institucional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PESTANA MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (e) 1138779-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Modifican Directiva Administrativa para Determinar el Valor Monetario de los Medicamentos que seran Dispensados o Entregados a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) bajo el mecanismo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1163
RESOLUCION JEFATURAL Nº 195-2014/SIS MORDAZA, 15 de setiembre de 2014

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