Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2014 (18/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 18 de setiembre de 2014

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con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Mediante Resolucion Nº 00001-2014-JEE-PASCO/ JNE (fojas 26 a 29), de fecha 10 de MORDAZA de 2014, el MORDAZA Electoral Especial de Pasco (en adelante JEE) declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata a alcaldesa, al advertir que esta afiliada al Partido Nacionalista Peruano, por lo que dispuso que debera subsanar de conformidad con el articulo 25, inciso 25.12, del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales, aprobado por la Resolucion Nº 271-2014-JNE (en adelante, el Reglamento de inscripcion), motivo por el cual, mediante escrito de fojas 7 y 8, el personero legal pretende subsanar tal omision adjuntando la autorizacion obrante a fojas 18 y la Resolucion Nº 025-2013-COEN, de fecha 12 de diciembre de 2013 (fojas 17). Mediante Resolucion Nº 0002-2014-JEE-PASCO/JNE, de fecha 17 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro, entre otros, improcedente la inscripcion de candidata a alcaldesa de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por considerar que la autorizacion presentada con el escrito de subsanacion no cumple con lo dispuesto por el articulo 24, numeral q, de su estatuto. Con fecha 1 de agosto de 2014, el personero legal de la organizacion politica recurrente, interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 0002-2014-JEEPASCO/JNE, en el extremo que declaro improcedente la inscripcion de la candidata a alcaldesa MORDAZA MORDAZA, adjuntando la Resolucion Nº 854-2014-PL-PNP, de fecha 8 de junio de 2014 (fojas 4), que otorga licencia a la candidata en cuestion, la misma que se encuentra suscrito por el personero legal nacional. CONSIDERANDOS

nacional del partido politico Alianza Para el Progreso, quien es competente para otorgar las autorizaciones referidas por el articulo 18 de la LPP, cumpliendo de ese modo con el requisito establecido en el articulo 25, numeral 25.12, del Reglamento de inscripcion. 5. Por consiguiente, atendiendo a que el candidato Erick MORDAZA MORDAZA Vilcaromero cuenta con la autorizacion expresa del partido politico Alianza Para el Progreso para postular por la organizacion politica local distrital Unidad Canoense, corresponde declarar fundado el recurso de apelacion, revocar la resolucion venida en grado y disponer que el JEE tenga por subsanada dicha observacion, debiendose admitir y publicar la candidatura del referido ciudadano. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal de la organizacion politica local distrital Unidad Canoense; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 002-2014-JEE-TUMBES/JNE, de fecha 16 de MORDAZA de 2014, en el extremo que declaro improcedente la inscripcion del candidato a regidor Erick MORDAZA MORDAZA Vilcaromero. Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial de Tumbes continue con el tramite correspondiente, debiendo admitir y publicar la solicitud de inscripcion del candidato Erick MORDAZA MORDAZA Vilcaromero para el Concejo Distrital de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1138764-3

Revocan resolucion en el extremo que declaro improcedente inscripcion de candidata a alcaldesa del Concejo Provincial de Pasco, departamento de Pasco
RESOLUCION Nº 1431-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01732 PASCO - PASCO JEE PASCO (EXPEDIENTE Nº 00107-2014-79) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, doce de agosto de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Union por el Peru, en contra de la Resolucion Nº 00022014-JEE-PASCO/JNE, de fecha 17 de MORDAZA de 2014, en el extremo que declaro improcedente la inscripcion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata a alcaldesa del Concejo Provincial de Pasco, departamento de Pasco,

1. El articulo 18 in fine de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos (en adelante LPP), asi como el numeral 24.4 del articulo 24 y el numeral 25.12 del articulo 25 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolucion Nº 271-2014-JNE (en adelante, el Reglamento de inscripcion), establecen que aquellos ciudadanos que se encuentren afiliados a una organizacion politica y deseen postular como candidatos por otra diferente deben haber renunciado con una anticipacion no menor de cinco meses a la fecha del cierre del plazo para la MORDAZA de la solicitud de inscripcion, o haber requerido autorizacion a la organizacion politica a la cual se encuentren afiliados, presentando el original o MORDAZA legalizada de la autorizacion suscrita por el Secretario General o a quien senale el estatuto o MORDAZA de organizacion interna. 2. En el caso concreto, mediante la Resolucion Nº 00001-2014-JEE-PASCO/JNE, el JEE declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de la organizacion politica Union por el Peru, otorgandole el plazo de dos dias naturales, entre otras cuestiones, para acreditar que la candidata a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA cuenta con la autorizacion expresa de la organizacion politica Partido Nacionalista Peruano para postular por ella. 3. Ahora bien, el personero legal de la referida organizacion politica, si bien al subsanar adjunto la Resolucion Nº 025-2013-COEN, de fecha 12 de diciembre de 2013 (fojas 17) y la autorizacion obrante a fojas 18, emitida esta MORDAZA por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, delegado regional de Pasco del Partido Nacionalista Peruano, sin embargo, de autos, se puede verificar que tambien obra la Resolucion Nº 854-2014-PL-PNP, de fecha 8 de junio de 2014, que contiene la autorizacion a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emitida por el personero legal nacional del Partido Nacionalista Peruano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien es competente para tal efecto conforme a lo dispuesto en el acta de reunion del comite ejecutivo nacional del 9 de MORDAZA de 2014, concordante con el articulo 24, numeral q, del estatuto del Partido Nacionalista Peruano, cumpliendo

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