Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2014 (18/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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efectos de que esta entidad disponga las acciones que considere convenientes." "Articulo 25.- Requisitos para suscribir el Contrato de Supervision.25.1 Son requisitos para la suscripcion de los Contratos de Supervision, la MORDAZA de los siguientes documentos: a) Polizas de seguro vigentes que las Empresas Supervisoras contrataran directamente, las que deberan consistir en Seguro de Accidentes Personales, Seguro de Salud y, cuando corresponda segun lo indicado en las Bases, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, ante los diversos peligros en los que esten expuestos en el desarrollo de sus funciones y por el plazo que dure el contrato. Las caracteristicas minimas de los seguros deberan sujetarse a lo establecido en la bases de cada MORDAZA de seleccion. (...) c) Declaracion Jurada Actualizada de no estar incurso en alguna causal de incompatibilidad o prohibicion prevista en el presente Reglamento, similar a la presentada conjuntamente con su propuesta tecnica. Para los supuestos de procesos de seleccion convocados bajo los alcances del numeral 24.1 del articulo 24º del presente Reglamento, se requerira adicionalmente una declaracion jurada de no tener vinculo contractual vigente con ningun Agente Supervisado por Osinergmin del subsector materia de la convocatoria, excluyendo aquellas empresas con quien tengan la calidad de usuario del servicio." "Articulo 29.- Obligaciones de los Agentes Supervisados.(...) 29.3 En caso el Agente Supervisado incumpliera las obligaciones enunciadas, o se negara a brindar las facilidades requeridas por la Empresa Supervisora para el ejercicio de la funcion supervisora o fiscalizadora, sera sujeto a sancion administrativa, de acuerdo con la Tipificacion de Infracciones y Escala de Sanciones correspondiente, sin perjuicio de la imposicion de las medidas administrativas que correspondan y de ser denunciadas por el delito de resistencia a la autoridad, tipificado en el Codigo Penal." "Articulo 31.- Evaluacion de la calidad del servicio de las Empresas Supervisoras.Al finalizar el periodo contractual, la Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente entregara a la Empresa Supervisora una MORDAZA de Prestacion de Servicios, que incluya el porcentaje de penalidades impuestas respecto del valor del contrato aplicadas durante su ejecucion. Dicha MORDAZA servira como base para la renovacion de contratos o futuras contrataciones." "Articulo 32.- Plazo de duracion del Contrato de Supervision y renovacion.(...) 32.2 Los contratos podran ser renovados en tanto el periodo contractual total no supere los cinco (5) anos. (...)" "Articulo 33.- Causales de resolucion del Contrato de Supervision.33.1 Sin perjuicio de las acciones civiles y penales que correspondan, de ser el caso, Osinergmin podra resolver el Contrato de Supervision cuando las Empresas Supervisoras incurran en los siguientes supuestos: (...) l) No haber efectuado la comunicacion a que se refiere el numeral 24.6 del presente Reglamento. m) Incurrir durante la ejecucion del contrato de supervision en las causales previstas en los numerales 24.1 o 24.2 del articulo 24º del presente Reglamento. (...) 33.2 El Contrato de Supervision podra resolverse, sin responsabilidad de ninguna de las partes, por mutuo acuerdo, para lo cual se requiere la suscripcion de un

El Peruano Jueves 18 de setiembre de 2014

documento en el que conste la fecha en la que se hace efectiva la resolucion." "Articulo 35.- Registro de Resolucion de Contratos de Supervision.35.1 La Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente inscribira en el Registro de Resolucion de Contratos de Supervision a su cargo, la descalificacion del postor por presentar informacion falsa y/o inexacta, la declaracion de nulidad de la calificacion del postor por presentar informacion falsa y/o inexacta, la declaracion de nulidad del Contrato de Supervision y la resolucion del Contrato de Supervision. 35.2 La inscripcion debera efectuarse dentro de los tres (3) dias siguientes de producida la resolucion o declarada la descalificacion o nulidad. 35.3 La inscripcion en este Registro constituye un impedimento para ser postor en un MORDAZA de seleccion de Empresa Supervisora que se convoquen en los siguientes tres (3) anos de dicha inscripcion". Articulo 2.- Incorporar el numeral 33.3 del articulo 33º del Reglamento de Supervision y Fiscalizacion de las Actividades Energeticas y Mineras de Osinergmin, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 171-2013-OS-CD, conforme al siguiente texto: "33.3 Osinergmin podra resolver el Contrato de Supervision en caso se produzca la Reduccion del Programa Anual de Supervision, o cuando se verifique un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor." Articulo 3.- La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Articulo 4.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano y con su Exposicion de Motivos, en el MORDAZA electronico de Osinergmin (www. osinergmin.gob.pe) y el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe). MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1139079-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban cargos de destino en el Gobierno Regional de Tacna para la asignacion de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Publicos
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 187-2014-SERVIR-PE MORDAZA, 15 de setiembre de 2014 VISTO, el Informe Nº 170-2014-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Publica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobo el Reglamento del Regimen Laboral de los Gerentes Publicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024;

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