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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (18/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Jueves 18 de setiembre de 2014 532781 Artículo Tercero.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1138375-4 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Directiva “Lineamientos para la implementación del Código de Buenas Prácticas Estadísticas del Perú en el Sistema Estadístico Nacional” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 237-2014-INEI Lima, 9 de setiembre de 2014 Visto, el Ofi cio Nº 926-2014-INEI/OTPP-OEOM presentado por la Ofi cina Técnica de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2012-PCM se aprobó el Código de Buenas Prácticas Estadísticas del Perú, con la fi nalidad de incrementar la confi anza en la independencia, la integridad y la responsabilidad de los Órganos que integran el Sistema Estadístico Nacional en sus niveles nacional, regional y local, así como promover la aplicación de los mejores principios, métodos y Prácticas a fi n de aumentar la calidad de las estadísticas ofi ciales; Que, el artículo 2º del mencionado dispositivo, dispone que el Instituto Nacional de Estadística e Informática implementará las acciones necesarias para promover la adopción del Código de Buenas Prácticas Estadísticas del Perú por las entidades del Sector Público en los tres niveles de gobierno y evalúe el avance de su implementación; Que, se ha efectuado la difusión y la consulta en cuanto a la aplicación del mencionado Código en las actividades estadísticas que desarrollan los órganos estadísticos del nivel nacional y regional, debiéndose potenciar las acciones de transferencia tecnológica y asesoramiento a dichos órganos por parte del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, a través del Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística –CCOI-E, se puso a consideración de los responsables de los órganos de estadísticas el proyecto de Directiva “Lineamientos para la implementación del Código de Buenas Prácticas Estadísticas del Perú en el Sistema Estadístico Nacional” con el objeto de contar con los mecanismos que permitan la difusión, seguimiento y evaluación del Código de Buenas Prácticas Estadísticas en los órganos de estadística o las que hagan sus veces en las entidades públicas del nivel nacional, regional y local; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, Secretaría General, Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica, Dirección Nacional de Censos y Encuestas, Dirección Nacional de Cuentas Nacionales, Dirección Técnica de Indicadores Económicos, Dirección Técnica de Demografía y Estudios Sociales, Ofi cina Técnica de Planifi cación Presupuesto y Cooperación Técnica, Ofi cina Técnica de Estadísticas Departamentales, Ofi cina Técnica de Informática, Ofi cina Técnica de Difusión, Centro de Investigación y Desarrollo Estadístico y la Escuela Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 6º y 8º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2014-INEI “Lineamientos para la implementación del Código de Buenas Prácticas Estadísticas del Perú en el Sistema Estadístico Nacional” a través de los órganos que conforman el Sistema Estadístico Nacional” en los tres niveles de gobierno. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Estadística e Informática, a través de sus órganos de Línea, Apoyo, Asesoramiento y Desconcentrados, serán los impulsores de las acciones a desarrollar. Artículo 3º.- Los órganos de estadística de las entidades públicas de los niveles nacional, regional y local, proporcionaran al Instituto Nacional de Estadística e Informática la información necesaria para efectuar programas anuales de capacitación y transferencia tecnológica, con el propósito de elevar las capacidades de los colaboradores que laboran en los órganos de estadística de las entidades públicas. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución al Sistema Estadístico Nacional y publicar en el portal institucional www.inei.gob.pe en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 1138609-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactiva de la Intendencia Regional La Libertad INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 060-00-0000007-SUNAT/6G0000 Trujillo, 9 de setiembre del 2014 CONSIDERANDO: Que es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modifi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público;