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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (22/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Lunes 22 de setiembre de 2014 533140 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Autorizan viaje de Alcalde a EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 067-2014/MM Mirafl ores, 08 de setiembre de 2014 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO; El Concejo Distrital de Mirafl ores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía, reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, la Alianza para el Gobierno Abierto – OGP (Open Government Partnership), desde el año 2011 busca proveer una plataforma internacional para reformadores locales comprometidos a que la gestión de sus gobiernos rindan cuentas, sean más abiertos y mejoren la capacidad de respuesta hacia sus ciudadanos, y desde su lanzamiento hasta la actualidad cuenta con la participación de más de 60 países; en los cuales, tanto el gobierno y la sociedad civil trabajan en conjunto para desarrollar e implementar reformas ambiciosas en torno al gobierno abierto; Que, en este contexto, OGP ha extendido la invitación al Alcalde de Mirafl ores para su participación, el próximo 24 de setiembre de 2014, en el evento “Open Government Partnership: Citizen Action, Responsive Government” en el marco de la declaración de gobierno abierto impulsada por la OGP, a realizarse en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos; donde participarán los representantes y líderes de los países que conforman la OGP, así como organizaciones de la sociedad civil motivados por la responsabilidad y participación pública orientada a afi anzar la confi anza pública de los gobiernos por parte de la ciudadanía a la cual sirven; Que, es oportuno precisar que la invitación al Titular de la Entidad está orientada a un intercambio de experiencias en los aspectos referidos en líneas precedentes, considerándose a Mirafl ores como una ciudad donde se toman decisiones importantes vinculadas con el gobierno abierto y en benefi cio de su comunidad, por lo que el evento referido se enmarca dentro de los objetivos de servicio propuestos por la gestión; Que, en adición se ha reconocido una buena práctica gubernamental, participativa, que viene desarrollándose en la Municipalidad de Mirafl ores y que a su vez ha sido presentada como una práctica del Perú; Que, por otra parte, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modifi catorias, con el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prescribe que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano con anterioridad al viaje. De igual modo, el artículo 5 de la misma norma, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas que contiene dicho dispositivo; Que, en concordancia con lo indicado, según el artículo 10.1 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se prohíben los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN