NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (22/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 37
El Peruano Lunes 22 de setiembre de 2014 533139 del procedimiento de interpelación del Gerente Regional de Salud y/o funcionarios responsables, conforme a lo señalado en el Subcapítulo III del Capítulo I del Título III de la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional. Artículo 5º: De la notifi cación de la norma Encargar al Órgano Ejecutivo Regional la notifi cación de la presente Ordenanza, luego de su publicación, a la Gerencia Regional de Salud, para su conocimiento y estricto cumplimiento, quien a su vez deberá hacer extensiva la notifi cación a las CLAS. Artículo 6º: De la publicación y vigencia Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de Arequipa, y la publicidad electrónica en la página web del Gobierno Regional de Arequipa, conforme al artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; la misma que entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación. La tramitación de la publicación será a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue será cubierto por el Órgano Ejecutivo Regional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La Gerencia Regional de Salud será la instancia encargada de vigilar, supervisar, coordinar y ejecutar las acciones necesarias tendientes al estricto cumplimiento de la presente norma regional. Segunda.- El Órgano Ejecutivo Regional, podrá dictar medidas complementarias reglamentarias tendientes a la implementación de la presente norma regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los dieciocho días del mes de agosto del 2014. YAMILA OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil catorce. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 1140291-3 Autorizan en vía de regularización, el pago de pasajes aéreos referidos a autorización de viaje de funcionario ACUERDO REGIONAL Nº 101-2014-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 4 de setiembre del 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 191º prescribe que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es misión de los gobiernos regionales “organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región”; Que, el inciso u. del Artículo 47º, del anterior texto legal, prescribe que son funciones de los gobiernos regionales en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación “Impulsar y articular la participación de las universidades, empresas e instituciones de la sociedad civil en la ejecución de los planes de desarrollo regional”; Que, mediante Ofi cio Nº 303-2014-CSJA/P, la Corte Superior de Justicia de Arequipa comunica al Gobierno Regional de Arequipa que está organizado una pasantía relacionada con la justicia penal y seguridad ciudadana en la República de Chile. En respuesta a esta invitación, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 335-2014-GRA/PR de fecha 19 de mayo, autoriza el pago de pasajes aéreos ruta AREQUIPA/LIMA/SANTIAGO y SANTIAGO/LIMA/ AREQUIPA nombre del Coronel (r) Jorge Padilla Juárez, quien es Secretario Técnico Regional de Seguridad Ciudadana para que pueda asistir al mencionado evento; Que, la Sétima Disposición Complementaria de la Directiva Nº 002-2009-GRA/OPDI, “Normas para la Autorización de Viajes y Otorgamiento de Viáticos por Comisión de Servicio en el Gobierno Regional de Arequipa” aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 165-2009-GRA/PR modifi cada por la Resolución Ejecutiva Regional Nº 046-2011-GRA/PR, establece que “a)…Solamente se compra pasajes vía aérea para … Jefes Regionales, Jefes de Proyectos y para las terceras personas que brinden apoyo al Gobierno Regional”; Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prescribe la obligatoriedad de aplicar medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público; en tal sentido, el Artículo 10º ordena que los “los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica”, disponiendo además, que están prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad”. Para el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del Consejo Regional. Que, el Artículo 16.23 de la Ordenanza Nº 154- Arequipa, Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, señala que es su atribución “Autorizar los viajes al exterior del país, que en Comisión de Servicios o representación de la Región Arequipa, realicen el Presidente, Vicepresidente, Consejeros Regionales y/o funcionarios y servidores, conforme a las disposiciones vigentes”; Que, mediante ofi cio Nº 522-2014-GRA/PR de fecha 20 de agosto del 2014, la Presidencia del Gobierno Regional remite el correspondiente expediente para que en vía de regularización se autorice dicho viaje; Que, por estas consideraciones y, al amparo de la Ley Nº 27783, de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales, y de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 154- AREQUIPA. ACUERDA: Primero.- Autorizar en vía de regularización el pago de pasajes aéreos ruta: AREQUIPA/LIMA/SANTIAGO y SANTIAGO/LIMA/AREQUIPA, a nombre del Coronel (r) Jorge Padilla Juárez con DNI Nº 18084622 para asistir al Programa de Pasantía a las Instituciones de Justicia Penal, Chile. Segundo.- De conformidad con el Artículo 10.1 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, publíquese este acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. YAMILA OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa 1140293-1