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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533426 2.2 El Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Loreto, participa en las sesiones con voz pero sin voto. 2.3 El jefe de la Ofi cina de Control y el Jefe de la Ofi cina Defensorial, un representante de la Sociedad Civil y un representante del Sector Empresarial, actuarán en calidad de instituciones observadoras, pudiendo sus titulares participar en las sesiones de la Comisión con voz pero sin voto. Artículo Tercero: FUNCIONES La Comisión Regional Anticorrupción tiene las siguientes funciones: a) Elaborar el Plan Regional de Lucha contra la Corrupción b) Realizar el seguimiento y la supervisión de la implementación y cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012-2016 - en la Región Loreto. c) Informar semestralmente, a la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, sobre los avances en la implementación del Plan Regional de Lucha Contra la Corrupción. d) Proponer políticas a nivel regional; de corto, mediano y largo plazo, para la prevención y lucha contra la corrupción. Artículo Cuarto: PRESIDENCIA La Presidencia asume la titularidad de la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Loreto, la cual es elegida entre sus miembros y tiene carácter rotatorio cada año. La Presidencia, solo puede recaer en los representantes de las entidades públicas. La Comisión Regional Anticorrupción de la Región Loreto, será convocada y presidida por única vez, en la primera sesión por el Presidente del Gobierno Regional de Loreto, donde se elegirá por sus integrantes, al Presidente de la Comisión Anticorrupción, por el período del año calendario. Artículo Quinto: SECRETARÍA TÉCNICA La Secretaría Técnica, ejecuta los Acuerdos de la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Loreto, así como la dirección y elaboración de los estudios y trabajos técnicos que requiera dicha Comisión, para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo Sexto: REGLAMENTO La Comisión Regional Anticorrupción de la Región Loreto, elaborará su Reglamento Interno en un plazo de sesenta (60) días calendario contabilizados desde la creación de la Comisión. Artículo Séptimo: ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, Diario de mayor circulación de la Región y en el portal web del Gobierno Regional de Loreto: wwww. regionloreto.gob.pe. Artículo Octavo: La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Loreto, para su promulgación. Dado en el salón de actos de la Dirección Regional de Agricultura de Loreto - DRAL, sito en la calle Ricardo Palma Nº 113 - 3er piso, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. MAURO LÓPEZ GARCÍA Presidente del Consejo Regional de Loreto POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 16º, 21º inc. o), 37 Inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el Inc. o) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002- 2010-GRL-CR de fecha 8 de enero de 2010. Regístrese, publíquese y cúmplase. YVÁN ENRIQUE VÁSQUEZ VALERA Presidente del Gobierno Regional de Loreto 1142032-1 Declaran improcedente solicitud de vacancia contra el Presidente del Gobierno Regional de Loreto (Se publica el presente Acuerdo de Consejo Regional a solicitud del Gobierno Regional de Loreto, mediante Carta Nº 014-2014-GRL-ORA, recibida el 24 de setiembre de 2014) ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 002-2013-SE-GRL: 16/10/13 Iquitos, 16 de octubre del año 2013 VISTOS: El Proveído Nº 575 de fecha 02/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto, Consejero Regional, Julio Abel Flores Del Castillo; representante de la Provincia de Ucayali - Contamana; Auto Nº 1 del Expediente Nº J-2013-01124, del Jurado Nacional de Elecciones - JNE; Memorando Nº 209-2013-URE LORETO/JNE, emitido por Livia Rosa Lecaros García, responsable de la Unidad Regional de Enlace de Loreto, Sede Iquitos, del Jurado Nacional de Elecciones - JNE; Papeleta de Habilitación del Colegio de Abogados de Loreto del Letrado, Manuel Antonio Maslucán Culqui; Solicitud de vacancia por las causales de Nepotismo y Restricciones de Contratación, previstos en los numerales 8 y 9 del artículo 22º, concordante con lo dispuesto en el artículo 63º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con los medios probatorios y anexos que adjunta el ciudadano, Robinson Rivadeneyra Reátegui, contra el Presidente del Gobierno Regional de Loreto, Lic. Yván Enrique Vásquez Valera; Acuerdo de Consejo Regional Nº 085-2013-SO-GRL: 04/10/13, emitido por el Consejo Regional de Loreto; Ofi cio Nº 351-2013-GRL-PCR de fecha 30/09/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Ofi cio Nº 355-2013-GRL-PCR de fecha 01/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Ofi cio Nº 358-2013-GRL-PCR de fecha 03/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Proveído Nº 597 de fecha 10/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Informe Legal Nº 426-2013-GRL-ORAJ de fecha 04/10/13 del Director de la Ofi cina Regional de Asesoría; Proveído Nº 3319 de fecha 03/10/13 de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; Ofi cio Nº 355-2013-GRL-PCR de fecha 01/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Proveído Nº 3330 de fecha 03/10/13 de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; Ofi cio Nº 069-2013-GRL- CR-MLG de fecha 02/10/13 del Consejero Regional, Mauro López García; Proveído Nº 599 de fecha 11/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto, Solicitud de integración y ampliación de vacancia de fecha 10/10/13 del Ciudadano, Robinson Rivadeneyra Reátegui, con los medios probatorios que adjunta; Ofi cio Nº 372-2013- GRL-PC de fecha 11/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Ofi cio Nº 373-2013-GRL-PC de fecha 11/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Proveído Nº 601 de fecha 11/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Escrito presentando nuevos elementos probatorios a la solicitud de vacancia, por parte del Ciudadano Robinson Rivadeneyra Reátegui, con los medios probatorios y anexos que adjunta; Ofi cio Nº 375-2013-GRL-PC de fecha 11/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Ofi cio Nº 376-2013-GRL-PC de fecha 11/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; proveído Nº 602 de fecha 14/10/13 del presidente del Consejo Regional de Loreto; Informe Legal Nº 1469- 2013-GRL-ORAJ de fecha 14/10/13 del Director de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; Acuerdo de Consejo Regional Nº 089-2013-SO-GRL: 15/10/13, emitido por el Consejo Regional de Loreto; Proveído Nº 610 de fecha 15/10/13 del Presidente del Consejo Regional de Loreto; Descargo del Presidente del Gobierno Regional de Loreto,