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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 66

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533424 de interrogantes, acordó por unanimidad, aprobar la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 47º de de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, determina funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación y establece en su literal a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región, funciones sobre las cuales se sustenta la creación de la Gerencia Regional de Deportes del Gobierno Regional de Loreto; Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, tiene por fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos público, siendo su objetivo alcanzar un Estado al servicio del ciudadano, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralizado y desconcentrado, transparente en su gestión, con servidores públicos califi cados, adecuadamente, remunerados y fi scalmente equilibrado; Que, la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, regula las actuaciones de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo común desarrollados en las entidades y tiene por fi nalidad establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. Establece en el Título I, el régimen jurídico de los actos administrativos y establece en el numeral 7.1 del artículo 7º, que los actos de administración interna se orientan a la efi cacia y efi ciencia de los servicios y a los fi nes permanentes de las entidades. Son emitidos por el órgano competente, su objeto debe ser física y jurídicamente posible, su motivación será facultativa cuando los superiores jerárquicos impartan las órdenes a sus subalternos en forma legalmente prevista; Que, mediante Ordenanza Nº 022-2012-GRL-CR, de fecha 14 diciembre de 2012, se crea la Gerencia Regional de Deportes, como un Órgano de Línea del Gobierno Regional de Loreto, dependiente de la Gerencia General Regional, responsable de fomentar y promover el deporte y recreación a nivel regional, propiciando la mejora de la infraestructura existente y el acceso de la población, especialmente, de niños y jóvenes, a la actividad deportiva y recreativa como factores coadyuvantes en la formación integral de la persona, así como, impulsar en coordinación con las instituciones afi nes, la práctica de competencias deportivas en procura de alcanzar un alto nivel de participación en el desarrollo de las mismas; asegurando que las representaciones del deporte loretano, sean la real expresión de la jerarquía cultural y deportiva del país; Que, mediante Memorando Nº 014-2013-GRL-P, de fecha 03 de enero de 2013, el Presidente Regional, designa al Lic. Adm. Pedro Gil Ríos, en el cargo de confi anza de Gerente Regional de la Gerencia Regional de Deportes del Gobierno Regional de Loreto, con las funciones inherentes al cargo; Que, asimismo, mediante Memorando Nº 113-2013- GRL-GGR, la Gerencia General Regional dispone que la Ofi cina Ejecutiva de Desarrollo Institucional, proceda a la modifi cación de los documentos de gestión institucional, en cumplimiento a los artículos segundo y tercero de la Ordenanza Regional Nº: 022-2012-GRL-CR; Que, mediante Ofi cio Nº 031-2013-GRL-GGR-OEDII, la Ofi cina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informática, remite a la Gerencia General Regional, el Informe Nº 001-2013-GRL-OEDII/AKM, el cual concluye que para modifi car los documentos de gestión institucional, es indispensable contar con la aprobación de las funciones generales que la Gerencia Regional de Deportes debe ejercer a partir de su aprobación e implementación, en concordancia con la fi nalidad y el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 27444, que precisa que los actos de administración interna se orientan a la efi cacia y efi ciencia de los servicios y a los fi nes permanentes de las entidades. Son emitidos por el órgano competente, su objeto debe ser física y jurídicamente posible, su motivación será facultativa cuando los superiores jerárquicos impartan las órdenes a sus subalternos en forma legalmente prevista; Que, mediante el Ofi cio Nº 1600-2013-GRL-GRPPAT- SGP, de fecha 11 de marzo de 2013, la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, comunica que ha procedido a crear la Estructura Funcional Programática en el SIAF-Módulo Presupuestario, para la implementación de la nueva Gerencia Regional creada por Ordenanza Regional Nº 022-2012-GRL-CR-Gerencia Regional de Deportes, otorgando para cuyo efecto presupuesto referencial ascendente a la suma de Quinientos Setenta y Uno Mil Doscientos Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 571,296.00) y la nueva Estructura Funcional Programática correspondiente; Que, en mérito a los argumentos antes indicados, se hace necesario modifi car la Ordenanza Regional Nº 022- 012-GRL-CR, de fecha 14 de diciembre de 2012, con el objeto de incorporar en el artículo 1º las funciones que la Gerencia Regional de Deportes debe ejercer a partir de su aprobación e implementación, así como incluir el nuevo presupuesto referencial ascendente a la suma de Quinientos Setenta y Uno Mil Doscientos Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 571,296.00), del mismo modo, la actualización al presente Ejercicio Presupuestal 2013, de la Estructura Funcional Programática, con el propósito de legalizar jurídica y administrativamente el cumplimiento de la Ordenanza Regional citada líneas arriba y consecuentemente al ejercicio legal de las funciones del Gerente Regional encargado mediante Memorando Nº 014-2013-GRL-P, de fecha 03 de enero de 2013; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional, tiene entre sus atribuciones, entre otras, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones; Que, en atención a lo dispuesto, por el artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional, son remitidas a la Presidencia Regional, para su promulgación, en un plazo de diez (10) días naturales y/o hacer uso de su derecho a observarla en el plazo de quince (15) días hábiles, conforme lo establece el inciso o) del artículo 21º de la norma citada; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-y sus modifi catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFICAR El ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 022- 2012-GRl-CR, de fecha 14 de diciembre de 2012 con el siguiente texto: “CRÉASE LA GERENCIA REGIONAL DE DEPORTES, como un órgano de línea del Gobierno Regional de Loreto, dependiente de la Gerencia General Regional, responsable de “Fomentar, y promover el deporte y recreación a nivel regional, propiciando la mejora de la infraestructura existente y el acceso de la población, especialmente, de niños y jóvenes, a la actividad deportiva y recreativa como factores coadyuvantes en la formación integral de la persona, así como, impulsar en coordinación con las instituciones afi nes, la práctica de competencias deportivas en procura de alcanzar un alto nivel de participación en el desarrollo de las mismas, asegurando que las representaciones del deporte loretano, sean la real expresión de la jerarquía cultural y deportiva del país, cuya organización interna está constituidas por la Sub Gerencia de proyectos e Infraestructura Deportiva, Sub Gerencia de Deportes de Alta Competencia Individual y Colectiva y la Sub Gerencia de Recreación e Inclusión Deportiva, con las siguientes funciones generales: a. Formular, planifi car y dirigir la política deportiva, recreativa y de educación Física regional. b. Formular y proponer a la Alta Dirección su presupuesto y plan de inversiones. c. Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el Plan Regional del Deporte.